El apoyo a las personas que dedican su tiempo al cuidado de quienes viven con discapacidad o dependencia es fundamental. En Chile, existe un aporte monetario mensual, gestionado a través del Instituto de Previsión Social (IPS), destinado a reconocer y apoyar esta labor esencial. Este beneficio busca aliviar la carga económica de quienes asumen el rol de cuidadores sin recibir una remuneración formal por sus tareas de cuidado.
Según el informativo publicado en ChileAtiende, el programa está dirigido a cuidadores de personas que sufren algún tipo de dependencia severa, conforme a lo establecido en el Programa de Atención Domiciliaria del Ministerio de Salud. El estipendio se recibe desde el mismo mes de la fecha de su concesión y se extiende mientras se cumplan los requisitos y exista disponibilidad económica en las leyes de presupuestos del sector público de los años respectivos, lo cual es verificado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

¿Qué es la Dependencia?
La dependencia es una condición que inhabilita a una persona para efectuar de manera independiente actividades de la vida diaria. Esto incluye tareas como preparar alimentos, vestirse o manejar dinero, para las cuales requiere del apoyo de otra u otras personas.
Requisitos para Acceder al Aporte Monetario
Para la Persona Cuidada (Causante)
Para que la persona en situación de dependencia a la que se entregan cuidados sea elegible, debe cumplir con las siguientes características:
- Debe estar inscrito/a en el programa de atención domiciliaria del centro de salud correspondiente a su domicilio. Es posible revisar cómo hacerlo en el sitio del programa en Ventanilla Única.
- No debe estar institucionalizado/a, es decir, no puede vivir en un establecimiento de larga estadía (ELEAM, casa de reposo, hogar de ancianos u otros establecimientos para personas de menor edad).
- La persona debe presentar dependencia moderada, severa o profunda en el módulo de salud de su Registro Social de Hogares (RSH).
- Es necesario que la persona que requiere cuidados se encuentre en algunos de los siguientes registros administrativos:
- Registro Nacional de Discapacidad.
- Programa de Integración Escolar (PIE) permanente.
- Matrícula en establecimiento educacional especial.
- Dependencia moderada o severa en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.
Si la persona no está en los registros administrativos que reconocen discapacidad, dependencia moderada o severa o necesidades educativas especiales, se debe actualizar el módulo de salud de su Registro Social de Hogares en el sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl, donde se puede consultar una guía paso a paso. Si no existe registro, no se podrá validar la situación de dependencia o discapacidad y, por ende, no se podrá acceder a la credencial de cuidador.
La evaluación para determinar las necesidades educativas especiales es realizada por los centros educativos, y la información es entregada por el Ministerio de Educación al Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
Para la Persona Cuidadora
Como persona que cuida, los requisitos para ser beneficiario del aporte monetario incluyen:
- Ser beneficiario/a de FONASA A o B.
- Ser mayor de 18 años.
- No debe recibir ingresos monetarios por realizar trabajos de cuidados. El objetivo del programa es identificar y visibilizar a las personas cuidadoras que no reciben un pago por esta labor. Si la persona cuidadora tiene ingresos asociados a pensión o por actividades distintas a la labor de cuidados, puede acceder a la credencial, pero no al aporte si su ingreso es por la labor de cuidados.
- El primer requisito es que tanto la persona cuidadora como quien requiere cuidados tengan Registro Social de Hogares (RSH).
- No es necesario tener vínculo familiar ni de consanguinidad con la persona que requiere cuidados.
Tipos de Personas Cuidadoras
Dentro del marco de los cuidados no remunerados, se identifican dos tipos principales de personas cuidadoras:
- Persona cuidadora principal: Aquellas que destinan el mayor número de horas al día a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados.
- Persona cuidadora secundaria: Quienes destinan menos horas al día, en relación con la cuidadora principal, a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados.
Si una persona está registrada como cuidadora principal y secundaria de personas distintas, en la plataforma se encontrará solo una credencial que la reconocerá como cuidadora principal.
Monto y Recepción del Aporte
El apoyo económico tiene un valor mensual de $32.991, monto que se actualiza cada año según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Este dinero no es imponible ni se considera renta, por lo que no afecta otros beneficios que el cuidador pueda recibir.

Proceso de Postulación al Programa
El trámite de postulación al programa no tiene costo y se puede realizar durante todo el año. La gestión del bono no recae directamente en el cuidador o cuidadora, sino que la postulación es tramitada por el equipo médico del centro de atención primaria de salud donde se atiende la persona con discapacidad.
Las personas interesadas pueden acercarse a sus municipios o en las sucursales de ChileAtiende para preguntar sobre “El Programa de Pago de Cuidadores de Personas con Discapacidad”. Una vez ingresada la solicitud con la documentación correspondiente, esta se derivará al municipio de la comuna donde reside la persona que requiere cuidados y se tramitará la solicitud.
Ministros explican el funcionamiento del Registro Nacional de Personas Cuidadoras | BDAT
La Credencial de Persona Cuidadora: Reconocimiento y Beneficios
¿Cómo Obtener la Credencial?
Para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial, se debe ingresar al Registro Social de Hogares (RSH) a través de la Ventanilla Única Social (VUS) y completar el módulo de Cuidados. La información ingresada en el Registro Social de Hogares a través del trámite de complemento por cuidados es autorreportada y se validará con los registros administrativos disponibles para comprobar la calidad de persona cuidadora.
No es necesario ir a una notaría para acreditar la calidad de persona cuidadora. Para registrarse, se debe acceder al sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl, dirigirse a los datos complementarios e ingresar al módulo de Cuidados para realizar el trámite. Es posible realizar una solicitud por cada persona que se cuida, con un límite actual de tres personas por cada cuidador/a.
Beneficios de la Credencial
La credencial de persona cuidadora entrega acceso preferente a sucursales y oficinas de diversas instituciones públicas, lo que facilita la realización de trámites. Entre estas instituciones se encuentran:
- FONASA (Fondo Nacional de Salud)
- BancoEstado
- SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanismo)
- SENAMA (Servicio Nacional del Adulto Mayor)
- ChileAtiende - IPS
- Registro Civil e Identificación
- SENADIS (Servicio Nacional de la Discapacidad)
- DICREP (Dirección General del Crédito Prendario)
- Correos de Chile
- Oficinas del Registro Social de Hogares en Municipalidades
- SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo)
- SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor)
- Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
- Tesorería General de la República
- FOSIS
Consideraciones Adicionales sobre la Credencial
Esta información, al ser ingresada en el Registro Social de Hogares, apoya el diseño e implementación del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados “Chile Cuida”. Una vez disponible la credencial de persona cuidadora, se puede descargar en su versión digital o solicitar la credencial física accediendo al Registro Social de Hogares en www.ventanillaunicasocial.gob.cl. El botón de solicitud de credencial física estará junto al botón de descarga de la cartola RSH y de la credencial digital de persona cuidadora.
Es importante destacar que no se considera el tramo del Registro Social de Hogares para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial. La actualización de esta información en el Registro tampoco afecta la calificación socioeconómica o tramo de la familia.
Solicitud de Cartola Hogar por Terceros
En casos donde la persona no pueda realizar el trámite directamente, se podrá solicitar la Cartola Hogar a través de un ejecutor (Municipio u oficinas ChileAtiende). Para ello, se debe presentar un poder legalizado ante notario, en el cual debe quedar explícita la voluntad de la persona mandante para que otro, en su nombre y representación, pueda realizar la solicitud. El documento notarial tiene una vigencia máxima de 6 meses desde la fecha de emisión.