Licitaciones del Servicio Nacional de Menores (Sename): Requisitos y Controversias

El Servicio Nacional de Menores (Sename) realiza concursos públicos para la adjudicación de programas y servicios destinados a la niñez y adolescencia. Estos procesos licitatorios se rigen por normativas específicas que buscan asegurar la transparencia y la idoneidad de los oferentes.

Aspectos Generales de la Participación en Licitaciones

Presentación de Documentos y Ofertas

En el marco de las licitaciones, solo se recibirán documentos electrónicos, salvo en lo que respecta a las Garantías de Seriedad, las cuales podrán ser presentadas tanto en formato físico (boletas, depósitos a la vista, vales vista, etc.) como electrónica (Pólizas y Certificados de Fianza).

En el caso de las garantías electrónicas, deberán ser enviadas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, hasta el día de cierre de recepción de ofertas, en el horario que determine el portal.

Es responsabilidad del oferente la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, JPG, Proyect o Word), debiendo respetar el tamaño máximo permitido por el sistema informático. Ninguno de los formatos o anexos podrá ser alterado ni modificado por los proponentes.

Asimismo, en el caso de que no presenten los formatos N°4 “Oferta Económica” y Formato N°5 “Presupuesto Desglosado”, las ofertas presentadas por los proponentes no serán evaluadas ni técnica ni económicamente por la Comisión Evaluadora, declarándose inadmisibles sus ofertas, dejándose constancia en el respectivo informe.

Inscripción en el Registro de Proveedores

Los interesados que se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores deberán acompañar físicamente solo aquellos Documentos Administrativos que no se encuentren debidamente digitalizados, vigentes o que no consten en el Registro www.chileproveedores.cl.

Se deja constancia que los interesados que no se encuentren inscritos en el señalado Registro de Proveedores deberán igualmente acompañar los Documentos Administrativos indicados en el presente acápite, a través del portal www.mercadopublico.cl.

Requisitos Generales para Oferentes

Entre los documentos y condiciones requeridos, se encuentran:

  • Copia simple de certificado de vigencia de la entidad proponente de una antigüedad no superior a 60 días. En todo caso, se aceptará el comprobante de solicitud de dicho documento, siempre que el original se acompañe en la firma del contrato.
  • Garantía de Seriedad de la Oferta, en los términos establecidos en el acápite 13.4. Los proponentes deberán hacer entrega en el sobre de “Documentos Anexos”, de una Póliza de Seguro, Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista o Certificado de Fianza, o cualquier otro documento, pagaderos a la vista e irrevocables, que asegure el pago de una manera rápida y efectiva, por un monto de $2.000.000 (Dos millones de pesos), con una vigencia de a lo menos 120 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, a nombre del SERVICIO NACIONAL DE MENORES, RUT N° 61.008.000-6, a fin de garantizar la seriedad de la oferta.
  • La devolución de las garantías de seriedad de la oferta a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la publicación de la Resolución que adjudica el presente proceso licitatorio en el portal www.mercadopublico.cl.
  • Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 6.
  • No registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente.

El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo.

Disposiciones Específicas para Uniones Temporales de Proveedores (UTP)

Los integrantes de la UTP deberán acordar en dicho documento cuál será la forma de pago, nombrando a uno de ellos para que facture y reciba los respectivos pagos. Asimismo, deberán establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SENAME.

Cabe hacer presente que las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. La UTP no podrá ocultar información relevante para la ejecución del contrato que afecte a algunos de sus integrantes.

Certificados de Experiencia

Se requerirán certificados de experiencia en trabajos similares, incluyendo aquellos emitidos por instituciones privadas que actúan como mandante de una obra, indicando que las obras fueron recepcionadas conforme. Serán considerados solo aquellos documentos que indiquen explícitamente la obra realizada y la cantidad de metros cuadrados construidos. En ningún caso se aceptarán listados de obras emitidos por el mismo proponente.

Diagrama de flujo del proceso de evaluación de ofertas

Criterios de Evaluación y Adjudicación

Subsanación de Errores y Omisiones

La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven los errores u omisiones formales, dentro del plazo fatal de dos días hábiles. Esto se aplicará siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, es decir, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.

Dicha solicitud se realizará a través del foro inverso del portal www.mercadopublico.cl. Para subsanar omisiones respecto de los documentos requeridos en el acápite 9.1. letras a), b) y c), se otorgará un plazo fatal de presentación por parte del/los oferente/s de dos días hábiles, contados desde que la Comisión Evaluadora tenga en su poder los antecedentes respectivos, lo cual se informará a través de la página www.mercadopublico.cl. Esto aplica siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de la licitación.

Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más de los documentos acompañados no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los medios que estime pertinente para corroborarlos.

Proceso de Adjudicación

La Comisión de Evaluación propondrá a la Directora Nacional o quien la subrogue, a más tardar, dentro de los diez (10) días corridos contados desde la recepción de los antecedentes del proceso licitatorio, las ofertas que técnicamente sean las más convenientes y adecuadas para el Servicio, quien tomará la decisión final de adjudicación y ordenará la celebración del contrato correspondiente.

A la Comisión de Evaluación le corresponderá proponer la adjudicación respecto de cualquiera de las ofertas presentadas, solo en la medida de que haya obtenido el mayor puntaje -aún cuando no sea la de más bajo costo- y siempre que cumpla con las Bases y se adecue a los intereses de la Institución. También podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases; y desierta cuando no se presentaran ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses; en todos los casos, por resolución fundada.

En caso de empate de dos o más propuestas en la más alta calificación final, el primer criterio para desempatar será el proveedor que haya obtenido mejor puntaje en el criterio “Oferta Económica”.

Compromiso de Integridad y Acreditación Laboral

El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

El Servicio Nacional de Menores exigirá que se realicen los pagos correspondientes a los trabajadores, debiendo el contratista entregar los respectivos comprobantes, planillas o documentos que demuestren el cumplimiento de la totalidad de la obligación. El incumplimiento de lo señalado precedentemente por parte del contratista dará derecho a poner término al contrato de acuerdo a lo establecido en el punto 13.2. Tal obligación del contratista, así como del subcontratista, si lo hubiera, debe ser acreditada mediante certificados emitidos por la respectiva Dirección del Trabajo.

El formato de presentación de la oferta económica será una Carta Gantt, y deberá estar asociada a una propuesta de flujo de caja e incluir la totalidad de las partidas consideradas en el presupuesto desglosado contenido en la "Propuesta Económica". Asimismo, al momento de la suscripción de contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega de un cronograma de ejecución del proyecto, en conformidad de la oferta presentada, asociada a una propuesta de flujo de caja, que dé cuenta de los pagos a cursar durante el desarrollo del proyecto. En este documento se deberá señalar el plazo de ejecución ofertado en días corridos. No se aceptarán modificaciones en las partidas o en las unidades de cubicaciones.

Programas del Sename y la Ley 21.140: Un Análisis de Conflictos de Interés

La Prohibición de Dualidad de Roles

La Ley 21.140, promulgada en 2019, prohíbe explícitamente que una misma entidad ejecutora de programas de diagnóstico y, al mismo tiempo, de protección. Esta norma busca evitar que se incremente artificialmente el número de niños enviados a un programa de protección solo para aumentar los pagos, ya que se entrega una subvención por cada menor atendido. Esto va contra el espíritu de la Ley 21.140 y la ley de subvenciones, según expertos.

Incumplimiento de la Normativa y Casos Detectados

Pese a la prohibición, se ha detectado que, de las ocho instituciones que realizan diagnósticos, al menos cuatro tienen en sus directorios a personas que se repiten en cargos de otras entidades que ejecutan programas de protección. Un ex director del Sename y dos juezas de Familia han calificado esta situación como “gravísima”, ya que podría esconder la existencia de entidades “espejo” que vulneran la normativa. Desde la oficina de comunicaciones del Sename explicaron que ellos solo fiscalizan que una misma institución acreditada no desarrolle ambas líneas de acción.

La información sobre la reiteración de los mismos nombres en dos entidades diferentes se obtuvo comparando las nóminas de directores de todas las instituciones que se adjudicaron programas de diagnóstico en el séptimo concurso para programas DAM del Sename. Para esto se revisaron los certificados de directorio de cada organización, disponibles en el Registro Civil.

En la última licitación de programas DAM, 38 de 74 fueron asignados a cuatro instituciones en cuyos directorios se repiten nombres que también cumplen labores importantes en organismos que desarrollan proyectos de Protección. El caso que más llama la atención es el de la Región Metropolitana, donde Fundación Pares, inscrita en el Registro Civil en septiembre de 2019, se adjudicó 16 de los 17 programas DAM. Además, Pares ganó otros siete programas en otras zonas del país. El presidente del directorio de Pares, Jorge Briones, no quiso entregar información sobre el nuevo directorio, aduciendo que es información privada, una actitud poco transparente según una jueza de Familia.

El caso de la Fundación Pares con Corporación Acogida no es una excepción. La Fundación Prodere, creada en 2017, se adjudicó nueve programas DAM a nivel nacional: dos en la Región de Tarapacá, cuatro en la Región de Atacama, uno en la Región de O’Higgins, uno en la Región del Maule y otro en la Región de Los Lagos. Al 26 de abril de este año, dos meses después de adjudicadas las licitaciones, el directorio de Prodere era presidido por Marina Bustos, quien a su vez es directora ejecutiva de Corporación Prodel. Desde Fundación Prodere no negaron los vínculos con Corporación Prodel, y Marina Bustos admitió que la norma los obligó a actuar así, explicando que los programas deben ser realizados por organismos con trayectoria en proyectos de diagnóstico.

Otro de los organismos que se adjudicó programas de Diagnóstico Ambulatorio es la Fundación Trabajo con Sentido, inscrita en diciembre de 2019. Esta institución ganó cinco DAM: uno en la Región de Atacama, tres en la Región de O’Higgins y uno en la Región Metropolitana, por lo que podría recibir hasta $522 millones como pago global anual. El presidente del directorio de Trabajo con Sentido es Jorge Ormeño, quien a su vez ejerce como secretario en León Bloy. Desde la fundación Trabajo con Sentido confirmaron que la institución fue fundada y creada por la Fundación León Bloy “sin ocultamiento alguno, con absoluta transparencia”, argumentando que el ordenamiento jurídico no prohíbe que la Fundación León Bloy constituya una persona jurídica distinta.

En cuarto lugar está la Fundación Cordefam, inscrita en noviembre de 2019. Esta entidad se adjudicó un programa DAM en la Región de Arica y Parinacota, lo que puede implicar un pago anual de $203 millones desde el Estado. La presidenta de Cordefam, Priscilla Sabando, es también directora de un programa Ambulatorio Intensivo Adolescente de Corfal en Arica. Desde Cordefam señalaron que, al 16 de diciembre del año pasado, y antes de la fecha de postulación a proyecto DAM, Cecilia Fuentes Icarte ya había presentado su renuncia como integrante de directorio de Cordefam por razones personales.

Otras instituciones que colaboran o han colaborado con Sename también criticaron la normativa, calificándola de “ley imbécil” y señalando que no hay posibilidad de que una institución pueda financiar su funcionamiento mínimo teniendo solo un giro de línea programática. El abogado Luis Cortés, que se desempeña en causas de Familia, sostuvo que la ley no da espacio a la interpretación y que hay una norma expresa en relación a que se deben hacer de forma separada las dos líneas de acción, lo que “da para tomar acciones legales contra aquellas organizaciones”.

Importancia de los Programas de Diagnóstico Ambulatorio (DAM)

Los Programas de Diagnóstico Ambulatorio (DAM) son los encargados de evaluar y realizar peritajes a niños, niñas y adolescentes (NNA) que podrían estar sufriendo una vulneración de sus derechos. Estos programas son cruciales, como lo demuestra la historia de niños rescatados del abuso, y su valor es innegable para salvar a menores en riesgo.

Tipos de Programas y la Transición al Nuevo Servicio

Concurso Público de Proyectos

El Quinto Concurso Público de proyectos para la Línea de acción Programas abarca diversas modalidades, las cuales incluyen:

  • Programas de protección especializados:
    • Programas de Intervención Integral Especializada (PIE)
    • Programas para niños, niñas y adolescentes en situación de calle (PEC)
    • Programas de explotación sexual comercial infantil y adolescente (PEE)
    • Programas de Reinserción Educativa (PDE)
    • Programas en maltrato y abuso sexual grave (PRM)
    • Programas para niños, niñas y adolescentes con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas (PDC)
    • Programas en atención con adolescentes que presentan conductas abusivas de carácter sexual (PAS)
  • Programas de protección en general:
    • Programas de Prevención Focalizada (PPF)
    • Programas de protección ambulatoria para niños y niñas con discapacidad grave o profunda (PAD)
    • Programas de Familias de Acogida Especializada con Programa de Protección Especializado (FAE-PRO)
  • Línea de acción Oficinas de Protección de Derechos del Niño, Niña y Adolescente (OPD)

Todo esto se enmarca en la Ley Nº 20.032, que establece el Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia a través de la red de colaboradores del Sename. Este Concurso también ha sido publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, en cumplimiento de lo dispuesto en el D.S. de la Comisión Interamericana de DD.HH.

El Futuro: Servicio de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia

Desde el 1 de octubre de este año entra en vigencia el nuevo Servicio de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, que reemplazará al Sename. Este cambio implica que los requisitos serán mucho más altos y exigentes que antes, y todo colaborador tendrá que volver a acreditarse. Sin embargo, en las OCAS no tienen muchas expectativas sobre el nuevo servicio, sugiriendo que la reforma debería radicar en el financiamiento a los organismos colaboradores y en la limitación del número de programas que puede tener un organismo colaborador.

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