Análisis y Opiniones sobre la Nueva Reforma de Pensiones en Chile

La reforma previsional recientemente aprobada por el Congreso chileno ha sido calificada como significativa y estructural, marcando la mayor modificación al sistema desde la instauración del DL 3500 en 1981. Este acuerdo ha generado diversas opiniones, con algunos analistas señalando que se acerca más al ideal de la derecha que al de la izquierda, a pesar de haber sido impulsado por un gobierno progresista y contar con el voto de parlamentarios de izquierda.

Esquema visual que compara el sistema de capitalización individual con el de seguridad social

Aspectos Clave y Cambios Estructurales de la Reforma

La reforma introduce modificaciones profundas en el sistema de pensiones, abordando temas de capitalización, cotizaciones, administración de fondos y beneficios sociales.

Pilar Contributivo y Fortalecimiento de la Capitalización Individual

Con los acuerdos y la reforma aprobada, se fortalece la capitalización individual. Chile pasará a la historia como el país que, con un gobierno progresista y el voto de los parlamentarios de izquierda, consolida la capitalización individual como el régimen de administración de los aportes previsionales de los trabajadores y empleadores. La reforma define al pilar contributivo como esencialmente de capitalización individual, basado en la propiedad, la capitalización en cuentas individuales y la libertad, al destinar 16 de los 18,5 puntos porcentuales a ella y solo 2,5% al seguro social.

Aumento de Cotizaciones con Cargo al Empleador

La reforma es significativa por cuanto demanda 7 puntos porcentuales de aporte adicional de los empleadores. Esta situación lleva las tasas de cotización del sistema a un 18,5% sin contar comisiones, cifra comparable con las más altas de otros países de la OECD. De este total, el 10% es aportado por el trabajador y el 8,5% por el empleador.

El aumento de la cotización patronal se implementará de forma gradual:

  • A partir de las remuneraciones de agosto de 2025, los empleadores comenzaron a pagar un 1% adicional.
  • Este 1% adicional irá incrementándose gradualmente hasta alcanzar un 7%.
  • A partir del segundo año, se considera otro aporte del empleador de 1%, y el segundo año otro de 1,5%, el cual será abonado a las cuentas individuales en la forma de un préstamo al gobierno (un bono con rentabilidad asegurada). Este financiamiento estará destinado al pago de incentivos en forma de bonos a los actuales jubilados por años cotizados, siempre que las mujeres hayan cotizado más de 10 años y los hombres más de 20 años.
  • Finalmente, a partir del tercer año, se contemplan nuevos y crecientes aportes del empleador: 0,25% el tercer año, 1% el cuarto y quinto año, 2,4% el sexto año, 3,1% el séptimo año, 3,8% el octavo año y 4,5% el noveno año después de la reforma para abonar a las cuentas de ahorro individuales del trabajador.
Infografía que detalla el cronograma de aumento de la cotización del empleador

Mejoras en la Pensión Garantizada Universal (PGU)

La reforma incluye un aumento escalonado de la PGU, un beneficio necesario y largamente postergado. El valor de la PGU se incrementa desde los actuales $224.004 a $250.000, según una gradualidad por edades:

  • La ley se aplicará a los mayores de 82 años después de seis meses de su entrada en vigor.
  • 12 meses después para los mayores de 75 años.
  • Después de 24 meses para los mayores de 65 años.

Personas pensionadas por Leyes de Reparación (Exonerados, Rettig y Valech) y beneficiarios de pensiones de gracia también podrán acceder a la PGU si cumplen los requisitos. Si ya se recibe la PGU, el ajuste es automático según el calendario. A partir de la fecha en que se cumpla la edad establecida, el monto se ajustará de forma automática al nuevo valor máximo de $250.000.

Seguro Social Permanente y Compensaciones

Se refuerza la PGU y se incorpora una noción de seguro social, cuya institucionalidad, aún inexistente, deberá implementarse, asignándole al Estado un mayor rol en la administración de los beneficios del seguro social que persistan luego de la transición y en la administración de cuentas para nuevos gestores financieros.

  • Un 1,5% de la cotización adicional del empleador se destinará al Aporte con Rentabilidad Protegida para subir las pensiones de los actuales pensionados.
  • Un 2,5% se contemplará para el Seguro Social Permanente, que permitirá financiar el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), y el diferencial de expectativas de vida entre hombres y mujeres. El SIS pasará a ser una de las prestaciones del Seguro Social a contar de agosto de 2027.

A partir de enero de 2026, de forma automática, las mujeres que cumplan con los requisitos recibirán una compensación mensual en su pensión con el objeto de cubrir la diferencia que exista por concepto de mayor expectativa de vida en relación con la de los hombres. La mínima compensación será de 0,25 UF mensual (equivalentes a $9.596 al 31 de enero de 2025).

Cambios en la Administración de Fondos de Pensiones (AFP)

La reforma introduce medidas para fomentar la competencia y mejorar la gestión de los ahorros previsionales.

Licitación del Stock de Afiliados y Entrada de Nuevos Actores

Se promoverá la entrada de nuevos operadores para diversificar el mercado y reducir la concentración. Se licitará cada dos años, de manera aleatoria, el 10% de los afiliados no pensionados del sistema. Ganará la subasta la administradora que oferte la menor comisión, la cual no podrá incrementar la comisión ofertada durante 5 años. Solo podrán participar las AFP que tengan menos del 25% de los afiliados del sistema. Los afiliados podrán desistir o cambiarse de AFP en cualquier momento.

De Multifondos a Fondos Generacionales

Se establece el fin de los 5 multifondos que operan desde 2002, los que serán reemplazados por la creación de fondos generacionales. Estos entrarán en vigencia a partir de abril de 2027. Estos fondos están pensados para que las personas estén en el fondo acorde a su edad, ya que se adaptan en el tiempo disminuyendo el riesgo a medida que se acerca la fecha de pensión. Con este mecanismo se busca maximizar rentabilidades y reducir los riesgos de pérdidas significativas para quienes están cerca de jubilarse. Los afiliados no podrán cambiarse de fondo con su ahorro obligatorio.

Comisiones Variables

Las comisiones ya no serán fijas, sino que serán variables y estarán vinculadas al rendimiento del fondo. Si el fondo genera pérdidas, la comisión disminuirá un 15%, y si obtiene ganancias, la comisión puede aumentar hasta en un 15% (con un porcentaje limitado), alineando los incentivos con el bienestar de los afiliados. Esto asegura que las administradoras busquen maximizar el beneficio para los afiliados. Asimismo, se establecen límites cuando las AFP invierten a través de terceros, impidiendo el pago de comisiones a vehículos de inversión o mandatarios que inviertan más de un 10% en emisores nacionales transables en mercados públicos, con excepción de inversiones de baja o mediana capitalización.

Diagrama de flujo que muestra cómo operarán los fondos generacionales

Ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales

La reforma amplía el Seguro de Lagunas Previsionales, permitiendo que todas las personas que reciban el Seguro de Cesantía, sin importar el tipo de fondo (Cuenta Individual o Fondo Solidario), tengan cubiertas sus cotizaciones previsionales mientras estén desempleadas. Anteriormente, solo las personas que usaban el Fondo de Cesantía Solidario tenían cotizaciones previsionales cubiertas. Desde mayo de 2025, se incluye también a quienes usan su Cuenta Individual. Así, todos los beneficiarios del Seguro de Cesantía tienen este respaldo.

  • Desde mayo a julio de 2025, se cotiza el 10% del pago mensual del Seguro de Cesantía.
  • Desde agosto, sube a 10,10%.
  • En agosto de 2027, a 10,25%.

Estas cotizaciones son financiadas por el Fondo de Cesantía Solidario, que se forma con aportes del Estado y de los empleadores, sin que el dinero salga del bolsillo del trabajador. Se estima que el número de personas beneficiadas se triplicará: de 395 mil a más de 1,4 millones al año, lo que representa una gran mejora en la protección previsional para quienes atraviesan períodos de desempleo.

Incentivo a la Cotización y Formalidad

Se han simplificado los mecanismos de cotización para independientes, permitiendo pagos automáticos desde cuentas bancarias o la posibilidad de que familiares directos puedan contribuir en nombre del afiliado. Además, la reforma promueve la formalidad al vincular los beneficios a la cotización. La normativa indica que los empleadores deben cotizar al Seguro Social Previsional (SSP) por todos sus trabajadores, incluyendo aquellos que laboran en jornadas parciales o part time. Esto cobra especial importancia porque permite llevar un registro adecuado de los periodos cotizados en jornada parcial, clave para que, en el futuro, esas cotizaciones puedan ser computadas en el historial previsional del trabajador.

La obligación de enterar cotizaciones de cargo del empleador al Seguro Social Previsional se extingue de pleno derecho en el momento en que el trabajador se pensione por vejez o invalidez total.

Implementación y Cronograma

La reforma establece un cronograma detallado para la puesta en marcha de sus distintas medidas:

  • Agosto 2025: Inicio de la nueva cotización del empleador, con un 1% adicional.
  • 90 días después de publicada la norma: Se ingresará un proyecto de ley para regular los aspectos operativos.
  • Enero 2026: Se entregará, de forma automática, el aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) a $250.000 para pensionados de 82 años o más. Inicia el pago de los beneficios del nuevo Seguro Social, incluyendo la Compensación por Años Cotizados y el Bono a mujeres por expectativas de vida.
  • A partir de enero de 2026: Las mujeres que cumplan con los requisitos recibirán de forma automática una compensación mensual en su pensión por mayor expectativa de vida.
  • Abril 2027: Entrada en vigencia de los fondos generacionales.
  • Agosto 2027: El 1,5% que aporta el empleador para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) pasará a ser una de las prestaciones del Seguro Social.

El empleador o entidad pagadora de subsidios debe declarar y pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente a aquel en que se devengaron las remuneraciones o se autorizó la licencia médica. Cuando el empleador realice la declaración y el pago por medio electrónico, el plazo se extenderá hasta el día 13 de cada mes. Si el empleador no realiza la declaración, tendrá hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar ante el Instituto de Previsión Social (IPS) que su obligación se extinguió. De no hacerlo, se presumirá que las cotizaciones están declaradas y no pagadas, constituyéndose una deuda previsional efectiva. Para cumplir esta función, el IPS realizará la recaudación a través de un proveedor especializado. El Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) es un órgano creado en el marco de la ley N°21.735.

Opiniones y Críticas a la Reforma

A pesar de su alcance, la reforma ha sido objeto de diversas críticas y cuestionamientos sobre su impacto real y sus limitaciones.

Expertos señalan que el acuerdo está mucho más cerca del ideal de la derecha que del de la izquierda, reforzando un mercado de cuentas individuales de ahorro de largo plazo y obligatorio como su único pilar contributivo. Se cuestiona si la mayor competencia en este mercado, que se dice se alcanzará licitando no solo a los nuevos afiliados sino al 10% del stock de antiguos afiliados, es una condición necesaria y suficiente para lograr el acceso universal asequible a pensiones dignas.

Hay escepticismo sobre si el simple aumento de la tasa de cotización en 6 puntos porcentuales generará un efecto sobre el ahorro, la inversión, el crecimiento y el empleo que permitan a más personas acceder vía su propio esfuerzo contributivo. Se advierte que el país sigue en deuda con el financiamiento necesario para la seguridad social. Los aumentos de pensiones del seguro social no son inmediatos, son escalonados y, para muchos, seguirán a niveles precarios.

La Coordinadora No + AFP convocó a nuevas marchas para exigir cambios de fondo en el sistema de pensiones. Se ha manifestado que, en el mejor de los casos, las mujeres aspirarán a un mejoramiento de las pensiones de 27 mil pesos. La situación actual de las pensiones es compleja, con la mitad de las personas que jubilaron en enero de 2019 recibiendo menos de $48.000. Esto demuestra la insuficiencia del ahorro en cuentas individuales y exige que el Estado subsidie aún más las pensiones.

Senado Noticias - Reforma de Pensiones reanuda debate

También se afirma que la discusión sobre las pensiones podría "enterrarse" en el aumento del porcentaje de la tasa de cotización a cargo del empleador, lo cual no atendería al problema de fondo: las pensiones dependen de la rentabilidad de los fondos, la cual ha ido bajando desde las décadas iniciales del modelo. A largo plazo, algunos esperan que la pensión universal sea equivalente al salario mínimo en un plazo de 5 años.

Jorge Tarziján, académico de la Escuela de Administración UC, destacó que, aunque es un cambio estructural, hay que ser cuidadosos con la informalidad laboral y el potencial perjuicio para las PYMES y startups, que puede ser incluso mayor que para las grandes empresas. Él también señaló que el mejor momento de la reforma será cuando las personas nuevas entren a trabajar en 2035 y reciban completamente esos puntos adicionales de su cuenta individual. Paula Benavides concluyó que una de las lecciones a aprender es la de realizar una evaluación permanente de los objetivos del sistema de pensiones y de su sostenibilidad para realizar adecuaciones oportunas y no esperar a una gran reforma que muchas veces se posterga.

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