Introducción a las Credenciales Patrón
Una credencial patrón en el ámbito marítimo certifica la capacidad y habilitación de una persona para ejercer ciertas funciones o para el mando de embarcaciones. Estas credenciales son esenciales para garantizar la seguridad y el cumplimiento de la normativa en actividades náuticas y portuarias. Como resultado del trámite de obtención, se habrá solicitado una credencial de registro marítimo, la cual es un documento oficial que valida las aptitudes y conocimientos del titular.
Tipos de Credenciales Patrón en el Contexto Marítimo
Jefe de Seguridad Marítimo-Portuaria
La figura del Jefe de Seguridad Marítimo-Portuaria corresponde al experto que domina y conoce las materias inherentes a la seguridad privada. A esta persona le corresponderá el ejercicio de las funciones descritas en el Decreto Nº 1.122 de 1998, art. 2º, sobre medidas mínimas de seguridad para las empresas consideradas en el artículo 1º de dicho decreto. Este rol es crucial para la supervisión y ejecución de protocolos de seguridad en instalaciones marítimas y portuarias.
Requisitos para el Jefe de Seguridad Marítimo-Portuaria
- Poseer grado académico de magíster o diplomado en seguridad privada, igual o superior a 400 horas académicas, impartido por un establecimiento de estudios superiores o un organismo técnico de capacitación reconocido por el Ministerio de Educación.
- Demostrar los estudios y cursos presentando los certificados de acreditación legalizados por el Ministerio de Educación o autoridad competente del país donde se realizaron los estudios, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la embajada o consulado de Chile en el respectivo país (el documento debe ser apostillado).

Credenciales para Navegación Deportiva
En el ámbito de la navegación de recreo, las credenciales de patrón habilitan a sus titulares para el mando de diferentes tipos de embarcaciones bajo condiciones específicas de distancia y tipo de navegación.
Capitán Deportivo Costero
La credencial de Capitán Deportivo Costero autoriza la navegación al mando de todo tipo de embarcaciones deportivas costeras y de alta mar. Permite realizar navegaciones de un punto a otro a lo largo del litoral hasta una distancia de 60 millas de la costa.
Capitán Deportivo de Alta Mar
El Capitán Deportivo de Alta Mar está habilitado para la navegación al mando de Embarcaciones Deportivas de Alta Mar en cualquier clase de navegación, incluyendo la oceánica, lo que implica una mayor responsabilidad y alcance.
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Requisitos Generales para la Obtención y Renovación
Para la obtención o renovación de estas credenciales, los postulantes deben cumplir con una serie de condiciones y presentar la documentación requerida por la autoridad marítima.
- Tener condiciones físicas y psíquicas compatibles con las labores por desempeñar, especialmente en lo relativo al control de impulsos. Un certificado médico con timbre y firma del especialista es indispensable.
- En caso de haber prestado servicios en las Fuerzas Armadas, en las Fuerzas de Orden y Seguridad o en Gendarmería, no haber dejado de pertenecer a estas por sanciones o medidas disciplinarias.
- Haber aprobado los exámenes de los cursos de capacitación que señale la autoridad marítima, incluyéndose un curso sobre manipulación de armas, al desempeñarse en instalaciones que cuenten con vigilantes privados.
- Declaración jurada notarial, acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos en los numerales 6, 7, 8 y 9 al artículo 3 del Decreto Nº 1.773 de 1994.
- Acreditar el cumplimiento de lo establecido en la circular DGTM. y MM. Ord. N° 12.600/01 del 18 de agosto de 1994, de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
- Tener permanencia definitiva, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Ley (DL) Nº 1.094 de 1975 y su reglamento, en el caso de extranjeros.
- Cumplir con lo establecido en la resolución DGTM. y MM. Ord. Nº 12.600/18 de 2005.
- Presentar certificado de antecedentes comerciales para fines especiales (art. 5 del Decreto N° 1.773 de 1994).
Proceso y Documentación Necesaria
El trámite para la obtención o renovación de una credencial patrón se puede realizar durante todo el año en la capitanía de puerto correspondiente o en una Oficina de Deportes Náuticos en Santiago.
- Procedimiento: Concurrir personalmente o un tercero con un poder simple, a alguna Capitanía de Puerto u Oficina de Deportes Náuticos. El horario de atención es de Lunes a Viernes de 09:00 a 13:00 hrs.
- Actualización de antecedentes: Es necesario actualizar los antecedentes utilizando el formato disponible en el mesón de atención al público.
- Fotografía: Se requiere 1 fotografía a color, de 3x3cm. con nombre y C.I. (cédula de identidad).
- Menores de edad: En el caso de menores de edad, se necesita una autorización simple del padre, madre o guardador, según corresponda.
- Cancelación de derechos: Se deben cancelar los derechos de renovación. Por ejemplo, para Patrón de Bahía son US$ 5,03; para Capitán Costero y Alta Mar US$ 20,21 o su equivalente.
- Documentación de la nave: Para las naves deportivas inscritas, se les exigirá un Certificado de Navegabilidad, documento que avalará sus condiciones de navegabilidad y equipamiento. Adicionalmente, se requerirán:
- Títulos de la nave, de conformidad con los artículos 831 y 832 del Código del Comercio (Contrato de compra-venta firmado ante Notario o por Ministro de fe del país de venta, debidamente legalizados conforme a lo dispuesto en el Art. 345 del Código de Procedimiento Civil).
- Cuatro fotografías de la embarcación de 10 x 15 cms.
- Certificado de baja otorgado por la autoridad competente del país de procedencia (Legalizado conforme a lo dispuesto en el Art. 345 del Código de Procedimiento Civil).
Marco Legal y Normativa Aplicable
Las credenciales de patrón se rigen por diversas normativas y regulaciones que aseguran su validez y el cumplimiento de los estándares de seguridad.
- Decreto Nº 1.122 de 1998, sobre medidas mínimas de seguridad para las empresas consideradas en el artículo 1.
- Decreto Nº 1.773 de 1994, artículo 3 y artículo 5.
- Resolución DGTM. y MM. Ord. Nº 12.600/18 de 2005, de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DGTM Y MM).
- Circular DGTM. y MM. Ord. N° 12.600/01 del 18 de agosto de 1994.
- El Manual de Procedimientos para el Otorgamiento de Títulos, Matrículas, Licencias, Credenciales, Permisos, Certificados y Otras de la DGTM Y MM, establece las directrices claras para la emisión de estas credenciales.
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