Políticas de Calidad del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (SENAME Salud)

Desde una perspectiva arquitectónica, el arquitecto Van Eyck propone principios fundamentales para cualquier política pública orientada a la infancia. Estos principios subrayan la importancia de un cuidado efectivo y universal de la infancia, que debe ser continuo y tener un carácter estructural en lugar de discrecional. Se enfatiza la necesidad de una lógica territorial, integrando la atención al devenir cotidiano de la comunidad para asegurar la consistencia temporal y espacial. El objetivo es inmiscuirse en el entramado invisible del día a día, donde las transformaciones reales ocurren de manera lenta pero visible.

Asimismo, se destaca la premisa de que los niños deben ser vistos, lo que implica una responsabilidad compartida, voluntaria o involuntaria, de toda la sociedad en su seguridad y desarrollo. Una respuesta coordinada, coherente y comprometida trasciende las medidas legales reactivas o el simple aumento cuantitativo o cualitativo de los hogares de acogida. Se trata de avanzar hacia una política de infancia que permita rehabitar nuestros entornos y reconstruir comunidades, de manera similar a lo que ocurre tras un cataclismo.

Es imperativo plantear una verdadera reconstrucción de la nación, donde los adultos reformulemos nuestra estructura social, colocando a los niños y niñas en su centro. Solo así se será consecuente con la idea de que la recuperación de un niño gravemente vulnerado no se limita a responder a su individualidad o a la de su familia, sino que requiere una revisión del habitar humano. Esto implica rehabitar los espacios físicos y psíquicos bajo una nueva concepción, basada en la construcción colectiva, en entornos abiertos, visibles, seguros, respetuosos, dignos y, por ende, fortalecedores de la identidad.

Por consiguiente, es imprescindible que toda política de salud mental infantil se sustente en estos principios, integrando una perspectiva sanitaria que abarque todas las políticas públicas. Afortunadamente, los valores comprometidos en los modelos de gestión asociados al nuevo Plan Nacional de Salud Mental, reforzados por el Acuerdo Nacional por la Infancia, han asumido este desafío.

Principios Rectores en la Política de Calidad

Los principios rectores que guían la labor del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (SENAME) son fundamentales para garantizar la calidad de sus políticas y acciones:

  • Interés Superior del Niño, Niña o Adolescente: Todas las decisiones y acciones deben priorizar el bienestar y los derechos de los menores.
  • Igualdad y No Discriminación Arbitraria: Se debe garantizar un trato equitativo y sin sesgos, respetando la diversidad.
  • Autonomía Progresiva: Se reconoce y fomenta la capacidad de los niños, niñas y adolescentes para participar en las decisiones que les afectan, de acuerdo a su edad y madurez.
  • Perspectiva de Género: Se consideran las diferencias y desigualdades de género para asegurar una protección justa y equitativa.
  • Inclusión: Se promueve la participación activa de todos los niños, niñas y adolescentes, sin importar sus características o circunstancias.
  • Protección Social: Se busca asegurar un sistema de protección integral que aborde las necesidades sociales de los menores.
  • Participación Efectiva: Se garantiza que los niños, niñas y adolescentes, y sus familias, puedan expresar sus opiniones y ser escuchados en los procesos que les involucran.

El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia

El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia es una entidad pública descentralizada, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sujeta a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Este ministerio asegura el cumplimiento de las normativas que rigen la labor del Servicio y sus colaboradores acreditados.

Objeto del Servicio

El objeto principal del Servicio es garantizar la protección especializada de niños, niñas y adolescentes que se encuentren gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos. Esto implica asegurar la provisión y ejecución de programas especializados para abordar casos de mediana y alta complejidad, garantizando el pleno respeto a los menores como sujetos de derechos de especial protección.

El Servicio debe respetar y hacer respetar sus derechos fundamentales, reconocidos en la Constitución Política de la República, la Convención sobre los Derechos del Niño y otros tratados internacionales ratificados por Chile. Su actuación se enmarca en la Política Nacional de Niñez y Adolescencia, garantizando el derecho de acceso a la justicia.

Infografía con la estructura organizativa del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.

Sucesión del SENAME

El Servicio es el sucesor del Servicio Nacional de Menores (SENAME), asumiendo su rol en la protección de la infancia. La apertura de los organismos del Servicio hacia el sistema público de salud, y específicamente en salud mental, con los estándares y modelos de gestión actuales, se visualiza como un paso crucial hacia una atención de calidad.

Funcionamiento y Prestaciones

El Servicio proveerá las prestaciones correspondientes, asegurando la oferta pública en todas las regiones del país, ya sea directamente o a través de terceros. En caso de que niños, niñas o adolescentes resulten dañados por falta de servicio, la indemnización por daño moral será fijada por el juez, quien considerará la gravedad del daño y la modificación de las condiciones de existencia del afectado.

Sujetos de Atención

El Servicio dirige su acción a niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, seguirán siendo sujetos de atención aquellos que tengan dieciocho años o más, siempre que se encuentren bajo cuidado alternativo y cursando estudios, hasta el 31 de diciembre del año en que cumplan veinticuatro años.

Dirección y Estructura

El Director o Directora Nacional ejercerá su cargo por cinco años, con posibilidad de una única renovación. El Servicio contará con direcciones regionales en cada región del país. Tanto el Director Nacional como los directores regionales serán nombrados mediante el Sistema de Alta Dirección Pública.

Funciones Clave del Servicio

Las funciones del Servicio son amplias y abarcan diversas áreas para asegurar una protección integral:

  • Elaborar la normativa técnica y administrativa para cada programa de protección especializada.
  • Colaborar con otros órganos del Estado, requiriendo o entregando información cuando sea necesario.
  • Generar procedimientos para recabar periódicamente la opinión de los niños, niñas y adolescentes atendidos y sus familias.
  • Velar por el respeto de los derechos humanos y las disposiciones legales relacionadas con la protección especializada.
  • Diseñar y desarrollar políticas, programas y actividades de capacitación periódica.
  • Solicitar información a cualquier órgano del Estado para el buen cumplimiento de sus funciones.
  • Ejercer acciones para la recuperación de recursos utilizados en contravención de la normativa.
  • Ejercer todas las demás funciones que la ley encomiende.

Líneas de Acción y Modalidades de Atención

El Servicio implementa diversas líneas de acción y modalidades de atención especializada para responder a las necesidades de los niños, niñas y adolescentes:

  • Diagnóstico clínico especializado y seguimiento de casos, y pericia: Evaluación exhaustiva para comprender la situación y planificar la intervención.
  • Intervenciones ambulatorias de reparación: Tratamientos y apoyos que no requieren hospitalización, orientados a la recuperación.
  • Fortalecimiento y vinculación: Programas destinados a mejorar las relaciones familiares y comunitarias.
  • Cuidado alternativo: Modalidades de acogida y cuidado cuando el niño o niña no puede permanecer con su familia de origen.
  • Adopción: Actividades orientadas a procurar una familia permanente para el niño, niña o adolescente.

Diseño de Programas y Fiscalización

Los programas de protección especializada se diseñarán en base a evidencia técnica y territorial, evaluaciones anteriores y la información de otros organismos competentes del Estado. El Servicio contará con una unidad de fiscalización encargada de supervisar y controlar a los colaboradores acreditados, pudiendo aplicar sanciones en caso de incumplimiento.

La supervisión y fiscalización permitirán aplicar sanciones a los colaboradores acreditados en casos calificados. Las infracciones gravísimas, como delitos que afecten la vida, salud, integridad o indemnidad sexual de los menores, o el uso indebido de recursos públicos, pueden ser sancionadas hasta con el término de la acreditación.

Registro de Colaboradores Acreditados

El Servicio mantendrá y administrará un registro de colaboradores acreditados, disponible en su página web y actualizado anualmente. Solo podrán ser colaboradores acreditados las personas jurídicas que hayan implementado modelos de organización, administración y supervisión para prevenir delitos y asegurar el correcto uso de recursos públicos.

Para la determinación de sanciones por infracciones graves, el Servicio buscará que su aplicación sea idónea para el cumplimiento de los fines de la protección especializada. La infracción gravísima puede ser sancionada hasta con el término de la acreditación.

Personal Capacitado

El Servicio deberá contar con personal capacitado e idóneo, según los requerimientos para el ejercicio de sus funciones, asegurando así la calidad y profesionalismo en la atención a los niños, niñas y adolescentes.

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