El seguro de vida e invalidez colectivo es un plan de seguros diseñado para otorgar protección por fallecimiento y/o invalidez a un grupo de personas. Este tipo de póliza es contratada por una entidad, como una empresa o institución, la cual actúa como contratante del seguro, en beneficio de sus miembros, trabajadores o aquellos que tengan un vínculo contractual con ella.
Este plan de seguros tiene una vigencia de un año y busca proporcionar una protección integral a un costo muy bajo. Ofrece un abanico realmente amplio para todas las edades, tanto de ingreso como de permanencia para los asegurados.
Coberturas y Garantías Principales
El seguro de vida e invalidez colectivo contempla diversas garantías interesantes para el colectivo asegurado, abarcando una protección integral:
- Fallecimiento: Cubre el fallecimiento de los empleados de la empresa por cualquier causa, incluidos los causados por accidente. En caso de fallecimiento por cualquier causa, la familia del asegurado podría recibir hasta 1.200 UF.
- Muerte Accidental y Desmembramiento: Proporciona una indemnización adicional en caso de fallecimiento accidental o pérdida de miembros.
- Invalidez por Enfermedad o Accidente: Si, como consecuencia de una enfermedad o accidente, se pierde dos tercios (2/3) de la capacidad de trabajo en forma permanente, el asegurado podrá recibir hasta 1.200 UF.
- Adicional de Catastrófico de Salud: Con esta cobertura adicional, los asegurados pueden beneficiarse de grandes y atractivos descuentos, incluso hasta del 100%, en gastos médicos producidos por enfermedad o accidente que excedan la cobertura del plan de ISAPRE o FONASA. Esta garantía siempre tendrá deducible en los gastos médicos, salvo que se generen por cáncer, infarto de miocardio, by-pass coronario, accidente vascular encefálico o trasplante de órganos.
Nota importante: Para los tres (3) primeros meses de vigencia, el capital asegurado será de 10 UF, independiente de la cobertura siniestrada.

Requisitos y Condiciones de Contratación
Para la posible contratación de este producto, existen requisitos de edad. Si una empresa desea adquirirlo, debe asegurarse de que entre sus empleados no figure ninguna persona con una edad superior a los 69 años.
Designación de Beneficiarios y Formas de Pago
El beneficiario del seguro podrá ser modificado siempre, mediante los pasos necesarios, salvo que se designe de manera irrevocable. Si hay dos beneficiarios, la indemnización se repartirá a partes iguales, a menos que se especifiquen las cantidades en la póliza. La forma de pago de la prima podrá variar según se pacte en las condiciones particulares con la aseguradora.
Exclusiones Comunes
Existen ciertas situaciones que generalmente están excluidas de la cobertura, a menos que se cumplan condiciones específicas:
- Suicidio, intento de suicidio o heridas autoinfligidas: No serán cubiertas, ya sea que el asegurado haya estado en su pleno juicio o enajenado mentalmente, salvo que hubiera transcurrido un año completo e ininterrumpido desde la fecha de incorporación del asegurado, desde su rehabilitación o desde el aumento de capital asegurado.
- Realización de una actividad o deporte riesgoso: Las partes pueden acordar excluir de la cobertura actividades o deportes considerados de riesgo si el contratante no acepta un recargo de prima.
El Sistema de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) es un componente fundamental en la previsión social, especialmente en el contexto de sistemas de pensiones basados en la capitalización individual. Su adjudicación se realiza mediante una licitación pública.
Cap 5 Seguro de Invalidez y Sobrevivencia
Proceso de Licitación
Pueden participar en la licitación las compañías de seguros de vida (CSV) que se encuentren constituidas a la fecha de la licitación. El seguro deberá ser adjudicado a la o las CSV que presenten la mejor oferta económica.
Este proceso busca evitar una concentración excesiva en una sola entidad y asegurar la cobertura total del riesgo de invalidez y sobrevivencia, pudiendo adjudicarse a más de una compañía.
Financiamiento y Rol de las AFP
Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) tienen la responsabilidad de transferir la cotización destinada al financiamiento del SIS a las compañías de seguros de vida adjudicatarias, garantizando así la operatividad de este sistema de protección.
Recomendaciones para los Asegurados
Es crucial mantener una comunicación transparente y proactiva con la compañía aseguradora y el agente de seguros:
- Veracidad en la información: Se espera veracidad por parte del asegurado en la entrega de documentación necesaria, declaraciones de datos personales, etc. Es fundamental ofrecer siempre información fidedigna sobre sus datos personales o cualquier tipo de información que la aseguradora necesite para ajustar la prima a su riesgo. En caso de que la información no se ajuste a la realidad, la aseguradora no estaría obligada a abonar la indemnización firmada.
- Contacto y revisión: Mantenga un contacto permanente con su agente o asesor de seguros de vida. Revise todos los datos de su póliza para cerciorarse de que la información entregada ha sido bien registrada en dicho documento.
- Dudas y siniestros: Si tiene cualquier duda o necesita resolver cualquier aspecto respecto a su seguro de Vida Colectivo, o para comunicar cualquier siniestro, existen diferentes maneras de contactar con la aseguradora, como las disponibles en empresas como MAPFRE.