Una iniciativa legislativa busca modificar el sistema de impuestos territoriales para beneficiar a las personas mayores propietarias de viviendas en Chile. Originalmente tramitada dentro del proyecto "Proclase media y pymes", esta medida fue separada para agilizar su implementación y proporcionar alivio financiero a la población de adultos mayores.
Situación Actual de las Personas Mayores y el Impuesto Territorial
Actualmente, en Chile residen 1.540.827 personas mayores que son propietarias de una vivienda. De este total, una significativa mayoría, 1.144.354 personas (equivalente al 74%), se encuentran exentas del pago del impuesto territorial. Sin embargo, el 26% restante, compuesto por 396.473 personas, posee propiedades afectas a este tributo. De este último grupo, 189.644 personas ya acceden a una rebaja especial.

Modificación Clave del Impuesto Territorial
El proyecto de ley introduce una corrección fundamental al sistema. Establece que, en los casos en que una persona mayor se encuentre dentro del tramo exento de ingresos (hasta 13,5 UTA o aproximadamente $11.120.814 anuales), pero el valor de su vivienda supere el límite de avalúo legal establecido, el monto de su contribución no podrá exceder el 5% de sus ingresos anuales.
El ministro de Hacienda, Nicolás Grau, subrayó la importancia de esta medida, destacando que:
“En Chile hay un gran número de personas adultas mayores que hicieron un gran esfuerzo durante toda su vida para tener una casa propia y, por eso, es importante que las contribuciones que pagan estas personas sean equilibradas y acordes a sus ingresos.”
Beneficios Concretos para los Adultos Mayores
Se estima que esta modificación beneficiará directamente a 75.851 adultos mayores. Con esta nueva disposición, el 67% de quienes actualmente pagan impuesto territorial accederán a este beneficio tributario. El ministro Grau añadió:
“Esto va a permitir que 76 mil adultos mayores se vean beneficiados por esta reducción en sus contribuciones y, al mismo tiempo, para mantener los ingresos de las comunas, haremos que las comunas de más altos ingresos hagan una contribución mayor al Fondo Común Municipal.”
Fortalecimiento de la Progresividad y Equidad Territorial
El proyecto no solo se enfoca en el beneficio directo a las personas mayores, sino que también introduce medidas destinadas a fortalecer la progresividad del sistema tributario y la equidad territorial. Entre estas medidas se incluye el aumento de los aportes al Fondo Común Municipal (FCM).
En concreto, se dispone que comunas de mayores ingresos realicen una contribución significativamente mayor: Lo Barnechea aportará el 65% y Las Condes el 80% de lo recaudado por concepto de impuesto territorial. Adicionalmente, los aportes derivados de patentes comerciales también experimentarán un alza, situándose en 65% y 70% respectivamente para estas comunas.
Fondo común municipal
Pospone el Proceso de Reavalúo de Bienes Raíces
Como parte de las medidas para otorgar mayor certeza a los contribuyentes y permitir una revisión técnica exhaustiva del procedimiento, el proyecto de ley posterga el proceso de reavalúo de bienes raíces programado para 2026, trasladándolo a 2027.
Esta postergación se implementará mientras avanza el trabajo del panel de expertos convocado por el Gobierno, cuyo objetivo es fortalecer la transparencia y eficiencia del sistema de reavalúo.
Requisitos para Acceder al Beneficio
Para acceder a este beneficio tributario, los contribuyentes deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Edad: Ser mujer a partir de 60 años o hombre a partir de 65 años.
- Propiedad Principal: Poseer una propiedad a su nombre cuyo valor total no exceda los $225 millones de pesos. Esta propiedad debe ser su residencia habitual.
- Propiedades Múltiples: Si se es propietario de varios inmuebles, la suma total de su valor no debe superar los $300 millones de pesos.
- Inscripción y Titularidad: La propiedad debe estar inscrita a nombre del beneficiario o conjuntamente con su cónyuge. En caso de fallecimiento del cónyuge, los hijos/as pueden reemplazarle, siempre que esto esté debidamente registrado en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente.
- Ingresos Anuales: Para optar a la exención total del pago de contribuciones, los ingresos anuales del solicitante deben ser inferiores a 13,5 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
Proceso de Solicitud y Verificación
Si se cumplen todos los requisitos mencionados, incluyendo la titularidad de la propiedad y los topes de valor, el acceso al beneficio se realiza de manera automática.
En caso de que la exención o la rebaja no se reflejen correctamente en la boleta de pago, es necesario solicitar una aclaración. Esto se puede realizar:
- Acudiendo a la oficina del Servicio de Impuestos Internos (SII) más cercana.
- De forma online, a través de la página web oficial del SII.
