En el ámbito de la protección financiera, los seguros desempeñan un papel crucial. Particularmente, los seguros de invalidez y desgravamen ofrecidos por Bci Seguros brindan tranquilidad y respaldo ante situaciones inesperadas que puedan afectar la capacidad de pago o la estabilidad económica del asegurado y sus seres queridos.
Entendiendo el Seguro de Invalidez y Desgravamen
¿Qué es un Seguro de Desgravamen?
El seguro de desgravamen es un tipo de seguro que cubre el saldo pendiente de un crédito en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente 2/3 del titular del crédito. En caso de que ocurra alguno de estos eventos, la aseguradora Bci Seguros Generales S.A. o Bci Seguros de Vida S.A. se encarga de saldar la deuda.
Este seguro de vida protege a los que más quieres cuando ya no estés, ya sea por causas naturales o por accidente, permitiendo designar a quien tú quieras como beneficiario. Específicamente, el seguro de desgravamen de MACHBANK cubre el total de la deuda de tu crédito de consumo en caso de fallecimiento e invalidez total o permanente ⅔.

Definiciones Clave en Seguros
Para comprender a cabalidad las características de un seguro, es fundamental familiarizarse con ciertos términos:
- Riesgo: Significa que un evento tiene una ocurrencia incierta; vale decir, puede que ocurra o no. Es el interés económico que una persona tiene frente a la ocurrencia de un riesgo.
- Asegurado: Es la persona que contrata el seguro. Generalmente, en los seguros individuales el tomador lo adquiere por cuenta propia, constituyéndose él mismo en contratante y asegurado a la vez. Por el contrario, cuando el seguro es por cuenta ajena, significa que el tomador o contratante es distinto del asegurado.
- Beneficiario: Es la persona designada por quien contrata el seguro para recibir el capital establecido.
- Póliza: Es el contrato que establece las condiciones bajo las cuales se asegura un riesgo. Corresponde a la cláusula de todo contrato de seguro.
- Prima: Para el asegurado, supone el cumplimiento de sus obligaciones, tales como entregar una completa, clara y oportuna información del riesgo asegurable, evitar la ocurrencia de un siniestro, intentar disminuir los daños una vez ocurrido un siniestro y pagar oportunamente la prima.
- Deducible: Es una parte del riesgo, establecido en la póliza, que el contratante debe cancelar antes que su seguro cubra el resto del siniestro. Dicha suma no es indemnizada por la compañía.
- Exención de Deducible: Es un beneficio establecido en la póliza, mediante el cual se exime al asegurado del pago del deducible (aplica solo a aquellas pólizas que lo contemplan expresamente, con tope de 5 UF). Para hacer efectivo este beneficio, debe existir un tercero claramente identificado (nombre, dirección y teléfono del conductor, patente, marca y color del vehículo del tercero) y definitivamente culpable (que se declare culpable, no respete un letrero Pare o Ceda el Paso, o el tercero choque por atrás).
- Siniestro: Se refiere a la ocurrencia de algún suceso que ha provocado daños y las circunstancias que lo provocaron. Cuando los daños a consecuencia de un siniestro son completos o casi totales, se habla de Pérdida Total.
- Modificación Posterior al Contrato (Agravación del Riesgo): Es la modificación o alteración posterior a la celebración de un contrato, ante el aumento de la posibilidad de ocurrencia o peligrosidad de un evento, afectando un determinado riesgo.
- Cuestionario de Salud: Conjunto de preguntas sometido a la consideración de una persona, para conocer a través de sus respuestas los datos o circunstancias del asunto a que tales preguntas están referidas.
- Declaración de Salud: Es la declaración del asegurado en la propuesta o solicitud de seguro, respecto de su estado de salud y enfermedades preexistentes, para que el asegurador decida sobre la aceptación y tarificación de su riesgo.
- Preexistencias: Situaciones o enfermedades preexistentes, entendiéndose por tales cualquier enfermedad, patología, incapacidad, lesión, dolencia, padecimiento o problema de salud en general que afecte al asegurado y que haya sido conocido o diagnosticado con anterioridad a la fecha de la suscripción de la propuesta o solicitud de incorporación a la póliza.
- Reaseguro: Cesión de una parte del riesgo a una entidad reaseguradora, mediante un contrato llamado tratado de reaseguro.
- Subrogación: Es la transferencia de los derechos que corresponden al asegurado a un tercero, en razón del siniestro, al asegurador, hasta el monto de la indemnización que abone. Aplicable a los Seguros de Vida Individual con ahorro que generan reservas.
- Valor de Rescate: Constituye uno de los valores garantizados en las pólizas de seguros de vida que generan reservas.
- Renta Vitalicia: Aquella modalidad de pensión por la cual el asegurador se obliga, a cambio de una prima única, a pagar a su afiliado o sus beneficiarios legales, según corresponda, de una renta vitalicia mensual por vejez, invalidez o sobrevivencia, de acuerdo a las normas del D.L.
- Proposición/Solicitud de Seguro: Es la oferta que la entidad aseguradora realiza directamente o a través de sus agentes de ventas, o por intermedio de un corredor de seguros, para celebrar un contrato de seguro.
- Corredor de Seguros: Persona natural o jurídica, auxiliar del comercio de seguros, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros para la intermediación de seguros y de su asesoramiento.
- Propuesta de Seguro: Documento elaborado por una compañía de seguros o por un corredor, que contiene alternativas de cobertura y tarifa para el seguro solicitado por una persona o empresa, con excepción del caso de seguros de Rentas Vitalicias del D.L.
- Liquidación por Infraseguro: Fórmula que se aplica en la determinación del monto a indemnizar. En caso de siniestro parcial y existiendo infraseguro, el daño debe ser liquidado teniendo en cuenta la proporción que exista entre el capital asegurado y el valor real del inmueble o mueble asegurado al momento del siniestro.
- Período de Gracia: Período durante el cual se mantiene la vigencia de la cobertura de la póliza de un seguro de vida, aunque no se hayan pagado las cuotas correspondientes.
- Seguro de Transporte: Aquel en que la entidad aseguradora se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños ocurridos durante el transporte de mercaderías.
- Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP): Es aquel seguro que deben contratar todos los propietarios de vehículos motorizados en circulación, destinado a indemnizar a los terceros lesionados por el auto asegurado.

Aspectos Específicos del Seguro de Desgravamen de Bci Seguros
Activación y Gestión del Seguro
Para activar la cobertura de tu seguro de desgravamen o consultar detalles, es importante saber dónde encontrar tu póliza o certificado de coberturas. Generalmente, estos documentos son enviados a tu correo electrónico al momento de la contratación.
Si deseas dar de baja tu seguro de desgravamen y quedar sin cobertura, puedes comunicarte directamente con la compañía de Seguros Bci a los siguientes canales: a los teléfonos 600 6000 292 desde teléfonos fijos y celulares o al (2) 2679 9700.
Exclusiones Comunes
Es fundamental conocer las exclusiones que pueden aplicar a las pólizas de seguro de invalidez y desgravamen. Algunas de las más frecuentes incluyen:
- Enfermedades o situaciones preexistentes: Para los efectos de la aplicación de esta exclusión, al momento de la contratación, la Compañía Aseguradora deberá consultar al asegurable acerca de todas aquellas situaciones o enfermedades preexistentes que pueden importar una limitación o exclusión de cobertura.
- Que el asegurado se encuentre en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas o alucinógenos.
- Una infección oportunista o un neoplasma maligno, si al momento de la muerte o enfermedad el asegurado sufría del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (lo definido para tal efecto por la Organización Mundial de la Salud).

Marco Regulatorio y Legal
La información presentada es solo un resumen de las principales características del seguro. La compañía aseguradora es Bci Seguros de Vida S.A., y el intermediario es Bci Corredores de Seguros S.A., quien asume las obligaciones y responsabilidades de las pólizas que intermedia.
El detalle de las coberturas contratadas, exclusiones, deducibles y condiciones del contrato podrá encontrarlas en las condiciones particulares de la póliza, cláusulas adicionales y condiciones generales.
Rol de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS)
Cuando existe alguna controversia entre el asegurado y la compañía, la Superintendencia de Valores y Seguros puede dictaminar la concurrencia de un árbitro (justicia ordinaria), siempre que ambas partes estén de acuerdo. Este fallará de acuerdo a las normas establecidas por este organismo fiscalizador. Los costos de dicho experto serán cancelados por ambas partes por igual.
Códigos de Depósito CMF
Los seguros mencionados se encuentran registrados bajo los siguientes códigos de depósito ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF):
- POL 2 2013 0055: Fallecimiento
- CAD 3 2013 0056: Muerte Accidental
- CAD 3 2013 0059: Invalidez Accidental