Centros de Régimen Cerrado (CRC) y de Internación Provisoria (CIP) del Sename

Los Centros de Internación Provisoria (CIP) y los Centros de Régimen Cerrado (CRC) son componentes clave dentro del sistema de justicia juvenil en Chile, administrados por el Servicio Nacional de Menores (Sename). Estos centros están destinados a jóvenes entre los 14 y 17 años de edad, en el marco de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA), con el objetivo de asegurar su reeducación, rehabilitación e inserción social y laboral.

Esquema de la estructura del Sename y la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA)

Definición y Propósito de los Centros CIP y CRC

Los centros CIP y CRC cumplen funciones distintas, pero complementarias, dentro del proceso judicial adolescente:

  • Centros de Internación Provisoria (CIP): En estos centros, los adolescentes imputados cumplen la medida cautelar excepcional de privación de libertad, ordenada por tribunales, mientras se realiza la investigación judicial. Se trata de una medida cautelar excepcional decretada por el juez de garantía o el tribunal oral en lo penal a solicitud del fiscal o del querellante.
  • Centros de Régimen Cerrado (CRC): Son los lugares donde los jóvenes cumplen la sanción de privación de libertad con programas de reinserción social. Estos programas buscan favorecer la integración social del adolescente a través de planes de intervención personalizados.

La administración de estos centros por parte de Sename, y a través de programas ejecutados por organismos colaboradores acreditados, tiene el propósito de generar una oferta programática de calidad que sea pertinente a las necesidades de reinserción educativa, laboral y/o social de esta población juvenil. Los jóvenes tienen derecho a defensa gratuita y, en caso de ser enviados a centros privativos de libertad, no son derivados a recintos carcelarios adultos, sino a centros especiales.

Medidas y Sanciones de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA)

Dentro de la LRPA, los tribunales pueden ordenar diversas medidas, que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la etapa procesal y la gravedad de la infracción:

  1. Medida Cautelar Ambulatoria (MCA): Esta medida asegura que se lleven a cabo los fines del procedimiento penal, favoreciendo que el adolescente imputado participe en todas las diligencias de la investigación que lleva adelante el Ministerio Público y las actuaciones decretadas por los tribunales de justicia.
  2. Internación Provisoria: Se ejecuta en centros de internación provisoria (CIP). Impone al adolescente imputado un estado de privación de libertad mientras dura la investigación judicial.
  3. Servicios en Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño (SBC y RD): Consiste en el cumplimiento de una medida asignada por un juez, en la que el adolescente debe realizar actividades de servicio no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de personas en situación de precariedad. La sanción de reparación del daño causado implica que el joven debe subsanar a la o las víctimas el perjuicio causado con la infracción, ya sea mediante una prestación en dinero, la restitución del objeto de la infracción, o un servicio no remunerado en su favor.
  4. Libertad Asistida: Se ejecuta a través de un Programa de Libertad Asistida (PLA). El adolescente debe ingresar a un programa ambulatorio con intervención personalizada a cargo de un delegado, requiriendo su asistencia a actividades educativas, de terapia, de promoción de derechos, de participación, y su asistencia regular al sistema escolar o de enseñanza que le corresponda.
  5. Libertad Asistida Especial: Se ejecuta a través de un Programa de Libertad Asistida Especial (PLE). El adolescente está sujeto a una intervención ambulatoria intensiva controlada por un delegado, de acuerdo a un plan de intervención personalizado que será aprobado por el tribunal, basado en programas y servicios que favorezcan la integración social.
  6. Régimen Cerrado con Programa de Reinserción Social: Se ejecuta en centros de régimen cerrado (CRC). La participación en este programa es una de las condiciones que puede considerar el Ministerio Público para la suspensión condicional del procedimiento. Junto con los acuerdos reparatorios entre el imputado y la víctima, estos instrumentos permiten prescindir de la persecución penal en casos en que no se considera aconsejable la aplicación de una pena. La población de este programa corresponde a “imputados”.

El Nuevo CIP-CRC de Puerto Montt: Un Modelo de Modernización

Un ejemplo de la modernización de estos centros es el nuevo Centro de Internación Provisoria y Centro de Régimen Cerrado (CIP-CRC) en Puerto Montt. Esta moderna obra, cuya construcción fue coordinada por el Ministerio de Obras Públicas regional y entregada al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, está ubicada en el sector Alto Bonito y busca iniciar una nueva etapa en materia de administración de justicia juvenil.

Las autoridades regionales, como el Seremi Alex Meeder, han expresado que se espera que este centro sea parte del nuevo Servicio Nacional de Inserción Juvenil, que se prevé que reemplace al Sename en 2022. En este contexto, se busca ofrecer una verdadera oportunidad para lograr la inserción social y laboral de los jóvenes con deuda con la sociedad. El diseño del centro incluye mejores espacios para talleres con luz natural, áreas para practicar deportes y escuelas para recibir educación, elementos que buscan aportar dignidad a los jóvenes a través de medios humanos y materiales.

La directora del Sename, Lilian Peña, destacó que este centro representa un gran avance para mejorar la calidad de vida tanto de los funcionarios como de los internos, enfocándose en la reinserción laboral de los jóvenes gracias a la escuela y talleres laborales que se implementarán. El Seremi de Obras Públicas, James Fry, mencionó que el proyecto nació en 2010 y representa un esfuerzo significativo del gobierno. Este espacio estará dividido en dos, permitiendo una gestión diferenciada para las funciones de CIP y CRC.

Controversias: Internaciones Psiquiátricas Injustificadas en CIP-CRC

A pesar de los objetivos de reinserción, los centros CIP-CRC han sido objeto de severas críticas, especialmente en relación con las internaciones psiquiátricas. Un informe del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), publicado en diciembre de 2018, reveló que jóvenes del Sename que no presentan patologías mentales son internados en unidades psiquiátricas (UHCIP) con el fin de controlar problemas de disciplina, lo que representa una grave vulneración de derechos.

Testimonios y Mecanismos de Abuso

Testimonios recogidos en diversas investigaciones periodísticas confirman que funcionarios de la institución utilizan esta vía cuando enfrentan conflictos de "difícil manejo". Un caso emblemático es el de dos adolescentes en Iquique, internadas en la UHCIP de su centro, cuyos gritos de desesperación fueron recordados por un terapeuta ocupacional. Este profesional, que pidió reserva de su identidad, afirmó que las chicas no sufrían problemas de salud mental y tuvieron que ser egresadas dos días después por no presentar un trastorno de salud mental.

El informe del INDH detalla que "hay adolescentes que son hospitalizados por presiones de funcionarios, como medida de castigo o como estrategia de resolución de un conflicto". La investigación, que entrevistó a funcionarios de las cinco UHCIP existentes en el país (Iquique, Limache, Til Til, Coronel y Valdivia), concluyó que los funcionarios del Sename no cumplen con los criterios para una hospitalización, derivando a jóvenes que solo presentan mala conducta.

Sofía Sepúlveda, ex jefa de la Unidad de Atención Psiquiátrica del centro del Sename en Limache, reconoció esta grave vulneración, señalando que "cuando los chicos se ponen violentos y no regulan el nivel de agresividad, Sename los toma y los deriva a estas unidades de hospitalización psiquiátrica". A fines de 2018, Sepúlveda llevaba tiempo advirtiendo al Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota sobre las presiones del Sename para ingresar adolescentes sin justificación, basándose en su experiencia de más de 10 años como psicóloga y en el programa de funcionamiento del recinto. Un funcionario actual del mismo centro de Limache confirmó en julio de 2019 que se seguían internando jóvenes sin patologías psiquiátricas.

El Contexto de Violencia en los Centros

El ambiente en las "casas" o módulos residenciales de los centros Sename es, a menudo, violento. El psicólogo y ex funcionario del Sename, Álvaro Ayala, explica que en ellas "pasan un montón de cosas complejas adentro: violaciones, intentos de suicidio, robo y tráfico". José Miguel Leiva, educador de trato directo del centro de Limache, afirma que en este ambiente es común que los jóvenes presenten "desajustes conductuales", episodios de violencia inmanejables para los funcionarios, del tipo "agarro un fierro y te trato de partir la cabeza en tres partes".

En este contexto de alta agresividad, las unidades psiquiátricas, con su ambiente terapéutico más personalizado y protegido, son vistas como un "respiro" para descomprimir las "casas" y tranquilizar el ambiente al retirar al joven más conflictivo. "Si un chiquillo está todo el día 'dando jugo', como dicen ellos, rompiendo todo, pegándole a todos y no han logrado compensarlo, es lógico que para los funcionarios sea un respiro que se lo lleven unos días a la unidad de corta estadía", señaló un educador.

Gráfico comparativo de la incidencia de problemas de salud mental y de conducta en centros juveniles

Mecanismos de Ingreso Irregular y Falta de Capacitación

Existen al menos dos vías para ingresar a las unidades de psiquiatría: la programada (evaluada por un psiquiatra) y la hospitalaria (traslado a urgencias y orden médica). Esta última es la vía utilizada por funcionarios del Sename para ingresos que no cumplen con el perfil establecido por el Ministerio de Salud, ya que la UHCIP está obligada a recibir a quien es derivado sin poder negar la internación. Así ingresaron las adolescentes de Iquique, a quienes "les mintieron" sobre el motivo del traslado.

Johnson Parra, director de la Asociación de Funcionarios de la Salud del Hospital Base de Valdivia, confirmó esta práctica: "Se les dice que los van a trasladar allá (a la unidad psiquiátrica) si se portan mal". Los educadores de trato directo, funcionarios del Sename con relación cercana a los menores, son quienes dan la primera alerta sobre posibles descompensaciones. Sin embargo, a pesar de que las bases de postulación para el cargo de educador exigen capacidad de contención, la dirigenta de Afuse, Alicia del Basto, subraya la necesidad de capacitación en salud mental, ya que "cuando un chico está descompensado es capaz de cualquier cosa".

Aunque el Sename ofrece algunas capacitaciones, no cuenta con un plan nacional de formación en salud mental. Los datos de la cuenta pública de Sename 2017 indican que, de 51 cursos técnicos, 25 se dirigieron a la detección de conductas de riesgo y manejo de conflictos críticos. No obstante, educadores como Alejandro Saavedra del CIP-CRC de Coronel las consideran insuficientes: "Cuando postulamos, no se nos plantea que vamos a trabajar con niños con problemas de salud mental".

Además, el Sename carece de protocolos ante una crisis o desestabilización de un cuadro psiquiátrico. Patricio Araya, director de la Asociación de Funcionarios del Sename de Valdivia, lamentó que ni el Servicio de Salud haya enviado directrices. Esta falta de capacitación y protocolos es un factor clave en las internaciones injustificadas, evidenciando que en el Sename "trabaja el que se atreve, no el más capacitado".

Fallas Institucionales y Respuestas del Sename

El psicólogo del CIP-CRC de Coronel, Flavio Benavente, concluyó que los problemas de los ingresos son producto de una falla institucional: "Falta formación, pero no solamente de los funcionarios, sino también del Sename. La institución todavía está en pañales en temas de salud mental y en otras temáticas".

Las respuestas del Sename, proporcionadas por Benjamín Ulloa (jefe (s) del Departamento de Justicia Juvenil), fueron que, salvo por el informe del INDH, no se han recibido denuncias sobre internaciones psiquiátricas no justificadas. Ulloa deslindó responsabilidades, argumentando que las UHCIP dependen del Ministerio de Salud y que la evaluación de ingreso es una decisión sanitaria basada en criterios clínicos, según la Ley 20.584. Sin embargo, esta respuesta no considera los casos documentados de presión por parte de funcionarios del Sename al personal de las UHCIP.

Respecto al informe del INDH, Benjamín Ulloa señaló que lo recibieron el 26 de marzo y solo en julio, casi tres meses después, se puso en marcha una acción concreta: una reunión en abril con el Ministerio de Salud, el INDH, Senda y Sename para que el instituto expusiera sus hallazgos. Este reportaje periodístico, que sacó a la luz estas problemáticas, fue realizado por Trinidad Rojas y Monserrat Vitar, estudiantes de la Escuela de Periodismo de la Pontificia Universidad Católica.

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