El sistema de administradoras de fondos de pensiones (AFP) y el monto de las pensiones de jubilación son temas recurrentes de debate público, especialmente en contextos de contingencia social y económica. La revisión de la información publicada por la Superintendencia de Pensiones ofrece datos relevantes sobre los ahorros de los cotizantes y los montos que reciben las personas jubiladas.

Pensión Promedio en el Sistema
Según la información de la Superintendencia de Pensiones, con datos actualizados hasta mayo de 2020, el promedio de las pensiones en el país es de $288.308. Esta cifra presenta una variación significativa según el género:
- Entre los hombres, el pago promedio es de $353.206.
- En las mujeres, el pago promedio es de $217.380.
La mediana de pensiones en el país indica que el 50% de los jubilados obtiene $203.883 o menos. Analizando por género, la mediana es de $242.075 para hombres y $149.897 para mujeres.
Años de Cotización y Monto de la Pensión
La duración de los años de cotización influye directamente en el monto de la pensión. Por ejemplo, en marzo de 2020, el salario mínimo en Chile se fijó en $320.500 mensuales para aquellos que cumplen labores en horario completo. La información de mayo de la Superintendencia de Pensiones muestra que:
- Quienes cotizan entre 20 y 25 años tienen, en promedio, una pensión de $294.051.
- Aquellos que contribuyen a su cuenta de ahorros para pensión entre 25 y 30 años logran un pago de jubilación de $358.375 en promedio.
Es importante indicar que estas cifras incluyen tanto el ahorro individual de cada persona, realizado a través de su liquidación de sueldo, como el Aporte Previsional Solidario recibido en el mes.
Cálculo de la pensión: bases de cotización, base reguladora, ajuste por años de cotización...
Factores Determinantes en el Cálculo de la Pensión
Además del ahorro acumulado durante la vida laboral de cada afiliado, existen otras variables cruciales que definen el monto final de las pensiones. En Chile, el monto final de la pensión se calcula de acuerdo a variables, principalmente:
- Ahorro total de la persona afiliada.
- Años cotizados.
- Sueldo promedio.
- Tasa de reemplazo: Un porcentaje determinado por el Gobierno que representa la proporción de los ingresos anteriores al retiro de la persona. La tasa actual es del 60%.
- Tasas de mortalidad: La expectativa de vida de las personas, elaborada por la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero. Estas se actualizan cada 6 años.
- Modalidad de pensión: Puede ser Retiro Programado o Renta Vitalicia.
Expectativa de Vida y Tablas de Mortalidad
Las pensiones por retiro programado son calculadas, año a año, de acuerdo con la expectativa de vida de las personas. La Tabla de Mortalidad, actualizada cada seis años, considera las probabilidades de que una persona viva hasta cierta edad. La actual Tabla de Mortalidad de Chile permite proyectar que las mujeres de 60 años vivirán en promedio hasta los 90 años, mientras que los hombres de 65 años vivirán en promedio hasta los 85 años.
Cálculo según la Modalidad de Pensión
Retiro Programado
Para la modalidad de Retiro Programado, la pensión se calcula anualmente basándose en:
- Los ahorros acumulados.
- El CNU (Capital Necesario Unitario), que se compone de factores como la composición del grupo familiar y sus edades, sexo y estado civil.
- Las Tablas de Mortalidad.
- La tasa de interés según la Superintendencia de Pensiones.
Para esta modalidad, se realiza un recálculo todos los años en el mismo mes en que la persona se pensionó, manteniendo ese monto por los siguientes 12 meses. Dos meses antes del recálculo, los pensionados son informados por carta y correo electrónico, por lo que es importante mantener los datos de contacto actualizados.
Renta Vitalicia
Para la modalidad de Renta Vitalicia, el cálculo se basa en:
- Los ahorros acumulados.
- El tipo de Renta Vitalicia: puede ser Renta Vitalicia Inmediata, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado, o Renta Vitalicia Variable.
- Las Tablas de Mortalidad: se calcula la esperanza de vida del afiliado y de sus familiares con derecho a pensión.
- La tasa de interés según la Superintendencia de Pensiones.
Todos los montos de pensión, ya sea de Retiro Programado o Renta Vitalicia, se calculan en UF (Unidad de Fomento). Para hacer más clara la información, los montos se calcularon a partir de la UF del 31 de mayo de 2020: $28.716.
Reformas y Mejoras al Sistema de Pensiones
Las reformas previsionales buscan fortalecer el sistema y mejorar las condiciones de los pensionados, incorporando nuevos beneficios y ajustando mecanismos de cotización e inversión.
Aportes y Cotizaciones
A partir de las remuneraciones de agosto de 2025, los empleadores comenzaron a pagar un 1% adicional que se irá incrementando gradualmente hasta alcanzar un 7%. Este monto adicional, junto con otros beneficios, se destina al nuevo Seguro Social.
La nueva cotización se distribuye y gestiona a través de diversas medidas:
- Licitación del Stock de Afiliados: Se licitará el 10% de los afiliados cada dos años, adjudicándose a la Administradora de Fondos de Pensiones que oferte la menor comisión. Esto promueve la entrada de nuevos operadores, diversifica el mercado y reduce la concentración.
- Ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales: Este seguro permitirá cubrir cotizaciones en periodos de cesantía. Es un nuevo beneficio que comenzó a regir el 1 de mayo de 2025 y permite que todas las personas que reciban el Seguro de Cesantía, sin importar el tipo de fondo, tengan cubiertas sus cotizaciones previsionales mientras estén desempleadas. Anteriormente, solo quienes usaban el Fondo de Cesantía Solidario tenían esta cobertura. Desde mayo a julio de 2025, se cotiza el 10% del pago mensual del Seguro de Cesantía, subiendo a 10,10% desde agosto y a 10,25% en agosto de 2027. Las cotizaciones son financiadas por el Fondo de Cesantía Solidario, sin cargo al trabajador.
- Incentivo a la cotización: Se han simplificado los mecanismos de cotización para trabajadores independientes, permitiendo pagos automáticos desde cuentas bancarias o la posibilidad de que familiares directos puedan contribuir en nombre del afiliado. La reforma también promueve la formalidad al vincular los beneficios a la cotización.
Mejoras en Beneficios para Pensionados

Pensión Garantizada Universal (PGU)
Se propone un aumento de la PGU a $250.000. Los pensionados por Leyes de Reparación (Exonerados, Rettig y Valech) y beneficiarios de pensiones de gracia también podrán acceder a la PGU si cumplen los requisitos. Si la persona ya recibe la PGU, el ajuste es automático según el calendario. A partir de septiembre de la fecha en que cumpla la edad establecida en el calendario, su monto se ajustará al nuevo valor máximo de la PGU ($250.000).
Compensación por Años Cotizados y Bono a Mujeres
Inicia el pago de los beneficios del nuevo Seguro Social, incluyendo la Compensación por Años Cotizados y el Bono a mujeres por expectativas de vida. Este beneficio está dirigido a mujeres y busca corregir las brechas de género en el sistema de pensiones dada su mayor expectativa de vida.
Cambios en la Gestión de Fondos
- Fondos Generacionales: Los multifondos serán reemplazados por Fondos Generacionales, que ajustarán su perfil de inversión según la edad del afiliado, reduciendo el riesgo a medida que se aproxima la jubilación y aumentando la seguridad del ahorro. Este mecanismo busca maximizar rentabilidades y reducir los riesgos de pérdidas significativas para quienes están cerca de jubilarse.
- Comisiones Variables: Las comisiones ya no serán fijas, sino que dependerán del rendimiento del fondo de pensiones. Si el fondo genera pérdidas, las comisiones disminuirán un 15%; si obtiene ganancias, la comisión puede aumentar hasta en un 15%. Esto alinea los incentivos de las administradoras con el bienestar de los afiliados.
- Límites a Inversiones: Se establecen límites cuando las AFP invierten a través de terceros. No podrán pagarse con cargo a los fondos comisiones a vehículos de inversión o mandatarios que inviertan más de un 10% en emisores nacionales transables en mercados públicos, con excepción de inversiones de baja o mediana capitalización.
Regulación de Pagos y Cobranza
El Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) es un órgano creado en el marco de la Ley N°21.735. El empleador o entidad pagadora de subsidios debe declarar y pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente a aquel en que se devengaron las remuneraciones, o se autorizó la licencia médica. Cuando el pago se realiza por medio electrónico, el plazo se extiende hasta el día 13 de cada mes, incluso si fuera sábado, domingo o festivo.
El Instituto de Previsión Social (IPS) realizará la recaudación a través de un proveedor especializado. Si el empleador no realiza la declaración, tendrá hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar ante el IPS que su obligación se extinguió. Agotadas las gestiones aclaratorias, se presumirá que las cotizaciones están declaradas y no pagadas, constituyéndose una deuda previsional efectiva.
La normativa indica que los empleadores deben cotizar al Seguro Social Previsional (SSP) por todos sus trabajadores, incluyendo aquellos que laboran en jornadas parciales o part time. Esto permite llevar un registro adecuado de los periodos cotizados en jornada parcial, lo que será clave para que, en el futuro, esas cotizaciones puedan ser computadas en el historial previsional del trabajador.
La obligación de enterar cotizaciones de cargo del empleador al Seguro Social Previsional se extingue de pleno derecho en el momento en que el trabajador se pensione por vejez o invalidez total, conforme al D.L.
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