AFP Provida es una de las administradoras de fondos de pensiones más importantes de Chile, con una trayectoria que se remonta al origen del sistema de pensiones privado en el país. Su estructura y operación están reguladas estrictamente para garantizar la protección de los fondos de sus afiliados y la transparencia en la información.
Historia y Constitución de AFP Provida
AFP ProVida S.A. fue constituida por escritura pública el 22 de febrero de 2013 en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el nombre de Metlife Chile Acquisition Co. S.A. e inscrita en el Registro de Comercio de Santiago en la misma fecha de su constitución.

Posteriormente, por Resolución N° E-223-2015 de fecha 25 de agosto de 2015, emitida por la Superintendencia de Pensiones, se autorizó la existencia y los estatutos de Administradora de Fondos de Pensiones Acquisition Co. S.A.
El 1° de septiembre de 2015, la misma Superintendencia autorizó la fusión por absorción de las sociedades AFP ProVida S.A. y AFP Acquisition Co. es un proveedor líder global en seguros, soluciones de retiro y programas de beneficios para trabajadores dando servicio a 90 millones de clientes.
AFP ProVida, como sociedad absorbida, fue originalmente fundada en mayo de 1981 bajo el alero del decreto de ley 3.500, que lanzó en Chile un moderno sistema de pensiones privado, el cual se ha replicado desde hace 15 años en diferentes países del mundo.
Visión Institucional
La visión de AFP Provida es clara y ambiciosa: "Queremos ser la mejor empresa de ahorro y previsión de Chile."
Marco Normativo y Obligaciones
La Superintendencia de Pensiones (SP) ofició a las administradoras de fondos de pensiones (AFP) sobre la obligación de ajustarse estrictamente al marco normativo en cuanto a las comunicaciones que transmitan a sus afiliados. Mediante oficios a AFP Capital, Cuprum, Habitat, Planvital y Provida, la Superintendencia reiteró la obligación de cumplir estrictamente con lo señalado en la normativa sobre información a sus afiliados, atendiendo al giro único de su actividad.
Además, la SP recalcó que, según las atribuciones que le confiere el D.L., su deber es resguardar que la información entregada por las administradoras a sus afiliados y al público en general "se ajuste en todo momento a la verdad y que no induzca a equívocos o a confusiones, ya sea en cuanto a la realidad institucional o patrimonial, o a los fines y fundamentos del sistema, como expresamente lo exige el artículo 26 del D.L.
La Superintendencia hizo presente a las AFP que toda publicidad, promoción, auspicio o entrega de información que las administradoras efectúen por cualquier medio a sus afiliados, empleadores o público en general, queda sometida a las normas del Compendio de Normas del Sistema de Pensiones, que regulan la materia. Esta información no debe desviar la atención de los trabajadores de lo que es relevante respecto de sus fondos previsionales; esto es: la rentabilidad, el costo y el servicio que prestan. Asimismo, se hizo énfasis en el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26 del D.L.
Inversiones y Multifondos
El 4 de noviembre, el Banco Central tomó la decisión de modificar el límite máximo global de las inversiones en el extranjero de los Fondos de Pensiones, aumentando el actual 60% a un 80%. Asimismo, de acuerdo a las atribuciones establecidas por la Ley Nº 20.255 de 2008, se elevó el límite de cada uno de los Multifondos.
Si bien, actualmente la estructura de inversiones no se vería afectada -ya que existe una holgura respecto al uso de instrumentos extranjeros-, esta medida permite una mejora en la diversificación del Tipo de Fondo que lo necesite. Una Nota Técnica emitida por la SP apunta a un análisis de la situación actual del portafolio administrado por las AFP y los posibles efectos del aumento en los límites.

Competitividad del Sistema y Comisiones
La libertad de elección que posee el sistema de pensiones permite al trabajador velar por la forma en que sus fondos están siendo administrados, lo que incluye una preocupación tanto por la rentabilidad de las inversiones como por los costos que le significa el estar cotizando, introduciendo un elemento de competencia en el mercado de las AFP.
Sin embargo, existen cuestionamientos a esta competencia, que surgen principalmente de la escasa variación en las comisiones cobradas y las utilidades de las AFP sin importar el desempeño en la rentabilidad de los fondos. La reciente Reforma Previsional trata de introducir un mayor grado de competencia vía licitaciones y transparencia de costos.
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