Credencial y Pensión de Invalidez

La obtención de una credencial de discapacidad y el acceso a una pensión por invalidez son procesos fundamentales para garantizar el bienestar y la protección social de las personas que enfrentan limitaciones en su capacidad laboral o funcional. En Chile, existen procedimientos específicos y entidades encargadas de evaluar y certificar la invalidez, así como de otorgar las prestaciones económicas correspondientes.

La Credencial de Discapacidad

La credencial de discapacidad es un documento público y oficial cuyo propósito principal es permitir que sus titulares puedan ampararse a la Ley de Discapacidad (Ley N°20.422), accediendo a diversos beneficios y derechos establecidos por la normativa.

¿Cómo iniciar el trámite para la Credencial?

Para iniciar el proceso de calificación de la discapacidad, la persona con discapacidad, o quien la represente, debe dirigirse a su Centro de Salud Familiar (CESFAM) o al Centro Comunitario de Rehabilitación (CCR) más cercano.

Una vez iniciado el proceso, se requerirá la presentación de diversos documentos. Estos informes deben ser presentados, junto con los exámenes médicos correspondientes, una fotocopia de la Cédula de Identidad del solicitante, certificado de residencia y certificado de nacimiento, ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

Infografía del proceso de solicitud de la Credencial de Discapacidad en Chile

Dónde y Cuándo Realizar el Trámite

El trámite para la credencial de discapacidad se realiza directamente en la oficina de COMPIN que corresponda según el domicilio del solicitante. La atención en estas oficinas es de lunes a viernes, en un horario establecido entre las 09:00 y las 14:00 horas.

Proceso de Calificación y Declaración de Invalidez

La calificación y declaración de invalidez es un proceso médico-administrativo que determina si una persona cumple con los criterios para ser considerada inválida, lo que puede ser un requisito para acceder a ciertas pensiones. Si una persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante, al momento de firmar la solicitud de pensión de invalidez puede presentar esos documentos en la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que se encuentra afiliada, aunque no es una obligación.

Solicitud y Evaluación por la Comisión Médica Regional (CMR)

La Comisión Médica Regional (CMR) tiene un rol central en este proceso. Inicialmente, la CMR pedirá a un médico, que se encuentre en el Registro Público de Asesores, que revise los antecedentes y señale si la solicitud de pensión de invalidez se considera fundada. Si la solicitud se considera fundada, la CMR designará a un médico para que asesore a la afiliada o el afiliado durante todo el proceso de evaluación y calificación de invalidez, el cual no tiene costo para las personas.

Cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada, la respectiva CMR cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar. Durante esta entrevista, se le hace entrega de las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, de acuerdo con los impedimentos que la afiliada o el afiliado declare.

Evaluación y dictamen para ser pensionado por invalidez en el IGSS

Determinación del Grado de Invalidez y Dictamen

Una vez que la CMR tiene en antecedente los resultados de todos los exámenes e interconsultas médicas correspondientes, determina si el impedimento o enfermedad que invoca la afiliada o el afiliado cumple con varios criterios esenciales:

  • Que sea objetivo.
  • Que sea demostrable.
  • Que se encuentren agotadas las terapias médicas o quirúrgicas accesibles.
  • Que se haya cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.

Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una pensión de invalidez que puede ser total o parcial.

Apelaciones y Reclamos

El proceso de calificación de invalidez contempla instancias de apelación y reclamo. El plazo para presentar una apelación ante la Comisión Médica Central (CMC) es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen. Adicionalmente, las personas pueden presentar un reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro del plazo de 15 días hábiles desde su notificación. A su vez, la CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

Reevaluación de la Invalidez Parcial

Si la invalidez dictaminada es de carácter parcial, la legislación precisa que, con el paso del tiempo, la persona pensionada tiene derecho a solicitar otra reevaluación de su invalidez si sus impedimentos han progresado. En esa reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial y, de acuerdo con esa revisión, en un nuevo y segundo dictamen resolverá si confirma o rechaza la invalidez.

Diagrama de flujo del proceso de reevaluación de una pensión de invalidez parcial

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio destinado a personas que cumplen con ciertos requisitos de invalidez y no tienen derecho a otra pensión o esta es muy baja. Los y las titulares de PBSI pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar, pero solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan los requisitos para ser causantes del sistema.

Solicitud y particularidades de la PBSI

La PBSI se puede solicitar de manera conveniente a través del sitio web, por videoatención o acudiendo a las sucursales de ChileAtiende. Un aspecto importante de la PBSI es que, para solicitar esta pensión, no necesitas tener declarada tu invalidez ante una comisión médica previamente.

El Instituto de Previsión Social (IPS) es la entidad encargada de las personas solicitantes de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI). En este caso, los exámenes necesarios para la evaluación serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan.

La persona recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años de edad.

Consideraciones Importantes y Contacto

Es crucial tener presente que si una Comisión Médica emite la declaración de invalidez de una cotizante o un cotizante, esa declaración no implica necesariamente que se le haya otorgado o que se le otorgue una pensión de invalidez a la persona; son procesos relacionados pero distintos.

Si tienes dudas o necesitas más información sobre estos procesos, puedes contactar al call center ChileAtiende llamando al 101. Si te encuentras en el extranjero, puedes llamar al +56 4 4236 20 00.

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