Pensión Asistencial en España: Requisitos y Compatibilidad

Cuando se acerca la edad de jubilación, contar con ingresos suficientes es la mayor preocupación para muchas personas. La pensión ordinaria es la prestación económica a la que se acoge la mayoría, para la cual es necesario tener una determinada edad y un periodo de cotización mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Cuantos más años de cotización se acrediten, antes podrá retirarse una persona de la vida profesional.

Pensión Asistencial por Ancianidad para Españoles en el Exterior

Aquellos que reúnen menos de 15 años de cotización pueden solicitar la prestación no contributiva por jubilación. Si la residencia se encuentra en el extranjero, se puede solicitar la pensión asistencial por ancianidad. Esta ayuda económica está destinada a españoles de origen que residen fuera de España, cubriendo necesidades básicas si carecen de recursos suficientes. Se concede a los españoles de origen residentes en países donde la precariedad del sistema de protección social justifica la existencia de la prestación por razón de necesidad, cuando retornan a España.

Para optar a esta pensión, la persona debe haber salido del país y haber establecido su domicilio en el extranjero. Además, es un requisito carecer de ingresos suficientes.

Requisitos Específicos para la Pensión Asistencial por Ancianidad al Retornar a España

Los ciudadanos españoles, residentes en países donde la inestabilidad del sistema de protección social justifica la existencia de la prestación por necesidad, pueden ser beneficiarios de la prestación asistencial por ancianidad cuando regresan a España. El derecho a la prestación asistencial por ancianidad para personas que han retornado a España se concederá siempre que se prueben los requisitos para obtener derecho a una pensión no contributiva de jubilación, a excepción del requisito referente a los periodos de residencia en territorio español.

Documentación para pensión asistencial por ancianidad

Cuantía y Abono de la Pensión Asistencial

La cuantía de la pensión se ajusta a lo acordado en los Presupuestos Generales del Estado de cada año. Su modalidad no contributiva en 2022 se situó en 5.899,60 euros al año, lo que equivale a un importe de 421,40 euros al mes, representando un aumento del 3% respecto a 2021 y con previsión de incremento para 2023. Para 2025, se estableció una cuantía máxima de 7.250,60 € en cómputo anual.

La pensión se abona en 14 pagas mensuales.

Documentación y Plazos

Para solicitar esta pensión, se debe presentar la documentación que acredite la nacionalidad y el tiempo vivido fuera, como el DNI, certificado histórico de empadronamiento o el pasaporte. Esta documentación debe ir acompañada de la solicitud rellenada, la declaración responsable sobre ingresos, rentas o pensiones, y sobre el patrimonio, descargable desde el enlace correspondiente.

No existe un plazo determinado para la presentación de la solicitud inicial. Cada año debe presentarse la solicitud de renovación, junto con la «fe de vida» y, en su caso, la declaración de ingresos.

Pensión SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez)

Para acceder a la pensión SOVI, es necesario haber cumplido 65 años de edad o 60 en el caso de vejez por discapacidad. Consiste en una pensión imprescriptible, de cuantía fija y vitalicia. A partir del 1 de enero de 2026, esta cuantía es de 599,60 euros al mes.

Cálculo de la Pensión SOVI

  • Si no es concurrente con otras pensiones: el importe comprenderá la pensión básica más los incrementos.
  • Si es concurrente con otras pensiones: cuando la suma de todas las pensiones concurrentes (tras revalorización) más la pensión SOVI sea inferior al importe fijado para 2026 para la pensión de dicho seguro concurrente, todo ello calculado anualmente, la pensión SOVI se revalorizará por un importe igual a la diferencia resultante.
  • Si es concurrente con una pensión de viudedad: la suma de la pensión o pensiones de viudedad y la pensión SOVI no podrá ser en ningún momento superior al doble de la pensión mínima de viudedad para beneficiarios de 65 o más años, calculada anualmente.

¿Qué son las pensiones del SOVI y cuándo se pueden cobrar junto a otra pensión?

Incompatibilidades de la Pensión SOVI

La percepción de la pensión SOVI es incompatible con diversas situaciones y otras prestaciones:

1. Con el desempeño de cualquier actividad pública o privada:

Recibir la pensión es incompatible con la realización de cualquier trabajo o actividad pública o privada, como trabajador por cuenta ajena o autónomo, que determine la inclusión del pensionista en un régimen de la Seguridad Social.

2. Compatibilidad de pensiones SOVI:

Las pensiones SOVI son incompatibles entre sí.

3. Pensiones reconocidas en el Régimen General o Regímenes Especiales:

Son incompatibles, excepto con la pensión de viudedad del sistema, aunque los beneficiarios pueden ejercer su derecho a elegir la pensión más favorable. No obstante, cobrar una pensión concedida en virtud de la antigua normativa de accidentes de trabajo no impide al beneficiario percibir cualquier pensión SOVI a la que tenga derecho, cualquiera que sea la naturaleza o el hecho causante de la pensión.

4. Pensiones de trabajadores de sectores pendientes de inclusión:

Son incompatibles, cualquiera que sea la naturaleza o el hecho causante de la pensión (excepto con pensiones de viudedad de estos organismos sustitutorios que deben incluirse en el sistema de la Seguridad Social), aunque los beneficiarios pueden ejercer el derecho a elegir la pensión más favorable.

5. Pensiones de Clases Pasivas:

Las pensiones SOVI son incompatibles con las pensiones de Clases Pasivas con el mismo hecho causante anterior al 2 de mayo de 1991, fecha de entrada en vigor del RD 691/1991, de 12 de abril, que establece el cómputo recíproco de cotizaciones entre regímenes de la Seguridad Social.

Sin embargo, son compatibles cuando cualquiera de las pensiones se devenga antes de establecerse el cómputo recíproco o si el hecho causante de las pensiones es diferente, aunque, en este caso, la cuantía SOVI se reducirá al solaparse con otra pensión pública no incluida en el Sistema.

Cuando la pensión de Clases Pasivas sea de viudedad, la pensión SOVI se concederá por el importe correspondiente, considerando que la suma de ambas pensiones no podrá ser superior al doble de la cuantía mínima de viudedad para beneficiarios mayores de 65 años, que se establezca en cada momento.

6. Con las prestaciones económicas establecidas por la Ley 3/2005, de 18 de marzo:

Las pensiones SOVI son compatibles con las prestaciones económicas especiales, reguladas por la Ley 3/2005, que se conceden a ciudadanos españoles desplazados al extranjero durante su infancia en el periodo entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1939 como consecuencia de la Guerra Civil Española y que pasaron la mayor parte de su vida fuera de España. Estas prestaciones no se considerarán en ningún caso como prestaciones concurrentes a efectos del cálculo de la cuantía mínima de la pensión SOVI.

Jubilación Anticipada Voluntaria

Los trabajadores por cuenta ajena y los autónomos pueden jubilarse hasta dos años antes de la edad ordinaria si acreditan 35 años cotizados al sistema de la Seguridad Social.

Requisitos para la Jubilación Anticipada Voluntaria:

  • Estar en situación de alta o asimilada al alta.
  • Tener, como máximo, cuatro años menos de la edad ordinaria de jubilación.
  • Acreditar un periodo mínimo de cotización efectiva de 35 años, de los cuales 2 tienen que estar comprendidos dentro de los 15 años previos al momento de acogerse a esta modalidad.

Una vez acreditados los requisitos generales y específicos de esta modalidad de jubilación, el importe resultante tras aplicar los coeficientes reductores tiene que ser superior a la cuantía de la pensión mínima que le correspondería al interesado si se jubilara con la edad ordinaria.

Reducción de la Pensión en la Jubilación Anticipada

Los trabajadores que se jubilen anticipadamente no cobrarán el cien por cien de su pensión. Esta se reducirá en función de cada mes o fracción de mes que en el momento de la jubilación le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación y del número total de años cotizados a la Seguridad Social. Así, la reducción, en el año 2026, puede oscilar entre el 2,81% y el 21%.

¿Puedo jubilarme anticipadamente si no tengo un mínimo de 15 años cotizados? No.

Tabla de coeficientes reductores por jubilación anticipada

Plazos para la Solicitud de Jubilación Anticipada

El interesado puede presentar su solicitud el mismo día que cesa en su actividad laboral o dentro de los tres meses anteriores o posteriores a la fecha prevista, salvo excepciones. La solicitud se entenderá cursada en la fecha indicada por la persona interesada y los efectos económicos tienen validez desde el día siguiente.

Jubilación para Profesiones Específicas

Algunos trabajadores, cuyas tareas son de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusan elevados índices de morbilidad o mortalidad, pueden rebajar su edad ordinaria o anticipada de jubilación siempre y cuando cumplan un periodo mínimo de cotización.

Jubilación Reversible (Compatibilidad de Pensión con Trabajo)

La jubilación en España para quien decide retornar al mercado laboral se estructura a través de la compatibilidad de la pensión con el trabajo, permitiendo no renunciar a la prestación y recibir un complemento.

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