La pensión por invalidez es un beneficio fundamental para aquellas personas que, debido a una enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufren un menoscabo permanente en su capacidad de trabajo. Este artículo proporciona una guía detallada sobre la información y el proceso relacionado con la pensión por discapacidad física en Chile.
¿Qué es la Invalidez y Cómo se Califica?
Una persona puede ser calificada con un grado de invalidez parcial o total. La calificación como inválido y el grado de invalidez deben ser definidos por una Comisión Médica, la cual depende de la Superintendencia de Pensiones.
Tipos de Invalidez
- Invalidez Parcial: Corresponde a una pérdida de capacidad de trabajo igual o mayor al 50% e inferior al 66,6%. Las personas afiliadas con una pérdida de su capacidad de trabajo igual o superior al 50% e inferior a dos tercios pueden acceder a esta pensión.
- Invalidez Total: Para personas afiliadas con una pérdida de, al menos, dos tercios de su capacidad de trabajo. En este caso, la invalidez será definitiva.
Proceso de Evaluación y Calificación
Cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada, la respectiva Comisión Médica Regional (CMR) cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le hace entrega de las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, de acuerdo con los impedimentos que la afiliada o el afiliado declare.
La CMR pedirá a un médico que se encuentre en el Registro Público de Asesores que revise los antecedentes y señale si la solicitud de pensión de invalidez se considera fundada. Si se considera fundada, la CMR designará a un médico que asesore a la afiliada o el afiliado en el proceso de evaluación y calificación de invalidez, proceso que no tiene costo para las personas.
Una vez que tiene en antecedente los resultados de los exámenes e interconsultas médicas correspondientes, la CMR determina si el impedimento o enfermedad que invoca la afiliada o el afiliado es:
- Objetivo
- Demostrable
- Que se encuentren agotadas las terapias médicas o quirúrgicas accesibles
- Que se ha cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.
Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una primera pensión de invalidez que puede ser total o parcial. Es importante tener presente que si una Comisión Médica emite la declaración de invalidez de una cotizante o un cotizante, esa declaración no implica que se le haya otorgado o que se le otorgue una pensión de invalidez a la persona.
Documentación Requerida
Si una persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante, al momento de firmar la solicitud de pensión de invalidez puede presentar esos documentos en la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que se encuentra afiliada, pero no es obligación. Para agilizar el trámite, si se cuenta con antecedentes médicos que necesitan ser evaluados en la Comisión Médica Regional, se pueden enviar directamente al correo electrónico de la comisión médica correspondiente al domicilio.
Financiamiento de la Pensión de Invalidez
El monto de la pensión de invalidez se financia con los recursos previsionales acumulados por el propio trabajador o trabajadora en su AFP, complementados con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), siempre que se cumplan los requisitos para acceder a dicho seguro.
Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
Dado que todas las personas trabajadoras enfrentan el riesgo de invalidez o fallecimiento, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) están obligadas a contratar, de manera conjunta, un seguro que proteja a sus afiliados. Este seguro, denominado Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), tiene por objetivo complementar los fondos acumulados en la cuenta de la AFP para financiar una pensión de invalidez o sobrevivencia.
- Trabajadores Dependientes: El SIS es financiado íntegramente por los empleadores durante toda la vida laboral activa, correspondiendo a un porcentaje de la remuneración imponible de cada trabajador o trabajadora.
- Trabajadores Independientes: Para las personas trabajadoras independientes obligadas a cotizar, el pago se efectúa con las retenciones aplicadas a las boletas de honorarios.
Esto puede ocurrir cuando las mujeres presentan una menor siniestralidad que los hombres y la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia es uniforme para todas las personas afiliadas.
Trámite de Solicitud y Reevaluación
Cómo Solicitar la Pensión
Los trabajadores deben solicitar su pensión concurriendo directamente a la AFP en la cual registran afiliación con su cédula nacional de identidad, firmando en original y copia la respectiva solicitud. Asimismo, pueden iniciar el trámite haciendo uso de los servicios que las Administradoras tienen en sus sitios web. Estas gestiones son gratuitas.
Si el resultado es favorable, se puede solicitar el beneficio de inmediato.
Primer Dictamen y Reevaluación
El primer dictamen de Pensión de Invalidez es de carácter transitorio y dura 3 años. Al terminar este período, se efectúa una reevaluación de la invalidez que afecta al trabajador, pudiendo ser confirmada pasando a ser definitiva.
Las personas afiliadas menores de 65 años, sean hombres o mujeres (las mujeres deben haber optado a continuar cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), quienes a consecuencia de enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo. Transcurridos los tres años desde que se emitió el primer dictamen, la persona afiliada es citada por su Administradora a reevaluación.
Durante la reevaluación:
- Si se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado pasa a ser activo.
- Si se acepta la invalidez en forma total o parcial, la AFP entregará al pensionado el Certificado de Saldo, para que ejerza el derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez suscribiendo la Selección de Modalidad.
Sin embargo, la legislación también precisa que si se trata de una invalidez parcial, posteriormente, con el paso del tiempo, la pensionada o el pensionado tiene derecho a solicitar otra reevaluación de su invalidez si es que sus impedimentos han progresado. En esa reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial y, de acuerdo con esa revisión, en un nuevo y segundo dictamen resolverá si confirma o rechaza la invalidez.
Apelación y Reclamos
El plazo para presentar la apelación ante la Comisión Médica Central (CMC) es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen. Las personas pueden presentar el reclamo ante la CMC dentro del plazo de 15 días hábiles desde su notificación. A su vez, la CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.
Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)
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Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)
La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio dirigido a personas entre 18 y 64 años. Es un aporte monetario mensual para personas entre 18 y 65 años de edad declaradas con invalidez y que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional. Las personas beneficiarias recibirán esta pensión hasta el último día del mes en que cumplan 65 años. A contar de esa fecha podrán acceder a la Pensión Básica Solidaria de Vejez.
Para solicitar la PBSI en el sitio web, por videoatención y en las sucursales ChileAtiende, además de las municipalidades en convenio con el Instituto de Previsión Social (IPS). Para solicitar la pensión no necesitas tener declarada tu invalidez ante una comisión médica.
Los y las titulares de PBSI pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan los requisitos para ser causantes del sistema.
En el caso de las personas solicitantes de pensión básica solidaria de invalidez (PBSI), los exámenes serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan.
Requisitos para la PBSI:
- Estar dentro del 60% más vulnerable de la población, según la clasificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH).
- Haber sido declarado inválido por las Comisiones Médicas definidas en el D.L.
La resolución actual indica la fecha en la que las personas deben solicitar la reevaluación a la COMPIN. Si la resolución no está vigente cuando el IPS revise el cumplimiento de los requisitos, se rechazará la solicitud.
Es posible solicitar el Subsidio de Discapacidad en línea si se es representante legal o apoderado de una institución que tiene a su cuidado a niñas, niños y adolescentes menores de 18 años.
Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)
En tanto, el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un complemento monetario financiado por el Estado, destinado a personas entre 18 y 64 años que perciban una pensión de invalidez.
Compatibilidad con el Trabajo Remunerado
Las normas legales y reglamentarias que regulan el nuevo sistema de pensiones no contemplan ninguna incompatibilidad legal entre una pensión de invalidez, total o parcial, y un trabajo remunerado. Sí, una persona que ha sido declarada con invalidez puede seguir trabajando.
Información Adicional y Contacto
Si tienes dudas, puedes llamar al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si estás en el extranjero). También puedes obtener información en una sucursal ChileAtiende con tu cédula de identidad.
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