Pensión de Invalidez: Proceso, Tipos y Requisitos en Chile

La pensión de invalidez es un beneficio fundamental dentro del sistema de seguridad social, diseñado para proteger a aquellas personas que, debido a un menoscabo físico o mental, ven disminuida su capacidad para trabajar. Este artículo detalla el proceso para solicitarla, los tipos de invalidez reconocidos, su financiamiento y otros aspectos relevantes.

Esquema del proceso de solicitud de pensión de invalidez en Chile

¿Qué es la Pensión de Invalidez y Quiénes son Beneficiarios?

La pensión de invalidez permite a las personas beneficiarias del sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) solicitar un apoyo económico si se encuentran incapacitadas física o mentalmente para desarrollar su trabajo habitual. Este beneficio está dirigido a afiliados menores de 65 años, tanto hombres como mujeres (si estas últimas han optado por continuar cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), quienes a consecuencia de una enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo.

Requisitos Generales para la Solicitud

Para optar a este beneficio, el solicitante debe cumplir con ciertos criterios. Un trabajador independiente o afiliado voluntario, por ejemplo, debe haber cotizado en el mes calendario anterior al siniestro. En el caso de empleados públicos, es necesario presentar un certificado que acredite su condición.

Grados de Invalidez y su Calificación

La determinación de la invalidez y su grado es un paso crítico. La calificación como inválido y el grado de invalidez debe ser definido por una Comisión Médica, la cual depende de la Superintendencia de Pensiones.

Tipos de Invalidez

Una persona puede ser calificada con un grado de invalidez parcial o total, con diferencias significativas en sus características y duración:

  • Invalidez Parcial: Corresponde a una pérdida de capacidad de trabajo igual o mayor al 50% e inferior al 66,6%. Este dictamen es de carácter transitorio y dura 3 años, tras lo cual se efectúa una reevaluación. En este caso, la persona afiliada presenta una pérdida de su capacidad de trabajo igual o superior al 50% e inferior a dos tercios.
  • Invalidez Total: Se otorga a personas afiliadas con una pérdida de, al menos, dos tercios de su capacidad de trabajo. En este caso, la invalidez se considera definitiva.

El Proceso de Solicitud de la Pensión de Invalidez

El trámite para solicitar la pensión de invalidez implica varias etapas, que pueden iniciarse de diversas maneras y requieren la interacción con distintas entidades.

Pasos para Iniciar la Solicitud

Los interesados pueden ingresar su solicitud por videollamada con la ayuda de un ejecutivo, agendando el día y hora que más les convenga. También pueden completar un formulario y recibir novedades sobre su trámite entre 1 a 5 días hábiles. Si la cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) está en riesgo, la solicitud debe realizarse con urgencia. Es importante destacar que, para solicitar la pensión, no se necesita tener declarada la invalidez ante una comisión médica de forma previa, aunque esta será parte del proceso de evaluación.

Para agilizar el trámite, si se cuenta con antecedentes médicos del médico tratante que necesitan ser evaluados en la Comisión Médica Regional (CMR), estos documentos pueden enviarse directamente al correo electrónico de la comisión médica correspondiente al domicilio del solicitante al momento de firmar la solicitud en la AFP, aunque no es una obligación.

El Rol de la Comisión Médica Regional (CMR)

Cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada, la CMR cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le entrega las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, según los impedimentos declarados. La CMR solicitará a un médico del Registro Público de Asesores que revise los antecedentes y determine si la solicitud de pensión de invalidez se considera fundada. Si es así, la CMR designará a un médico para asesorar al afiliado en el proceso de evaluación y calificación de invalidez, el cual no tiene costo.

Una vez que la CMR dispone de los resultados de los exámenes e interconsultas médicas, determina si el impedimento o enfermedad invocado por el afiliado es:

  1. Objetivo
  2. Demostrable
  3. Que se encuentren agotadas las terapias médicas o quirúrgicas accesibles
  4. Que se ha cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación

Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una primera pensión de invalidez, que puede ser total o parcial. Es fundamental tener en cuenta que la declaración de invalidez por parte de una Comisión Médica no implica que se haya otorgado automáticamente una pensión de invalidez a la persona.

Organigrama del proceso de calificación de invalidez

Financiamiento y Modalidades de Pago

El financiamiento de la pensión de invalidez depende de si el afiliado tiene derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

  • Con Cobertura SIS: El costo de los exámenes e interconsultas es cubierto por este seguro. La pensión es pagada por la AFP, con cargo a la compañía de seguros que la AFP contrató para este fin.
  • Sin Cobertura SIS (para Invalidez Parcial): El pensionado recibirá pensiones mensuales de sus ahorros de su cuenta individual.

Después de un dictamen favorable, la AFP entregará el certificado de saldo para que el beneficiario escoja la modalidad de pago. El plazo para emitir este documento puede variar según la liquidación del bono de reconocimiento, la existencia de Aporte Previsional Voluntario (APV) o cotizaciones declaradas pero no pagadas por el empleador.

La AFP envía la información al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). Se deben solicitar al SCOMP las ofertas y los montos de pensión, a través de la AFP, compañía de seguros o asesor previsional, para tomar una decisión informada. En 8 días hábiles, se recibirá un "Certificado de Ofertas" con los montos de Pensión, teniendo la opción de no aceptar ninguna oferta.

Si la pensión es más alta que la Pensión Básica Solidaria, se pueden solicitar ofertas al SCOMP.

Reevaluación de la Invalidez Parcial

La duración de la pensión de invalidez depende del tipo de invalidez.

Proceso de Reevaluación

Si se asigna una pensión de invalidez parcial, el beneficiario tendrá que ser reevaluado luego de tres años, ya que el primer dictamen es de carácter transitorio. Transcurridos los tres años desde la emisión del primer dictamen, la persona afiliada es citada por su Administradora a reevaluación. En esta instancia, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial. De acuerdo con esa revisión, un nuevo y segundo dictamen resolverá si se confirma o rechaza la invalidez.

Si en la reevaluación se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado pasa a ser activo y pierde el derecho a la pensión. En este caso, tendrá un plazo de tres meses para pedir la reevaluación de la invalidez parcial. Si la invalidez se acepta en forma total o parcial, la AFP entregará al pensionado el Certificado de Saldo para que ejerza el derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez, suscribiendo la Selección de Modalidad. La legislación también precisa que, si se trata de una invalidez parcial, el pensionado tiene derecho a solicitar otra reevaluación si sus impedimentos han progresado con el paso del tiempo.

¿Cómo se evalúa una Pensión de Invalidez? PATRICIO BERNAL ASESOR PREVISIONAL

Compatibilidad con el Trabajo y Otros Aspectos

Trabajar Estando Pensionado por Invalidez

Una persona declarada con invalidez puede seguir trabajando. No existe ningún inconveniente para continuar ejerciendo una actividad laboral, ya sea que la invalidez sea parcial o total. Si el pensionado lo es por invalidez parcial transitoria y trabaja, continuará cotizando como trabajador activo.

Si la invalidez es declarada parcial, se recibirá durante 3 años una pensión mensual equivalente al 50% del ingreso base.

Duración de la Pensión y Pensión de Sobrevivencia

El beneficiario recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años. Si la persona fallece antes de la edad legal de pensión o estando ya pensionada, generará una pensión de sobrevivencia, siempre y cuando tenga beneficiarios de pensión.

Pensión en el Extranjero

Es posible tramitar y recibir la pensión en el extranjero, siempre y cuando el país de residencia tenga un Convenio Bilateral con Chile.

Proceso de Apelación

En caso de disconformidad con el dictamen de la Comisión Médica Regional, existe un proceso de apelación.

Las personas pueden presentar el reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro del plazo de 15 días hábiles desde la notificación del dictamen. El plazo para presentar la apelación ante la CMC es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen. La CMC, a su vez, debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio distinto, dirigido a personas que cumplen con requisitos específicos de vulnerabilidad. Se puede solicitar en el sitio web, por videoatención y en las sucursales ChileAtiende.

Los titulares de la PBSI pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y cumplan los requisitos para ser causantes del sistema. En el caso de solicitantes de PBSI, el Instituto de Previsión Social (IPS) es la entidad encargada, y los exámenes serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan.

Para dudas adicionales, se puede contactar al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 si se encuentra en el extranjero.

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