Memoria de Accesibilidad Universal y Normativa Asociada

Introducción a la Memoria de Accesibilidad

La memoria de accesibilidad es un documento fundamental dentro del expediente de accesibilidad, el cual, junto al plano de accesibilidad, conforma la documentación requerida al momento de solicitar permisos de edificación y de loteo en las Direcciones de Obras Municipales (DOM).

La función principal de la memoria de accesibilidad es describir, detallar y especificar las zonas, rutas, elementos y soluciones de accesibilidad universal implementadas en un proyecto. Este documento complementa la información que, por su naturaleza, no puede ser completamente representada en el plano de accesibilidad.

Diagrama que ilustra la relación entre la memoria de accesibilidad, el plano de accesibilidad y el expediente de proyecto.

Marco Normativo de la Accesibilidad Universal

La accesibilidad universal se encuentra definida en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C.). Específicamente, el Artículo 1.1.2 y el Artículo 2.2.8 de la O.G.U.C. establecen los lineamientos generales.

Actualización Normativa

El 04 de marzo de 2016, se publicó en el Diario Oficial el Decreto 50, el cual introdujo nuevas normas de accesibilidad universal en la O.G.U.C. Esta actualización normativa concretó la adecuación de dicha ordenanza a la Ley 20.422 promulgada en 2010.

El siguiente documento, que se basa en los artículos de la O.G.U.C. que rigen desde marzo de 2016, condensa los aspectos relacionados con la accesibilidad universal.

Un mes de la aplicación de la ley de accesibilidad universal, Senadis los Lagos hizo un balance.

Requisitos Específicos de Rutas Accesibles

Según el punto 1 del Artículo 2.2.8 de la O.G.U.C., se establece la obligatoriedad de consultar una ruta accesible en todas las veredas. Esta ruta debe ser claramente identificada y graficada en los planos del proyecto.

La ruta accesible se concibe como una envolvente teórica que garantiza un desplazamiento continuo, libre de obstáculos y barreras. Se especifica un ancho mínimo de 1,20 m para vías locales, o un ancho equivalente al de la vereda, dependiendo de la categoría de la vía en la que se ubique, de acuerdo con lo estipulado en la tabla del Artículo 3.2.5 de la O.G.U.C.

Infografía que muestra las dimensiones y características de una ruta accesible en una vereda.

Documentos Complementarios y Referencias

En caso de ser necesario complementar la información con detalles técnicos de elementos, artefactos o dispositivos, se pueden adjuntar fichas técnicas específicas.

Existen diversos documentos y circulares que profundizan en la aplicación e interpretación de las normativas de accesibilidad:

  • DDU 373 | Aplicación de los Art. 6.1.8. y 4.1.7.
  • DDU 351 | Decreto 50 V. y U.
  • DDU 137 | Interpretación de artículos de la O.G.U.C.
  • DDU 115 | Instruye sobre cumplimiento de normas para acogida de personas con discapacidad, en edificio con afluencia de público según D.S. N°32, que modifica al D.S.
  • DDU 54 | Aplicación del Artículo 4.1.7.

El documento “Normativa de Accesibilidad Universal - Síntesis dibujada” es un trabajo que resume la normativa, añadiendo figuras y fotografías para facilitar su comprensión y aplicación práctica. En él se citan de forma textual los artículos que hacen referencia a la accesibilidad, sin que siempre se transcriba el artículo completo.

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