Una de las grandes inquietudes de los trabajadores, especialmente aquellos próximos a jubilar, es conocer cuál será el monto de su futura pensión. La pensión futura es vista, generalmente, como un tema lejano, que logra cercanía al momento de calcular la cifra concreta a la cual ascenderá la jubilación.
El Antiguo Sistema Previsional (INP)
Para las personas que imponían en el antiguo sistema previsional, administrado por el Instituto de Normalización Previsional (INP), el monto de las pensiones estaba sujeto a la ex caja de previsión a la que se perteneció. En este sistema, un hombre requería un mínimo de 1.040 semanas de cotizaciones (equivalentes a 20 años). El límite máximo de la pensión era el 70% del salario base mensual.
El cálculo se realizaba descontando las bonificaciones compensatorias al promedio de las 36 últimas remuneraciones. Una vez calculado este promedio, se dividía por 35 y el resultado se multiplicaba por el número de años cotizados, con un tope máximo de 35 años.
La Pensión Garantizada Universal (PGU)
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es el primer piso de la seguridad social en Chile. Personas pensionadas por Leyes de Reparación (Exonerados, Rettig y Valech) y beneficiarios de pensiones de gracia también pueden acceder a la PGU si cumplen los requisitos. Si la persona ya recibe el complemento de PGU (porque su pensión de reparación era menor al monto máximo de la PGU), a partir de septiembre de la fecha en que cumpla la edad establecida en el calendario, su monto se ajustará de forma automática al nuevo valor máximo de la PGU.
El aumento de la PGU a $250.000 para pensionados de 82 años o más representa un avance significativo. Si ya se recibe la PGU, el ajuste es automático según el calendario.

Componentes de la Reforma Previsional y el Nuevo Sistema Social
La reciente Reforma Previsional introduce importantes cambios que buscan mejorar las futuras pensiones y la protección social.
Nuevas Cotizaciones y Aportes del Empleador
A partir de las remuneraciones de agosto de 2025, los empleadores comenzaron a pagar un 1% adicional. Este inicio de la nueva cotización del empleador se irá incrementando gradualmente hasta alcanzar un 7%. El 1,5% que aportará el empleador será para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), el cual pasará a ser una de las prestaciones del Seguro Social a contar de agosto de 2027.

Ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales
Es un nuevo beneficio de la Reforma Previsional que comenzó a regir el 1 de mayo de 2025. Permite que todas las personas que reciban el Seguro de Cesantía, sin importar el tipo de fondo (Cuenta Individual o Fondo Solidario), tengan cubiertas sus cotizaciones previsionales mientras estén desempleadas.
Antes, solo las personas que usaban el Fondo de Cesantía Solidario tenían cotizaciones previsionales cubiertas; desde mayo de 2025, se incluye también a quienes usan su Cuenta Individual. Así, todos los beneficiarios del Seguro de Cesantía tienen este respaldo. El dinero no sale del bolsillo del trabajador, ya que las cotizaciones son financiadas por el Fondo de Cesantía Solidario, que se forma con aportes del Estado y de los empleadores. No se usan los fondos individuales ni se descuenta del monto del seguro que recibe el trabajador.
- Desde mayo a julio de 2025, se cotiza el 10% del pago mensual del Seguro de Cesantía.
- Desde agosto, sube a 10,10%.
- En agosto de 2027, sube a 10,25%.
Es decir, mes a mes se deposita ese porcentaje en la AFP del trabajador o trabajadora mientras esté cesante. Este beneficio se mantiene mientras la persona esté recibiendo pagos del Seguro de Cesantía. Si se terminan los giros o encuentra trabajo, el beneficio finaliza automáticamente. Se estima que el número de personas beneficiadas se triplicará: de 395 mil a más de 1,4 millones al año. Esto significa una gran mejora en la protección previsional para quienes atraviesan períodos de desempleo.

Modernización del Sistema de AFP
El sistema de multifondos será reemplazado por fondos generacionales, que ajustarán su perfil de inversión según la edad del afiliado, reduciendo el riesgo a medida que se aproxima la jubilación y aumentando la seguridad del ahorro. Con este mecanismo se busca maximizar rentabilidades y reducir los riesgos de pérdidas significativas para quienes están cerca de jubilarse.
Las comisiones serán variables y estarán vinculadas al rendimiento del fondo. Si el fondo genera pérdidas, las comisiones disminuirán hasta en un 15%, y si obtiene ganancias, podrán aumentar hasta en un 15% en un porcentaje limitado, alineando los incentivos con el bienestar de los afiliados. Esto asegura que las administradoras busquen maximizar el beneficio para los afiliados.
Se promoverá la entrada de nuevos operadores para diversificar el mercado y reducir la concentración. Además, se centralizará la cobranza previsional y se implementará un sistema de licitación cada dos años para el 10% de los afiliados, favoreciendo la competencia y la disminución de comisiones. Se adjudicará a la Administradora de Fondos de Pensiones que oferte la menor comisión.
Asimismo, se establecen límites cuando las AFP invierten a través de terceros. No podrán pagarse con cargo a los fondos comisiones a vehículos de inversión o mandatarios que inviertan más de un 10% en emisores nacionales transables en mercados públicos, a excepción de inversiones de baja o mediana capitalización.

Compensación a Mujeres por Mayor Expectativa de Vida
Este es un beneficio dirigido a mujeres que busca corregir las brechas de género en el sistema de pensiones, dada su mayor expectativa de vida.
Cómo Alcanzar una Pensión de $500.000 o $1.000.000
La cifra que se recibirá como pensión final depende de varios factores cruciales.
Factores Clave para el Monto de la Pensión
En Chile, el monto final de la pensión se calcula de acuerdo a las siguientes variables:
- Ahorro total de la persona afiliada.
- Años cotizados.
- Sueldo promedio.
- Tasa de reemplazo: un porcentaje determinado por el Gobierno que representa la proporción de los ingresos anteriores al retiro de la persona. La tasa actual es del 60%.
- Tasas de mortalidad: la expectativa de vida de las personas, elaborada por la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero. Estas se actualizan cada 6 años.
- Modalidad de pensión: puede ser Retiro Programado o Renta Vitalicia.

Ejemplos de Ahorro para Metas de Pensión (500k y 1M)
La Asociación de AFP ha realizado cálculos sobre la evolución que debe tener el ahorro en los fondos de pensiones para alcanzar metas de pensión de $500.000 y $1.000.000, suponiendo que los fondos renten un 5%.
Para una pensión de $500.000:
- Si un hombre casado desea obtener esta pensión, deberá acumular un monto de $93.161.994 en su cuenta de capitalización individual de su AFP. De este monto, el aporte del trabajador será de $30.000.000, ya que el 70% restante será aportado por la rentabilidad de los fondos.
- En cambio, para un hombre soltero, el ahorro total deberá ser de $79.195.124. El trabajador deberá aportar $25.584.000, y la rentabilidad de sus ahorros contribuiría con los $53.611.124 restantes.
Para una pensión de $1.000.000:
- El ahorro total deberá ascender a $186.323.988 para un hombre casado. En esta situación, el trabajador deberá aportar $60.192.000, porque el resto ($126.131.988) sería aportado por la rentabilidad.
- Si el pensionado es un hombre soltero, deberá acumular $158.241.664. El trabajador deberá aportar $51.120.000, y la rentabilidad de los fondos contribuiría con $107.121.664.

Monitoreo y Estrategias para Alcanzar la Meta
Roberto Fuentes, gerente de estudios de la Asociación de AFP, destacó la importancia de que los afiliados se fijen metas de pensión deseadas. Sin embargo, advirtió que "lo importante no es el número final, porque es un valor futuro proyectado cuya construcción depende de varios factores":
- El monto de la cotización mensual (10% del sueldo o más).
- La frecuencia o densidad de cotizaciones.
- La edad a la que se comienza a cotizar.
- La rentabilidad del ahorro.
Conseguir este ahorro dependerá de la conducta que tengan los afiliados en su vida profesional, por lo que es importante cotizar todos los meses y, en el caso de tener un objetivo de pensión, monitorearla. Los afiliados que están a medio camino de la pensión pueden monitorear cómo están en la actualidad para llegar a la pensión deseada, sin alarmarse con el número final.
Por ejemplo, para una pensión de $500.000 (proyectado como casado al jubilar):
- A los 35 años, se debería tener $9.700.197 en los fondos.
- A los 45 años, $25.500.794.
En el caso de un pensionado soltero:
- A los 35 años, debería tener un ahorro de $8.245.941.
- A los 45 años, uno de $21.677.709.
Si se quiere obtener una pensión de $1.000.000 (hombre casado), se va por buen camino si a los 35 años se tiene acumulado en el fondo de pensiones $19.400.393.
Proceso de Cotización y Fiscalización
El proceso de declaración y pago de cotizaciones es fundamental para el correcto funcionamiento del sistema previsional.
Plazos y Responsabilidades del Empleador
El empleador o entidad pagadora de subsidios debe declarar y pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente a aquel en que se devengaron las remuneraciones o se autorizó la licencia médica. Cuando el empleador realice la declaración y el pago de las cotizaciones por medio electrónico, el plazo de pago se extenderá hasta el día 13 de cada mes, incluso si fuera sábado, domingo o festivo.
Si el empleador no realiza la declaración, tendrá hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar ante el Instituto de Previsión Social (IPS) que su obligación se extinguió. Transcurrido ese plazo adicional, y agotadas las gestiones aclaratorias por parte del IPS sin que el empleador haya acreditado la extinción de la obligación, se presumirá que las respectivas cotizaciones están declaradas y no pagadas y se constituirá una deuda previsional efectiva.
Recaudación y el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP)
Para cumplir con la función de recaudación, el IPS realizará este proceso a través de un proveedor especializado, mediante el cual los empleadores deberán efectuar dichos pagos. El Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) es un órgano creado en el marco de la ley N°21.735.
Obligación de Cotizar
La normativa indica que los empleadores deben cotizar al Seguro Social Previsional (SSP) por todos sus trabajadores, incluyendo aquellos que laboran en jornadas parciales o part time. Este dato cobra especial importancia porque permite llevar un registro adecuado de los periodos cotizados en jornada parcial, lo que será clave para que, en el futuro, esas cotizaciones puedan ser computadas en el historial previsional del trabajador.
Existen ciertas excepciones a la obligación de cotizar:
- Trabajador pensionado por vejez o invalidez total: La obligación de enterar cotizaciones de cargo del empleador al Seguro Social Previsional se extingue de pleno derecho en el momento en que el trabajador se pensione por vejez o invalidez total, conforme al D.L.
- Trabajador acogido a la exención de la obligación de cotizar regulada en el artículo 69 del D.L. No de forma obligatoria, esto incluye a quienes perciban rentas del artículo 42 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y a quienes no las perciban.
Modalidades de Pensión
Existen dos modalidades principales para el cálculo de las pensiones:
Retiro Programado
Para el Retiro Programado, la pensión se calcula según:
- Los ahorros acumulados.
- El CNU (Capital Necesario Unitario), que se compone de varios factores como la composición del grupo familiar y sus edades, sexo y estado civil.
- Las tablas de mortalidad.
- La tasa de interés según la Superintendencia de Pensiones.
Para esta modalidad, se realiza un recálculo todos los años en el mismo mes en que la persona se pensionó, manteniendo ese monto por los siguientes 12 meses. Por ejemplo, si una persona se pensiona en mayo, entonces en mayo será el recálculo. Dos meses antes se comunica a los pensionados que se aproxima un recálculo de pensión, por carta y correo electrónico, por lo que es importante mantener los datos de contacto actualizados.

Renta Vitalicia
Para la Renta Vitalicia, la pensión se calcula según:
- Los ahorros acumulados.
- El tipo de Renta Vitalicia, que puede ser Inmediata, Temporal con Renta Vitalicia Diferida, Inmediata con Retiro Programado, o Renta Vitalicia Variable.
- Las tablas de mortalidad: se calcula la esperanza de vida del afiliado y la de sus familiares con derecho a pensión.
- La tasa de interés según la Superintendencia de Pensiones.
Todos los montos de pensión, ya sea de Retiro Programado como Renta Vitalicia, se calculan en UF.
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