Derecho a Voto de Personas con Discapacidad Intelectual

Servel está comprometido en promover una participación electoral informada, inclusiva y accesible para todas las personas con equidad en el ejercicio del sufragio. Este compromiso busca garantizar que todos los ciudadanos y ciudadanas con derecho a sufragio, mayores de 18 años, puedan ejercer su voto de manera efectiva.

¿Pueden Votar las Personas con Discapacidad Intelectual?

Sí, las personas con discapacidad mental o intelectual, que estén habilitadas para sufragar en los padrones electorales, deberán ejercer su derecho a sufragio. La Ley Nº18.700 sobre votaciones populares y escrutinios, garantiza que todo ciudadano y ciudadana con derecho a sufragio, mayor de 18 años, puedan votar.

Es importante destacar que las personas declaradas interdictas en caso de demencia se encuentran inhabilitadas para votar, lo cual es la única excepción explícita que impide el ejercicio de este derecho por motivos relacionados con la salud mental.

Voto Asistido: Un Mecanismo para la Inclusión Electoral

La Ley 20.183, dictada en 2007, permite el Voto Asistido para quienes lo necesiten, dando amplias posibilidades de acompañamiento y asistencia al momento de votar. Este mecanismo está diseñado para asegurar que personas con diversas condiciones puedan ejercer su derecho al sufragio sin impedimentos.

El voto asistido permite que cualquier persona con una discapacidad de origen visual, motor o físico, auditivo, psíquico o intelectual, tenga la posibilidad de ser acompañada y asistida al momento de votar por alguien de su confianza, que debe ser mayor de 18 años. Para ello, los electores deben informar previamente al presidente de la mesa, y esta acción debe quedar registrada en el acta.

Voto Asistido

Modalidades del Voto Asistido

Las personas con discapacidad pueden ejercer su derecho a voto a través del Voto Asistido, utilizando estas modalidades:

  • Ser asistido por una persona de confianza: El elector puede ser acompañado por una persona mayor de edad y de su confianza hasta el interior de la cámara secreta. Para ello, se debe informar al presidente de la mesa.
  • Ser asistido por el presidente o presidenta de la mesa: En este caso, el presidente o presidenta de la mesa se quedará fuera de la cámara secreta para doblar y cerrar el voto, resguardando en todo momento el secreto del sufragio.
  • Ejercer el derecho a voto fuera de la cámara secreta: Si la persona no puede entrar a la cámara secreta por usar camilla, silla de ruedas u otro motivo, la ley establece que pueden sufragar fuera de ella. La mesa deberá adoptar las medidas necesarias para mantener el secreto del voto.

Facilidades Adicionales y Accesibilidad en los Locales de Votación

Acceso en Locales de Votación

Servel recomienda que las mesas para personas con movilidad reducida se instalen en los primeros pisos, para evitar la necesidad de trasladar a pisos superiores a las personas en situación de discapacidad que concurran a votar. En el caso de que existan escaleras u otros obstáculos al desplazamiento, los electores pueden dirigirse al Delegado de Local o al personal de Defensa Civil presentes en el local y solicitar su ayuda.

Infografía o esquema de accesibilidad en locales de votación para personas con discapacidad

Uso de Perros de Asistencia

Los perros de asistencia pueden ingresar al recinto de votación y acompañar a la persona con discapacidad que lo requiera, facilitando su movilidad y seguridad durante el proceso electoral.

Plantillas Especiales para Discapacidad Visual

Las personas ciegas o con discapacidad visual pueden solicitar al presidente de la mesa votar haciendo uso de la plantilla con ranuras o la plantilla con ranuras y letras en Braille. El Delegado de la Junta Electoral tiene el deber de instruir a los electores con discapacidad visual o personas ciegas, sobre el uso de la plantilla.

Foto de una persona utilizando una plantilla Braille para votar

Soporte para Discapacidad Auditiva

Para facilitar la votación de los electores con discapacidad auditiva, Servel habilita en su web un Visor en Lengua de Señas. Esta plataforma de videollamadas permite que el usuario sea atendido por un intérprete en lengua de señas, quien puede responder a sus consultas electorales. Este servicio está disponible de lunes a viernes entre 08:00 a 16:00 horas.

Imagen de una persona con discapacidad auditiva usando un visor en lengua de señas para consultas electorales

Documentación y Consideraciones Generales

Para votar, el Carnet de Identidad o el Pasaporte son los únicos documentos válidos. La credencial de discapacidad no es un documento para votar.

Servel ha recomendado a los integrantes de las mesas receptoras de sufragio permitir el voto preferente a mujeres embarazadas, adultos mayores de 70 años, personas con alguna discapacidad y personas calificadas como cuidadoras.

Presentar discapacidad no constituye necesariamente una causal para no ejercer la función de vocal de mesa. Si una persona es convocada como reemplazante de vocal de mesa en un segundo llamado, no puede presentar excusas, quedando obligada a desempeñarse como vocal de mesa.

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