Solicitud de Pensión de Invalidez: Proceso y Consideraciones

La pensión de invalidez es un derecho que protege a las personas que, debido a una enfermedad o accidente, ven disminuida su capacidad de trabajo. Este proceso involucra varias etapas, desde la solicitud inicial hasta la calificación de la invalidez y la posible apelación.

¿Quiénes Pueden Solicitar la Pensión de Invalidez?

La pensión de invalidez está dirigida a aquellas personas que cumplen con ciertos criterios de pérdida de capacidad de trabajo:

  • Pérdida de su capacidad de trabajo igual o superior al 50% e inferior a dos tercios (Invalidez Parcial).
  • Pérdida de su capacidad de trabajo de, al menos, dos tercios (Invalidez Total).

Es importante destacar que ser declarado inválido por una Comisión Médica no implica automáticamente la concesión de una pensión de invalidez.

Dónde y Cómo Iniciar la Solicitud

Las personas deben solicitar la pensión de invalidez en la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que se encuentran afiliadas. Para aquellos que solicitan la pensión básica solidaria de invalidez (PBSI), el trámite se realiza en el Instituto de Previsión Social (IPS). Las personas deben suscribir la solicitud de calificación en su AFP o en el IPS, según corresponda.

Puedes ingresar tu solicitud por videollamada con la ayuda de un ejecutivo agendando el día y la hora que más te convenga. También es posible completar un formulario en línea, recibiendo novedades de tu trámite entre 1 a 5 días hábiles. Si tu cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) está en riesgo, debes hacer tu solicitud con urgencia.

Documentación Requerida

  • Datos de tus beneficiarios: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento.
  • Empleados públicos: deben presentar certificado que lo acredite.

Si una persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante al momento de firmar la solicitud de pensión de invalidez, puede presentar esos documentos en la AFP, pero no es una obligación.

El Proceso de Evaluación Médica

Tanto las AFP como el IPS son los encargados de presentar el requerimiento de calificación de invalidez en la correspondiente Comisión Médica. Una vez hecha la solicitud, la Comisión Médica citará a la persona solicitante a una entrevista preliminar. En esta cita, se le entregarán las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, de acuerdo con los impedimentos que el afiliado o la afiliada declare.

Esquema del flujo de la evaluación médica para pensión de invalidez

En este último caso, los exámenes serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan. Si la persona cuenta con cobertura del SIS, el costo de los exámenes e interconsultas lo cubre esta. La Comisión Médica te contactará y te dará el día, la hora y el lugar al que asistirás para evaluarte.

Evaluación y Calificación de la Invalidez

El Médico Asignado realiza una evaluación para obtener información clave sobre las enfermedades o afecciones del solicitante, su evolución y los tratamientos recibidos. Una vez que la Comisión Médica Regional (CMR) tiene los resultados de los exámenes e interconsultas médicas correspondientes, determina si el impedimento o enfermedad que invoca la afiliada o el afiliado cumple con los siguientes criterios:

  1. Es objetivo.
  2. Es demostrable.
  3. Se encuentran agotadas las terapias médicas o quirúrgicas accesibles.
  4. Se ha cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.

La calificación del grado de invalidez se determina en una sesión, según la evaluación médica previa y los impedimentos declarados. Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una primera pensión de invalidez, que puede ser total o parcial.

¿CÓMO SE REVISA EL DICTAMEN DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ?

Tipos de Invalidez y sus Características

Invalidez Parcial

La invalidez parcial implica una pérdida en la capacidad de trabajo igual o mayor al 50% y menor al 66%. Este dictamen será transitorio por 3 años. Si eres declarado Inválido Parcial, recibirás durante 3 años una pensión mensual equivalente al 50% de tu ingreso base.

La pensión de invalidez parcial tiene un carácter transitorio de tres años y al cumplirse dicho período, se efectúa una reevaluación de la calificación de invalidez de la o el afiliado. Si es confirmada, la pensión de invalidez pasa a ser definitiva.

Si eres pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y trabajas, cotizas como trabajador activo. Si eres declarado Inválido Parcial o Total, no existe ningún inconveniente para continuar trabajando.

Invalidez Aprobada y Definitiva

Una vez que la invalidez es aprobada y se vuelve definitiva, se emitirá un Certificado de Saldo. Si tu pensión es más que la Básica Solidaria, puedes solicitar ofertas al Sistema de Consultas de Ofertas y Montos de Pensión (SCOMP). En 8 días hábiles, recibirás un "Certificado de Ofertas" con los montos de Pensión, y tienes la opción de no aceptar ninguna oferta.

Si tienes invalidez parcial sin cobertura del SIS, recibirás pensiones mensuales de ahorros de tu cuenta individual.

Apelación a la Decisión de la Comisión Médica

En caso de que la solicitud de pensión de invalidez sea rechazada, se podrá apelar por escrito presencialmente en la Comisión Médica o a través del sitio apeleaciones.comisionesmedicas.cl en un plazo máximo de 15 días hábiles contando desde la fecha de notificación del dictamen.

El plazo para presentar la apelación ante la Comisión Médica Central (CMC) es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen. Las personas pueden presentar el reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro del plazo de 15 días hábiles desde su notificación. A su vez, la CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

Proceso de Reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC)

Corresponde al pronunciamiento emitido por la Comisión Médica Central respecto de la apelación al dictamen de invalidez. La CMR pedirá a un médico que se encuentre en el Registro Público de Asesores que revise los antecedentes y señale si la solicitud de pensión de invalidez se considera fundada.

Si se considera fundada, la CMR designará a un médico que asesore a la afiliada o el afiliado en el proceso de evaluación y calificación de invalidez, proceso que no tiene costo para las personas.

Reevaluación de la Invalidez

Si se trata de una invalidez parcial, posteriormente, con el paso del tiempo, la pensionada o el pensionado tiene derecho a solicitar otra reevaluación de su invalidez si sus impedimentos han progresado. En esa reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial y, de acuerdo con esa revisión, en un nuevo y segundo dictamen resolverá si confirma o rechaza la invalidez.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

El Instituto de Previsión Social (IPS) es el encargado en el caso de las personas solicitantes de pensión básica solidaria de invalidez (PBSI). Puedes solicitar la PBSI en el sitio web, por videoatención y en las sucursales ChileAtiende. Para solicitar la pensión no necesitas tener declarada tu invalidez ante una comisión médica.

Los y las titulares de PBSI pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan los requisitos para ser causantes del sistema.

Recibirás la pensión hasta el último día del mes en que cumplas 65 años.

Consideraciones Adicionales

Si mueres antes de la edad legal de pensión o estando pensionado, generarás una pensión de sobrevivencia en el caso de que tengas beneficiarios de Pensión.

Sí, puedes tramitar y recibir tu Pensión en el extranjero siempre y cuando el país en el que vivas tenga un Convenio Bilateral con Chile.

Si tienes dudas, llama al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si estás en el extranjero).

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