El sistema de pensiones en Chile es mixto y, desde 1981, cuenta con prestaciones solidarias administradas por el Estado. En 2008, el Pilar Solidario fue fortalecido con el Sistema de Pensiones Solidarias, ofreciendo pensiones y complementos de pensión dirigidos al 60% más vulnerable de la población. En 2022, este pilar se reforzó significativamente con la introducción de la Pensión Garantizada Universal (PGU), que busca mejorar las pensiones de manera inmediata para un universo importante de personas.

¿Qué es la Pensión Garantizada Universal (PGU)?
La PGU es un beneficio estatal financiado totalmente por el Estado, diseñado para mejorar las pensiones de las personas de 65 años o más, pertenecientes hasta el 90% más vulnerable del país. Este beneficio monetario mensual busca asegurar un pago que, inicialmente, alcanzó los $185.000, reemplazando el Pilar Solidario y extendiendo su cobertura. La ley establece que a mayor monto percibido como pensión base, menor será el monto del beneficio de PGU.
Desde el 1 de junio de 2022, el Instituto de Previsión Social (IPS) es el encargado de pagar directamente la PGU a las y los beneficiarios, independientemente de si reciben una pensión de retiro programado (AFP) o de renta vitalicia (compañía de seguros de vida).
Requisitos para Acceder a la PGU
Para acceder a la PGU, se deben cumplir ciertos requisitos:
- Tener 65 años de edad o más.
- Acreditar residencia en Chile por un período mínimo de 20 años continuos o discontinuos, contados desde que la persona que solicita la PGU haya cumplido 20 años de edad.
- No integrar el 10% más rico de la población de 65 años o más, de acuerdo con la calificación socioeconómica.
- Contar con una pensión base inferior a $1.000.000.
Se excluye a las personas que cotizan o están pensionadas en los regímenes de Capredena y Dipreca, aunque sean titulares o beneficiarias de pensión de sobrevivencia.

Transición del Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) a la PGU
El Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) permitía aumentar la pensión si se cumplían los requisitos establecidos en la Ley N° 20.255. Con la Reforma de Pensiones, desde septiembre de 2025, el IPS realiza reevaluaciones para calcular el valor de los beneficios y entregar la alternativa de mayor monto, según la edad que tenga el beneficiario.
Si eres una persona beneficiaria de APSV y no recibes una pensión vitalicia, puedes solicitar asesoría durante todo el año en una sucursal ChileAtiende. Una vez que el IPS haya comparado tu actual pensión final (pensión base más complemento solidario) y la suma de pensiones recibidas, la PGU y el bono compensatorio (si corresponde), te notificará si es más favorable que renuncies al APSV y solicites la PGU. El IPS tiene hasta el último día hábil de octubre de 2025, 2026 y 2027 (dependiendo de la edad) para notificarte que la PGU es más conveniente.
Es importante destacar que el bono compensatorio será determinado por la AFP e informado al IPS para que sea complementado con la PGU.
Interacción de la PGU con Otros Beneficios
Pensiones Autofinanciadas y PGU
Para los afiliados al Decreto Ley N° 3.500, es decir, quienes están en una administradora de fondos de pensiones (AFP), en caso de fallecimiento, se mantiene el beneficio de pago de cuota mortuoria a sus beneficiarias y beneficiarios, y/o sobrevivientes, aun cuando recibieran PGU.
La Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) se calcula como una renta vitalicia simple con el saldo que la persona mantenía en su cuenta de ahorro obligatorio, más el bono de reconocimiento, sus beneficiarias o beneficiarios de pensión y la tasa de interés vigente cuando cumpla la edad legal de pensión (60 años en el caso de una mujer y 65 años si es hombre). Esta pensión autofinanciada solo se considerará para el cálculo de la pensión base mientras la persona imponente no se pensione por vejez.
Descuentos y Pagos
A partir de junio de 2022, el total de descuentos que la persona tenía pactado en una sola liquidación de pago se distribuirá proporcionalmente entre los dos pagos que recibirá: el de la pensión de AFP o compañía de seguros de vida (CSV), y el de la PGU. La persona podrá revisar la distribución del pago del descuento en su liquidación consolidada, la que puede solicitar en su AFP o CSV.
Pilar Solidario de Invalidez y Asignación Familiar
La PGU no reemplaza al Pilar Solidario de Invalidez, pero sí mejora los beneficios. De esta manera, la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) se mantienen vigentes, pero aumentan en monto y cobertura, ajustándose al valor de la PGU. Los beneficios se extienden hacia el 80% más vulnerable de la población.
Las personas que reciben PGU no pueden ser causantes de asignación familiar.
Casos Ejemplos de Beneficiarios de PGU
- Andrea, pensionada de 75 años: Recibe una Pensión Básica Solidaria de Vejez de $176.096. Con la PGU, su beneficio podría incrementarse.
- Mario, 66 años: Recibe una pensión mensual de $250.000 compuesta por su pensión autofinanciada de $100.000 y un APS de $150.000.
- Laura, pensionada de 70 años: Recibe una pensión base de $720.000. A partir de agosto de 2022, le corresponde recibir el beneficio de la PGU por un monto aproximado de $100.000.
- Miguel, 67 años: Aún no es pensionado. Si se pensionara, le correspondería una pensión base de $850.000. A partir de agosto de 2022, le correspondería recibir el beneficio de la PGU por un monto aproximado de $50.000.

Extinción del Beneficio de la PGU
El beneficio de la PGU puede extinguirse en las siguientes circunstancias:
- Cuando fallece la beneficiaria o el beneficiario.
- Si no se cobra la PGU durante 6 meses corridos. En este caso, el beneficiario podrá pedir la cancelación de la suspensión hasta los 6 meses siguientes a la fecha de suspensión de la PGU.
- Si el beneficiario permanece fuera de Chile por más de 180 días continuos o discontinuos durante un año.
- Por no presentar en el IPS los antecedentes solicitados para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para mantener el beneficio.
- Si el beneficiario entregó antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objeto de acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder al beneficio de la ley.
Cómo Postular a la PGU
Para postular a la PGU, el IPS dispone de una plataforma electrónica. Se debe pinchar la pestaña "Consulta si eres beneficiario y solicítala", donde se despliegan las opciones para consultar si se cumplen los requisitos y solicitar la PGU. Para pedir este beneficio se requiere tener ClaveÚnica.
También se puede presentar una solicitud de acceso al beneficio directamente en las sucursales de ChileAtiende, AFP, compañía de seguros de vida (CSV) o municipios. La solicitud podrá presentarse a partir de la fecha en que el beneficiario cumpla 64 años y 9 meses de edad. El IPS comenzará a pagar los montos al mes siguiente de haber cumplido los 65 años o a la fecha de presentación de la solicitud.
¿Cómo solicitar la Pensión Garantizada Universal (PGU)? IPS entrega detalles y canales disponibles
Todos los reclamos relacionados con la PGU que reciban las entidades pagadoras de pensión y el IPS deberán ser resueltos según la normativa de la Superintendencia de Pensiones.