Pensión de Invalidez y Contrato Laboral: Normativa y Compatibilidad en Chile

En Chile, las personas que sufren una incapacidad física o mental tienen derecho a solicitar la pensión de invalidez, un beneficio monetario que les permite acceder a un aporte de dinero en esta difícil situación. Sin embargo, muchas personas declaradas con una incapacidad total o parcial se sienten lo suficientemente bien como para continuar trabajando, dependiendo del grado de invalidez que padezcan. Surge entonces la interrogante sobre la compatibilidad entre percibir una pensión de invalidez y mantener un contrato laboral.

Tipos de Pensión de Invalidez

Es fundamental diferenciar entre la pensión de invalidez del sistema previsional y la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).

Pensión de Invalidez del Sistema Previsional

Esta pensión está destinada a los trabajadores cotizantes. El monto se financia con los recursos previsionales acumulados por el propio trabajador en su AFP, complementados con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), siempre que se cumplan los requisitos para acceder a dicho seguro.

  • Pensión de invalidez total: Se otorga cuando un trabajador queda con una incapacidad permanente total, igual o superior al 70%.
  • Pensión de invalidez parcial: Se otorga cuando el trabajador queda con una incapacidad permanente, igual o superior al 40% e inferior al 70%. Esta pensión es equivalente al 35% de su sueldo base.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)

  • La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio dirigido a personas entre 18 y 64 años que no cotizan o cotizan de forma intermitente.
  • El Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un complemento monetario financiado por el Estado, destinado a personas entre 18 y 64 años que perciban una pensión de invalidez y cumplan con ciertos requisitos.
infografía sobre tipos de pensiones de invalidez en Chile, requisitos y financiamiento

Requisitos para Acceder a la Pensión de Invalidez

Para recibir el beneficio, la persona debe haber sido declarada oficialmente como inválida (física o mentalmente) por una de las Comisiones Médicas dependientes de la Superintendencia de Pensiones. La pensión se entrega hasta que el trabajador cumpla con la edad legal de jubilación.

Compatibilidad entre Pensión de Invalidez y Trabajo Remunerado

Las normas legales y reglamentarias que regulan el sistema de pensiones no contemplan ninguna incompatibilidad legal entre una pensión de invalidez, total o parcial, y un trabajo remunerado. Si el deseo del trabajador es continuar laborando -en la medida de lo posible- después de ser declarado con algún grado de invalidez, puede hacerlo sin problemas.

Obligaciones del Trabajador y Empleador

El trabajador pensionado de invalidez que continúe laborando está obligado a asistir al trabajo y el empleador, al pago de la remuneración convenida. La obtención de una pensión de invalidez no es causal de terminación de contrato, ya que el trabajador puede emplear su capacidad residual de trabajo. Por lo tanto, si el trabajador no asiste a trabajar, el empleador tampoco está obligado a remunerarlo.

La Dirección del Trabajo ha señalado esta jurisprudencia administrativa en dictámenes como el 3458/178 de 21.10.2002, reafirmando que la invalidez, total o parcial, no es justa causa para el término del contrato de trabajo, según lo establece el artículo 161 bis del Código del Trabajo.

Pensión de incapacidad por accidente o enfermedad de trabajo. Ley del Seguro Social.

Cotización Voluntaria y Subsidios por Incapacidad Laboral

En caso de que un pensionado de invalidez desee seguir cotizando de manera voluntaria, tales montos se integrarán a la cuenta de capitalización individual en la AFP en que se encuentre afiliado/a.

Es importante destacar la incompatibilidad entre las pensiones de invalidez y los subsidios por incapacidad laboral que el afiliado pudiese generar por las mismas causas que produjeron la invalidez. Sin embargo, un trabajador pensionado que vuelve a su trabajo tiene la posibilidad de recibir un subsidio por incapacidad laboral derivado de una licencia médica por una enfermedad recuperable distinta a la que dio origen a la invalidez.

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