Grado de invalidez del pie derecho: Evaluación y Consideraciones

La artrosis u osteoartritis está relacionada con el desgaste y envejecimiento de las articulaciones, tratándose de la cuarta causa de discapacidad más común en mujeres. Esta enfermedad afecta tanto al cartílago como al hueso y a los tejidos blandos de la articulación, y puede presentarse en diversas zonas del cuerpo, incluyendo la cadera, las rodillas, las manos, los pies y la columna vertebral. Cuando la artrosis afecta al pie derecho, puede generar un grado de invalidez que impacta significativamente la calidad de vida y la capacidad laboral de la persona.

fotografía de una persona con dolor en el pie

La Artrosis y sus Etapas

La evolución de la artrosis se clasifica en grados, que describen el nivel de daño articular:

Grado 0: Sin Artrosis

En este grado, no hay signos de artrosis ni ningún dolor, sin deterioro ni signos de daño articular. Normalmente, los pacientes aún no sienten dolor ni molestias, ya que el desgaste articular es muy leve.

Grado 1: Leve

En esta etapa, se muestra un mayor crecimiento del espolón óseo, lo que provoca un dolor leve, sobre todo al estar sentado durante periodos de tiempo largos, al levantar carga o hacer esfuerzos. Si el médico detecta la artrosis en esta etapa temprana, es más sencillo conseguir detener la evolución de esta enfermedad.

Grado 2: Moderado

En este grado, existe una erosión de la superficie del cartílago entre los huesos, y la fibrilación reduce la brecha entre los huesos. En este punto de la enfermedad, el espacio articular entre los huesos se reduce considerablemente, lo que provoca que el cartílago se desgaste y las articulaciones se vuelvan rígidas. Un médico puede considerar oportuno facilitar analgésicos al paciente como el paracetamol y otra medicación antiinflamatoria. Para aliviar el dolor, el médico puede recetarnos distintos medicamentos, incluso algunos más fuertes como la codeína y la oxicodona. En casos muy graves, la persona puede necesitar inyectarse corticoides para ayudar a aliviar la inflamación.

infografía sobre las etapas de la artrosis y sus síntomas

Evaluación y Grados de Invalidez

Para saber si una persona afectada por artrosis en el pie derecho, o cualquier otra articulación, puede pedir una pensión, primero el médico deberá realizar una evaluación de las condiciones del paciente. Dependiendo del nivel de la enfermedad y sus limitaciones, se podrá determinar el grado de invalidez.

Concepto de Discapacidad

Lo que determina el grado de discapacidad son el conjunto de las distintas problemáticas físicas, sensoriales, psíquicas o intelectuales que pueda tener una persona, en relación con su entorno. La valoración del grado de discapacidad se lleva a cabo por los equipos de valoración y orientación (EVO) de cada Comunidad Autónoma. Este grado de discapacidad se calcula teniendo en cuenta una serie de factores relacionados con las actividades de la vida diaria (AVD), y si la persona es capaz de realizarlas de forma independiente o precisa de apoyo.

Con posterioridad a la publicación del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, empieza a consolidarse a nivel internacional el modelo biopsicosocial de la salud, desarrollado en el contexto de la Teoría General de Sistemas. Este modelo biopsicosocial de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF) es adoptado para conceptualizar la discapacidad por la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, aprobada el 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU). En su preámbulo, se reconoce que la discapacidad es un hecho social y un concepto que evoluciona, resultando de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

El modelo describe y evalúa el funcionamiento y la discapacidad sobre la base de unos componentes estructurados en dos categorías: funcionamiento y discapacidad (funciones y estructuras corporales, actividad y participación) y factores contextuales (factores ambientales y factores personales).

esquema del modelo biopsicosocial de la discapacidad

Grados de Discapacidad por Porcentaje

Todas las personas que presenten impedimentos para el desarrollo de sus AVD pueden solicitar el Certificado de Discapacidad. La capacidad para desenvolverse en las actividades básicas de la vida diaria se valora teniendo en cuenta el esfuerzo requerido para llevarlas a cabo y el posible grado de dolor. Para certificar la movilidad reducida, se utiliza el “Baremo de Limitaciones en las Actividades de Movilidad”.

  • Grado 0: No hay discapacidad, valorado entre el 0% y el 4%.
  • Grado 2: Moderada, del 25% al 49%.
  • Grado 3: Grave, del 50% al 95%.

Tipos de Incapacidad Permanente

Según el artículo 193 de la Ley General de la Seguridad Social, que define la incapacidad permanente, no existe oficialmente un listado de enfermedades que causen incapacidad absoluta o de otro grado (gran invalidez, total o parcial). En este sentido, una misma dolencia puede ser incapacitante para una persona, pero no para otra. Es importante recordar que el hecho de que una determinada patología no figure en una tabla no significa que no pueda dar lugar a una prestación de incapacidad. En esta materia, siempre hay que evaluar exhaustivamente caso por caso.

Los tipos de incapacidad permanente incluyen:

  • Incapacidad permanente total: Si las limitaciones del afectado impiden realizar su trabajo habitual con normalidad, puede reclamar una pensión por incapacidad permanente total para su trabajo. Evidentemente, cada caso debe ser valorado por expertos que puedan certificar esta discapacidad.
  • Incapacidad permanente absoluta: Los beneficiarios de una incapacidad absoluta se les reconoce automáticamente un grado de discapacidad del 33%.
  • Gran invalidez: Se refiere a una incapacidad igual o mayor a 70%, con el agravante de que el trabajador requiere del auxilio de terceras personas para realizar los actos elementales de su vida.

Cada grado de incapacidad tiene unos requisitos de cotización diferentes, y los años cotizados necesarios dependerán de la contingencia y la edad.

Proceso de Solicitud de Pensión de Invalidez

El proceso para solicitar una pensión de invalidez, aplicable a condiciones como la artrosis en el pie derecho, implica varios pasos:

Inicio del Trámite

La persona con discapacidad, o quien la represente, debe dirigirse a su Centro de Salud Familiar (CESFAM) o al Centro Comunitario de Rehabilitación (CCR) para iniciar el proceso de calificación. Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados.

Documentación Requerida

Para la solicitud de pensión de invalidez, generalmente se deben presentar los siguientes documentos:

  • Fotocopia de la Cédula de Identidad del solicitante.
  • Informes médicos, presentados junto con los exámenes médicos correspondientes.
  • Certificado de residencia.
  • Certificado de nacimiento.
  • Copia de las liquidaciones de sueldo de los seis meses anteriores a la fecha del accidente laboral o del diagnóstico de la enfermedad profesional.
  • Historia laboral del trabajador (contratos, finiquitos, avisos de cesación de servicios y/o certificados de empleadores desde el 1 de mayo de 1968 o desde la fecha de inicio de la actividad laboral).
  • Certificado de rentas emitido por el empleador (para funcionarios), correspondientes a los últimos seis meses anteriores a la fecha en que se decreta la enfermedad o acontece el accidente laboral, debidamente desglosadas en cada una de sus leyes y bonificaciones.

Si una persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante, al momento de firmar la solicitud de pensión de invalidez puede presentar esos documentos en la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que se encuentra afiliada, pero no es obligación.

Evaluación Médica

Los documentos deben ser presentados a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). El trámite se realiza en la oficina de COMPIN que corresponda según tu domicilio. La Comisión Médica Regional (CMR) pedirá a un médico que se encuentre en el Registro Público de Asesores que revise los antecedentes y señale si la solicitud de pensión de invalidez se considera fundada. Si se considera fundada, la CMR designará a un médico que asesore a la afiliada o el afiliado en el proceso de evaluación y calificación de invalidez, proceso que no tiene costo para las personas.

Cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada, la respectiva CMR cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le hace entrega de las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, de acuerdo con los impedimentos que la afiliada o el afiliado declare. Una vez que tiene los resultados de los exámenes e interconsultas médicas correspondientes, la CMR determina si el impedimento o enfermedad invocado es objetivo, demostrable, que se encuentren agotadas las terapias médicas o quirúrgicas accesibles, y que se ha cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.

diagrama de flujo del proceso de solicitud de pensión de invalidez

Dictamen y Reevaluación

Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una primera pensión de invalidez, que puede ser total o parcial. El plazo para presentar la apelación ante la Comisión Médica Central (CMC) es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen. Las personas pueden presentar el reclamo ante la CMC dentro del plazo de 15 días hábiles desde su notificación. A su vez, la CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años. Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años. En esa reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial y, de acuerdo con esa revisión, en un nuevo y segundo dictamen resolverá si confirma o rechaza la invalidez.

Sin embargo, la legislación también precisa que si se trata de una invalidez parcial, posteriormente, con el paso del tiempo, la pensionada o el pensionado tiene derecho a solicitar otra reevaluación de su invalidez si es que sus impedimentos han progresado. Es importante tener presente que si una Comisión Médica emite la declaración de invalidez de una cotizante o un cotizante, esa declaración no implica que se le haya otorgado o que se le otorgue una pensión de invalidez a la persona.

Las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez total o absoluta no requieren ser reevaluados por la comisión.

Financiación y Beneficios de las Pensiones de Invalidez

Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

El monto de la pensión de invalidez se financia con los recursos previsionales acumulados por el propio trabajador o trabajadora en su AFP, complementados con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), siempre que se cumplan los requisitos para acceder a dicho seguro. Dado que todas las personas trabajadoras enfrentan el riesgo de invalidez o fallecimiento, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) están obligadas a contratar, de manera conjunta, un seguro que proteja a sus afiliados.

Este seguro denominado SIS tiene por objetivo complementar los fondos acumulados en la cuenta de la AFP para financiar una pensión de invalidez o sobrevivencia. En el caso de las y los trabajadores dependientes, el SIS es financiado íntegramente por los empleadores durante toda la vida laboral activa, correspondiendo a un porcentaje de la remuneración imponible de cada trabajador o trabajadora. Para las personas trabajadoras independientes obligadas a cotizar, el pago se efectúa con las retenciones aplicadas a las boletas de honorarios. Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin. Esto puede ocurrir cuando las mujeres presentan una menor siniestralidad que los hombres y la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia es uniforme para todas las personas afiliadas.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)

La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio dirigido a personas entre 18 y 64 años. En tanto, el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un complemento monetario financiado por el Estado, destinado a personas entre 18 y 64 años que perciban una pensión de invalidez. El Instituto de Previsión Social (IPS) se encarga de las personas solicitantes de pensión básica solidaria de invalidez (PBSI). En este último caso, los exámenes serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan.

Otros Aspectos Relevantes

  • Accidente de Trabajo: El accidente del trabajo es toda lesión que sufra un trabajador a causa o con ocasión del trabajo o de sus cometidos gremiales, y que le produzca incapacidad o muerte.
  • Compatibilidad con Trabajo Remunerado: Las normas legales y reglamentarias que regulan el nuevo sistema de pensiones no contemplan ninguna incompatibilidad legal entre una pensión de invalidez, total o parcial, y un trabajo remunerado.
  • Incremento por Hijos: Los montos de las pensiones de invalidez se aumentarán en un 5% por cada uno de los hijos que le causen Asignación Familiar al pensionado, a partir del tercer hijo autorizado como carga familiar.
  • Funcionarios Públicos: Los funcionarios públicos que obtengan una pensión de invalidez deben retirarse de la administración pública.
  • Duración de la Pensión: La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años. Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).

Credencial de Discapacidad

La credencial de discapacidad es un documento público cuyo propósito es que los titulares puedan ampararse a la Ley de Discapacidad (Ley N°20.422).

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