La atención preferencial ofrecida por el Registro Civil, junto con otras instituciones públicas, es un pilar fundamental para las personas cuidadoras y aquellas con discapacidad. Esta iniciativa se enmarca en un compromiso gubernamental de visibilizar y apoyar a quienes ejercen roles de cuidado no remunerado, reconociendo su valiosa contribución a la sociedad.

¿Quiénes son consideradas Personas Cuidadoras?
Son consideradas personas cuidadoras quienes tienen más de 18 años y dedican su tiempo a labores de cuidado no remunerado. Esto implica brindar asistencia permanente y sin recibir pago a diversas personas que lo requieren.
Tipos de personas que requieren cuidado:
- Personas con discapacidad.
- Personas con dependencia funcional moderada o severa.
- Personas con necesidades educativas especiales permanentes que forman parte del Programa de Integración Escolar (PIE).
- Personas matriculadas en un establecimiento de educación especial.
Clasificación de Personas Cuidadoras:
- Persona cuidadora principal: Aquella que destina el mayor número de horas al día a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente.
- Persona cuidadora secundaria: Quien destina menos horas al día, en relación con la cuidadora principal, a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente.
Proceso para Obtener la Credencial de Persona Cuidadora
Para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial, es necesario registrarse a través de la Ventanilla Única Social (VUS) y completar el módulo de Cuidados en el Registro Social de Hogares. Esta información es crucial para el diseño e implementación del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados “Chile Cuida”.

Requisitos clave para el registro:
- La persona cuidadora y la persona que requiere cuidados deben tener Registro Social de Hogares (RSH).
- La persona que requiere cuidados debe presentar dependencia moderada, severa o profunda en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.
- Es necesario que la persona que requiere cuidados se encuentre en algunos de los siguientes registros administrativos:
- Registro Nacional de Discapacidad.
- Programa de Integración Escolar (PIE) permanente.
- Matrícula en establecimiento educacional especial.
- Dependencia moderada o severa en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.
Si la persona que requiere cuidados no está en los registros administrativos que reconocen discapacidad, dependencia moderada o severa, o necesidades educativas especiales, se debe actualizar el módulo de salud del Registro Social de Hogares en el sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl. En este sitio, se puede consultar una guía paso a paso para realizar el trámite.
Aspectos importantes del registro:
- La información ingresada al Registro Social de Hogares a través del trámite de complemento por cuidados es autorreportada y se validará con los registros administrativos disponibles.
- No es necesario ir a una notaría para acreditar la calidad de persona cuidadora.
- Si la persona cuidadora tiene ingresos asociados a pensión o por actividades distintas a la labor de cuidados, puede acceder a la credencial. Sin embargo, si recibe ingresos por las labores de cuidados, no puede acceder a la credencial, ya que su objetivo es identificar y visibilizar a quienes no reciben un pago por ello.
- Se debe realizar una solicitud por cada persona que se cuida, pudiendo ingresar hasta tres personas por cada cuidador.
- No es necesario tener vínculo familiar ni de consanguinidad con la persona que requiere cuidados.
- La evaluación para determinar las necesidades educativas especiales es realizada por los centros educativos, y la información es entregada por el Ministerio de Educación al Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
- El tramo del Registro Social de Hogares no influye para ser reconocida como persona cuidadora, y la actualización de esta información tampoco afecta la calificación socioeconómica o tramo.
Acceso a la Credencial y sus Beneficios
Una vez disponible la credencial de persona cuidadora, esta se puede descargar en su versión digital o solicitar la credencial física accediendo al Registro Social de Hogares en www.ventanillaunicasocial.gob.cl. El botón para solicitar la credencial física estará junto al botón de descarga de cartola RSH y de credencial digital.
Acceso preferente a diversas instituciones públicas:
La credencial de persona cuidadora otorga acceso preferente en sucursales y oficinas de varias entidades públicas, incluyendo:
- Registro Civil e Identificación
- FONASA (Fondo Nacional de Salud)
- BancoEstado
- SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanismo)
- SENAMA (Servicio Nacional del Adulto Mayor)
- ChileAtiende - IPS
- SENADIS (Servicio Nacional de la Discapacidad)
- DICREP (Dirección General del Crédito Prendario)
- Correos de Chile
- Oficinas del Registro Social de Hogares en Municipalidades
- SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo)
- SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor)
- Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
- Tesorería General de la República
- FOSIS
El director regional (s) del Registro Civil, Felipe Ascuí, detalló que el Servicio ha implementado políticas de género y cuidado, instalando la atención preferencial en todas sus oficinas para personas cuidadoras. Esta medida reconoce el tiempo limitado con el que cuentan los cuidadores y la necesidad de agilizar sus trámites.
La presidenta nacional de la asociación “Yo Cuido”, María Eugenia Ahumada, destacó este avance, señalando que el cuidado es el cuarto pilar en la protección social y que este apoyo estatal es fundamental para quienes ejercen un rol no remunerado que contribuye al desarrollo del país.

Gestión de Solicitudes y Documentación
Una vez ingresada la solicitud con la documentación correspondiente, esta se derivará al municipio de la comuna donde reside la persona que requiere cuidados para su tramitación.
Solicitud de Cartola Hogar:
La Cartola Hogar podrá solicitarse a través de un ejecutor (Municipio u oficinas ChileAtiende), presentando un poder legalizado ante notario. Este documento debe explicitar la voluntad de la persona mandante para que otro en su nombre y representación realice la solicitud. El documento notarial tiene una vigencia máxima de 6 meses desde la fecha de emisión.
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