El presente artículo tiene por objetivo analizar el Programa Salidas Alternativas (PSA), el cual tiene como finalidad cumplir con las condiciones de la suspensión condicional del procedimiento penal para evitar una sanción judicial por un delito cometido, a través del fortalecimiento de los factores protectores de los niños, niñas y adolescentes ingresados a la red del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil (ex-Sename). El estudio se enfocó en identificar los factores individuales, sociales y comunitarios que influyen en la reincidencia delictiva de los jóvenes. Por otro lado, analiza la implementación del Programa en la Región del Biobío en el periodo 2019-2023. Este análisis se realizó a través de revisión documental y la aplicación de entrevistas a actores claves del programa.
Definición y Objetivo del Programa Salidas Alternativas (PSA)
El Programa Salidas Alternativas (PSA) constituye una línea de acción de la Ley 20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente (RPA) de intervención del Sename, a requerimiento de la justicia penal. Esto ocurre en circunstancias en que se ha impuesto al adolescente como condición de la Suspensión Condicional del Procedimiento alguna medida, a través de la figura contemplada en el artículo 238 letra H del Código Procesal Penal. Esta medida puede ser la asistencia a un programa de intervención socioeducativa o bien la ejecución de un servicio en beneficio de la comunidad, con supervisión del Sename.
El programa se orienta a dar respuesta a este fin a través de la articulación de acciones dirigidas al acompañamiento y supervisión durante el periodo establecido para la suspensión condicional del procedimiento. Esto se logra mediante el establecimiento de una relación con el joven, tendiente a favorecer el cumplimiento de las condiciones decretadas y el ejercicio de sus derechos, proporcionando información, entregando herramientas de interrelación y generando constantemente motivación para un adecuado enfrentamiento de las condiciones decretadas.
Un elemento importante a considerar para la ejecución de este tipo de programas es la necesidad de diferenciar claramente los contenidos a trabajar respecto de los programas que ejecutan medidas y sanciones establecidas en la Ley 20.084.
Video Responsabilidad Penal Adolescente
Acceso y Requisitos para las Salidas Alternativas
Se trata de jóvenes que por primera vez debieron enfrentar a la justicia por una infracción a la Ley Penal Adolescente. Luego son derivados por Tribunales de Garantía a una salida alternativa, tras la suspensión condicional del procedimiento por parte del Ministerio Público.
Para acceder a esta salida alternativa, los adolescentes deben cumplir con requisitos tales como que esta sea su primera infracción a la ley, que no se trate de hechos de sangre y no ser sancionados por la Ley de Drogas. Cumplidos éstos, y tras el análisis de cada caso, se activa el convenio interinstitucional para iniciar el proceso de reinserción social de los jóvenes.
La posibilidad de acceder a una salida alternativa, que implica someterse a una intervención profesional y de acompañamiento para la reinserción social y la resignificación crítica de la conducta realizada, es una oportunidad a la que estos adolescentes pueden acceder por una única vez. Por lo que saber valorar y aprovechar el proceso es algo para lo que no tienen segunda opción.
Actores Involucrados y Colaboración Interinstitucional
Este programa se lleva a cabo en una red de centros administrados por Sename y a través de programas ejecutados por organismos colaboradores acreditados que articulan territorialmente a diversos actores, tanto del sector público como de la sociedad civil, con el propósito de generar una oferta programática de calidad que sea pertinente a las necesidades de reinserción educativa, laboral y/o social de esta población.
Convenios de Colaboración
Desde mayo de 2012, Fundación Ciudad del Niño mantiene un convenio con la Fiscalía Regional de Los Lagos y el Sename Los Lagos para implementar y desarrollar los programas de Salidas Alternativas para jóvenes que se involucran por primera vez en un delito. De esta manera, se les da la oportunidad de reinsertarse siguiendo un proceso de intervención psicosocial que incluye desde la nivelación de estudios, preparación para la vida laboral y tratamiento de consumo problemático de sustancias, en caso de ser necesario.
Tras cumplir con la sanción impuesta por tribunales, gracias a un convenio existente entre la fiscalía regional, el servicio y Fundación Ciudad del Niño, los jóvenes egresaron del programa perteneciente a la red de Justicia Penal Adolescente. Al respecto, Carmen Gloria Wittwer, Fiscal Regional, señaló que “Este convenio que firmamos hace ya nueve años con Fundación Ciudad del Niño y el Servicio Nacional de Menores, parte como una iniciativa desde la Fiscalía Regional de Los Lagos de arribar a otro tipo de salidas con adolescentes que incurrieron en alguna infracción de ley, y que nosotros visualizamos que tienen una oportunidad de reinsertarse en la sociedad; la idea es que, como ente persecutor, podamos renunciar a la persecución penal y continuar con una salida alternativa”.
La Directora Regional (S) del Sename Los Lagos, Andrea Proschle, indicó que “Lo que busca este convenio es entregar herramientas y mecanismos de trabajo, para que aquellas y aquellos adolescentes a quienes se les aplica una medida de salida alternativa puedan dar cumplimiento a las condiciones que se establecen en esta medida”.
Experiencias y Resultados del Programa
La Directora del PSA, Johana Solís, sostuvo que “Los jóvenes cuando llegan reticentes a la intervención es la primera vez que pasan por el sistema judicial. Posteriormente a eso, cuando ya mantienen un proceso de intervención en el PSA, se dan cuenta de que tienen otras habilidades y comienzan a generar nuevos intereses, empiezan a armar nuevos proyectos, ya sea de mediano o corto plazo, terminar cuarto medio, capacitarse, ingresar a la universidad, establecerse en la parte laboral y, luego de eso, cuando ya terminan su proceso uno les da a conocer todos estos avances, lo que falta por cumplir o lo que se tiene que seguir trabajando”.
Para Mónica Fernández, directora de comunicaciones de Fundación Ciudad del Niño, este programa “Es muy importante porque nos ha permitido dar un paso hacia una mejora de las metodologías, innovar también en la manera de intervenir e involucrarnos en el proceso del proyecto de vida de los jóvenes. Ha sido una oportunidad preciosa, articulada con todos estos actores que son fundamentales para mostrar que cuando está articulado el sistema, hay cosas que se pueden hacer bien”.
Como Fundación Ciudad del Niño, nos enorgullece el esfuerzo, constancia y compromiso de estos jóvenes de los programas PMM Llanquihue Palena y PMM Osorno, que han conseguido superar con éxito los objetivos de su proceso individual de trabajo.
La ceremonia de egreso se realizó en las dependencias de la Fiscalía de Puerto Montt y contó con la presencia de la Fiscal Regional de Los Lagos, Carmen Gloria Wittwer; el Seremi de Justicia y DD.HH., Cristóbal Fuenzalida; el director (s) Regional del Servicio Nacional de Menores, Cristian Andrade; el presidente de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, Jorge Pizarro y la vicepresidenta del directorio de Fundación Ciudad del Niño, María Cecilia Milevcic.
Medidas y Sanciones en el Sistema de Justicia Juvenil Chileno
Los jóvenes tienen derecho a defensa gratuita y, en caso de ser enviados a centros privativos de libertad, no son derivados a recintos carcelarios adultos, sino a centros especiales. Los tribunales pueden ordenar diversas medidas mientras se realiza la investigación.
Tipos de Medidas Cautelares
- Medida Cautelar Ambulatoria (MCA): Asegura que se lleven a cabo los fines del procedimiento penal, favoreciendo que el adolescente imputado participe en todas las diligencias de la investigación que lleva adelante el Ministerio Público y las actuaciones decretadas por los tribunales de justicia.
De esta forma, el programa ejecutado en convenio con Sename y perteneciente al Área Responsabilidad Penal Adolescente (RPA) de CORFAL, quedará en la misma dirección del Programa Medidas Cautelares Ambulatorias (MCA) de la misma área.
- Internación Provisoria: Se ejecuta en centros de internación provisoria (CIP). Se trata de una medida cautelar excepcional, que impone al adolescente imputado un estado de privación de libertad, decretada por el juez de garantía o el tribunal oral en lo penal a solicitud del fiscal o del querellante. Pueden ser privativas o no privativas de libertad.
Sanciones No Privativas de Libertad
- Servicios en Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño (SBC y RD): Consiste en el cumplimiento de la medida asignada por un juez, en que el adolescente debe realizar actividades de servicio no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de personas en situación de precariedad. La sanción de reparación del daño causado consiste en que el joven debe subsanar a la o las víctimas el perjuicio causado con la infracción, por medio de una prestación en dinero, la restitución o reposición de la cosa u objeto de la infracción, o un servicio no remunerado en su favor.
- Libertad Asistida: Se ejecuta a través de un Programa de Libertad Asistida (PLA). El adolescente debe ingresar a un programa ambulatorio con intervención personalizada a cargo de un delegado. Se requiere la asistencia del joven a actividades educativas, de terapia, de promoción de derechos, de participación, y su asistencia regular al sistema escolar o de enseñanza que le corresponda.
- Libertad Asistida Especial: Se ejecuta a través de un Programa de Libertad Asistida Especial (PLE). El adolescente está sujeto a la intervención ambulatoria intensiva controlada por un delegado, de acuerdo a un plan de intervención personalizado que, para todos los casos, será aprobado por el tribunal. Dicho plan estará basado en programas y servicios que favorezcan la integración social del adolescente.
Sanciones Privativas de Libertad
- Régimen Cerrado con Programa de Reinserción Social: Se ejecuta en centros de régimen cerrado (CRC). La participación en este programa es una de las condiciones que puede considerar el Ministerio Público para la suspensión condicional del procedimiento. Junto con los acuerdos reparatorios entre el imputado y la víctima, constituyen instrumentos que permiten prescindir de la persecución penal en aquellos casos en que no se considera aconsejable la aplicación de una pena. La población del programa corresponde a “imputados”.

Equipo Técnico del Programa
El equipo del programa está compuesto por diversos profesionales:
- Coordinadora Técnica Asistente Social: Encargada de planificar, orientar, asesorar, coordinar, supervisar, evaluar y retroalimentar la intervención con los/as adolescentes acorde a Orientaciones Técnicas (OOTT). Apoya la ejecución de intervenciones específicas en modalidad individual, familiar o grupal y propone estrategias de autocuidado para el equipo técnico.
- Encargados de Medida: Poseen competencias técnicas, destrezas y conocimientos necesarios para la implementación del proceso interventivo del usuario desde la etapa de diagnóstico a la etapa de egreso, todo de acuerdo a una intervención basada en orientaciones técnicas y conocimiento acabado del modelo MIDA.
- Secretaria Administrativa: Encargada de la atención de público, área financiera y administrativa, poseyendo habilidades a nivel computacional.
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