La inclusión laboral es una estrategia fundamental que promueve y asegura la plena inclusión social de las personas con discapacidad. Este enfoque permite derribar los mitos y prejuicios que históricamente se han asociado al rol productivo de este segmento de la población, garantizando su participación en el mercado laboral abierto en igualdad de condiciones.
Marco Legal de la Inclusión Laboral
La Ley de Inclusión Laboral establece un marco normativo crucial para fomentar la integración de personas con discapacidad en el ámbito laboral. Esta ley dispone una reserva de empleos del 1%, destinada a personas con discapacidad o a asignatarias de pensión de invalidez de cualquier régimen previsional.
Ámbito de Aplicación
Esta reserva de empleos es obligatoria tanto para organismos del Estado como para empresas privadas que cuenten con 100 o más trabajadores o funcionarios. El objetivo principal de esta legislación es asegurar la participación efectiva de las personas con discapacidad en el mercado laboral, como un medio esencial para su plena inclusión social.
Reglamentación de la Ley
La Ley de Inclusión Laboral cuenta con dos reglamentos específicos, uno diseñado para el sector público y otro para el sector privado. Ambos fueron publicados en el Diario Oficial el 1 de febrero de 2018, detallando los procedimientos y requisitos para su implementación.
Excepciones al Cumplimiento de la Reserva del 1%
En situaciones donde no sea posible el cumplimiento total o parcial de la dotación del 1%, las entidades están obligadas a presentar un informe fundado. Este informe debe ser remitido, a través del jefe superior o jefatura máxima del órgano, servicio o institución, a la Dirección Nacional del Servicio Civil y al Servicio Nacional de la Discapacidad, explicando las razones del incumplimiento.

Razones Fundadas Aceptadas
La ley contempla una serie de razones consideradas fundadas para justificar el no cumplimiento de la cuota de inclusión laboral:
- Naturaleza de las funciones: Se considera esta razón cuando, por las características o especialidad de los procesos o actividades del órgano, servicio o institución, estos no pueden ser desarrollados por personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez de cualquier régimen previsional.
- No contar con cupos disponibles: La falta de vacantes en la dotación de personal de la entidad.
- Falta de postulantes calificados: Esta razón se configura cuando no se presentan personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez que cumplan con los requisitos del perfil requerido para los puestos disponibles.
Rol de Fundaciones en la Inclusión Laboral
Fundaciones como Descúbreme han desempeñado un papel activo en la promoción y facilitación de la inclusión laboral. Desde el año 2014, esta fundación ha trabajado para lograr la contratación de más de 300 personas con discapacidad cognitiva en el mercado laboral abierto, asegurando igualdad de condiciones con otros trabajadores.
La labor de Fundación Descúbreme se centra en construir una cultura organizacional inclusiva que acepte, respete y valore a las personas con discapacidad, demostrando que su incorporación al ámbito laboral es beneficiosa y posible.
IST Testimonios - Inclusión
Comunicación Electrónica y Ejecución de Contratos
La comunicación electrónica para asuntos relacionados con la inclusión laboral está disponible durante todo el año a través del sitio web de la Dirección del Trabajo (DT).
Si se opta por la medida de ejecución de contratos de prestación de servicios con empresas que ya tienen contratadas a personas trabajadoras con discapacidad y/o asignatarias de una pensión de invalidez, es indispensable informar los números de cédula de identidad de las personas que prestarán servicios en la empresa obligada.