Este documento detalla los procedimientos y condiciones generales que rigen los procesos de licitación pública del Servicio Nacional de Menores (SENAME), enfocándose en la participación de oferentes, la evaluación de propuestas, el pacto de integridad, la gestión contractual y el régimen de sanciones.
Proceso de Consultas y Aclaraciones
Los proponentes interesados en formular consultas relacionadas con la licitación deberán realizarlas a través de un foro electrónico disponible en la página Web www.mercadopublico.cl. Para ello, deberán conectar el ID correspondiente a la presente licitación. El plazo para estas consultas se extiende hasta el segundo día hábil siguiente a la publicación en el portal, y dentro del horario que determine el mismo portal. Es importante destacar que no se recibirán consultas por medios distintos a este.
Las consultas serán respondidas por las instancias técnicas del Servicio Nacional de Menores que participan en el proceso licitatorio. Las respuestas se publicarán hasta el día hábil siguiente al cierre de la recepción de consultas y aclaraciones, dentro del horario establecido por el Portal www.mercadopublico.cl. Tanto las consultas como sus respuestas y las eventuales aclaraciones, si existieren, se considerarán incorporadas a las Bases Especiales de la licitación en todo aquello que las complemente o aclare, salvo lo que sea expresamente excluido por el Servicio.
Apertura y Evaluación de Ofertas
Estudio de Documentación y Subsanación
El estudio de la documentación presentada por los oferentes se efectuará en el portal www.chileproveedores.cl, específicamente en lo referente a los “Antecedentes Administrativos, Documentos Anexos y Formatos” solicitados y en su ficha del portal. Una vez realizado este estudio, se publicará el acta de apertura, la cual será firmada por el operador del portal www.mercadopublico.cl. Se otorgará un plazo de dos días hábiles para que los oferentes subsanen cualquier documentación que fuere omitida.
Las rectificaciones de vicios u omisiones serán permitidas siempre y cuando no confieran a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. Esto significa que las correcciones no deben afectar los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, tal como lo establece el dictamen N° E76652, de fecha 12 de febrero de 2021, de la Contraloría General de la República.

Criterios de Desempate
En caso de que se produzca un empate en el puntaje final de la evaluación Técnico-Económica de las ofertas, se aplicarán los siguientes criterios de desempate en orden de prelación:
- Se optará por la oferta que obtenga mayor puntaje en el criterio “Remuneración del personal”.
- Si persiste la igualdad, se elegirá la oferta que se ajuste de mejor forma y presente el mejor puntaje en el criterio “Propuesta Técnica”.
- De seguir existiendo igualdad, se optará por la propuesta que mejor se ajuste al criterio “Experiencia del Oferente”.
- Si la igualdad persiste, se seleccionará la propuesta con el “Monto de la oferta o Precio” más favorable.
- Finalmente, si la igualdad aún no se resuelve, el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales” será el que defina.
Pacto de Integridad y Compromisos del Oferente
Por el solo hecho de participar en la licitación, el oferente acepta expresamente el presente pacto de integridad, comprometiéndose a cumplir con todas las estipulaciones contenidas en el mismo, así como con lo señalado en las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Principios Generales
- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores y trabajadoras, según lo consagrado en el artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º y 16º de la Constitución Política de la República, y en conformidad con el artículo 485 del Código del Trabajo.
- Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, evitando causar o contribuir a efectos adversos en ellos y subsanando dichos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
Obligaciones Específicas del Oferente
- No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos de cualquier tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, el proceso de licitación pública, o la ejecución del contrato derivado de la misma. Tampoco deberá ofrecerlos o concederlos a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en la toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere.
- No intentar ni efectuar acuerdos, negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico. Se prohíben especialmente los acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus formas.
- Revisar y verificar toda la información y documentación a presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, tomando todas las medidas necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
- Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.
- Manifestar que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.
- Reconocer y declarar que la oferta presentada es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

Gestión y Ejecución del Contrato
Formalización del Contrato
El contrato se redactará dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde que la Unidad Jurídica disponga de todos los antecedentes necesarios. Deberá ser suscrito por el adjudicatario en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados desde el envío del contrato por parte de la Unidad requirente. El contrato comenzará a regir una vez que la Resolución que lo apruebe se encuentre totalmente tramitada.
Funciones de Supervisión y Fiscalización
Las funciones relacionadas con la supervisión y ejecución del contrato incluyen:
- Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento del contrato.
- Dar visto bueno y recepción conforme a los servicios y/o productos convenidos.
- Autorizar los pagos correspondientes, previa certificación de conformidad de los servicios y/o productos convenidos.
- Certificar e informar por escrito cualquier incumplimiento por parte del contratista para la aplicación de multas, la efectividad de la garantía correspondiente, el término del contrato u otros efectos previstos en las bases de licitación.
- Cualquier otra función que tenga por objeto velar por la correcta ejecución del contrato.
Contratación Pública Ecuador: Administración de contratos de obra y Fiscalización
Vigencia del Contrato
Se estima que el contrato resultante de la presente licitación comenzará a regir el día 10 de febrero de 2024, siempre que la Resolución que lo apruebe se encuentre totalmente tramitada. Su vigencia se extenderá hasta el día 12 de enero de 2025 o hasta la utilización del monto máximo previsto para esta contratación.
Causales de Término Anticipado
El contrato podrá ser dejado sin efecto por mutuo consentimiento, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. Adicionalmente, se podrá poner término anticipado al convenio por las siguientes causales:
- Si el contratante no paga las cotizaciones previsionales, remuneraciones y todas las otras prestaciones que legalmente correspondan al trabajador.
- Si se constata que los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) la constituyeron con el objeto de vulnerar la libre competencia.
- En caso de que se determine que uno o más documentos acompañados en la propuesta no den fe de su contenido o de lo ahí declarado. Para ello, el Servicio tendrá las más amplias facultades para determinar su idoneidad, veracidad y/o autenticidad.
En caso de proceder a la terminación anticipada, la Dirección Regional de Valparaíso remitirá una carta al correo electrónico fijado por el proveedor en el sistema de información, de acuerdo con el artículo 140 del D.S 661 de 2024. Dicha carta precisará los hechos que constituyen el incumplimiento o la causal invocada para el término. Una vez formulados los descargos, o transcurrido el plazo para presentarlos y previa certificación de la Oficina de Partes, la Dirección Regional de SENAME deberá resolver la aplicación o no del término anticipado. Si la medida es aplicada, deberá formalizarse mediante una resolución fundada que se pronunciará sobre los descargos presentados y se publicará oportunamente en el Sistema de Información, junto con la notificación al proveedor.
Elementos Restringidos o Prohibidos para el Personal
Durante la ejecución del servicio, se establecen restricciones para el ingreso de ciertos elementos, las cuales pueden ser causal de término de contrato o de otras sanciones:
- Documentos bancarios y de más de una Unidad Tributaria Mensual (UTM).
- Solo se permitirán comidas perecibles y alimentos congelados de cualquier tipo que sean de consumo personal.
- Se prohíben zapatos con plataformas o puntas de fierro.
Régimen de Multas y Sanciones
El servicio aplicará administrativamente multas al adjudicatario, las cuales se expresarán en UTM, tomando el valor de la UTM al mes en que se haya incurrido en la falta. El monto tope máximo para cursar multas en su conjunto no podrá exceder del 10% del valor total del contrato.
Tipos de Multas
Se podrán aplicar las siguientes multas:
- Multa de 1 UTM por cada día de retraso en el inicio de la ejecución de las labores contratadas, con un tope máximo de 3 UTM.
- Multa de 1 UTM por la entrega de un servicio deficiente, con un tope máximo de 2 UTM.
- Si el contratista utiliza materiales y equipos que no cumplan con los criterios de calidad requeridos en las Especificaciones Técnicas, o que no hayan sido autorizados por el servicio, la multa será de 1 UTM por cada vez que sea sorprendido.
- Se multará con una (1) UTM por cada vez que se sorprenda a algún empleado en malos tratos de palabra con funcionario/a y/o público en general.

Procedimiento de Descargos
El adjudicatario podrá realizar descargos respecto de la notificación de una infracción. Para ello, deberá dirigirse por escrito a la contraparte técnica dentro de los cinco (5) primeros días hábiles, contados desde la fecha de notificación escrita. La contraparte técnica resolverá sobre los descargos a la anotación de la infracción, determinando, según su criterio, si la justificación del contratista procede o no, y en qué grado puede ser considerada procedente.
Este procedimiento se aplicará cuando la deficiencia sea responsabilidad directa y total del contratista y la justificación utilizada en la apelación sea considerada técnicamente improcedente. La aceptación total de los descargos significará desestimar completamente la aplicación de la multa. La contraparte técnica emitirá un informe sobre la procedencia o no de los descargos, que será remitido a la Directora Regional (s) quien resolverá respecto de su aceptación, aceptación parcial, o rechazo total, y la procedencia final de la aplicación de la multa, cuando fuese solicitada por la contraparte técnica.
Disposiciones Finales
Modificaciones a las Bases
Las modificaciones que se realicen a las bases serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Prohibición de Cesión del Contrato
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del contrato.
Normativa Aplicable a Recursos Públicos
Respecto del uso de los recursos públicos transferidos a privados por este Servicio, resultará aplicable la normativa nacional legal vigente, así como las normas contempladas en los convenios internacionales sobre derechos humanos ratificados y vigentes en Chile. Esto incluye, en particular, la Convención sobre los Derechos del Niño; la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, en todo lo pertinente en cada caso. Asimismo, serán aplicables las normas de transparencia y probidad establecidas en la Constitución Política de la República.
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