Consentimiento libre e informado y protección contra abusos de adultos mayores: derechos, riesgos y mecanismos de defensa

Respecto al bienestar de las personas mayores, hoy existe un tránsito desde un enfoque asistencialista hacia uno de derechos. El Estado tiene la responsabilidad de brindar a las personas mayores la protección necesaria para mantener su integridad física, psíquica y social. Los adultos mayores en Chile tienen una serie de derechos que muchas veces no conocemos o que no son respetados.

Derechos fundamentales y protección frente a la violencia

La violencia intrafamiliar no sólo es la que afecta a mujeres y niños, sino que puede ser cualquier integrante de la familia. Los adultos mayores tienen derecho a denunciar el maltrato físico y/o psicológico que sus familiares le causen. Tienen derecho a pedir al tribunal de familia una medida de protección, especialmente si es expulsado de la casa en que vive o le restringen su libertad para desplazarse al interior de ella. Si los actos de violencia constituyen delitos, tienen derecho a denunciarlos ante la Fiscalía del Ministerio Público, a la que pueden pedir protección.

Derecho a estar protegidos legalmente frente a la violencia intrafamiliar. La violencia intrafamiliar es un derecho que debe enfrentarse con medidas de protección y acompañamiento legal adecuado.

Derechos relacionados con la vida diaria y la autonomía

Derecho a la independencia y autonomía (Art. ...). Derecho a la participación e integración comunitaria (Art. ...). Derecho a la libertad personal y a la seguridad. Derecho a la privacidad e intimidad. Derecho a la salud y a la educación. Estos derechos permiten a las personas mayores vivir con dignidad, mantener su autonomía y participar plenamente en la comunidad.

Derecho del adulto mayor a demandar el cuidado personal de sus nietos. Los adultos mayores pueden demandar el cuidado personal (tuición) de sus nietos en caso de inhabilidad física o moral del padre y la madre. También pueden demandar tener un sistema de visitas.

Consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud

Derecho a brindar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud. Este derecho implica que las personas mayores deben recibir la información necesaria para entender las opciones de tratamiento y su potencial impacto, y deben expresar su voluntad de forma voluntaria y consciente.

Acceso a justicia, protección y mecanismos de apoyo

Acceso a la Justicia: Se observan dificultades en el acceso efectivo a la justicia, considerando que las personas adultas mayores, en muchos casos, se encuentran en situación de dependencia de terceros o presentan limitaciones de movilidad. El rol del Consejo Técnico es crucial en estas causas, requiriéndose su experiencia para verificar la presencia de riesgos psicosociales específicos asociados a la condición de persona mayor.

Representación Legal: Existe una oferta limitada de representación legal especializada y con conocimiento específico en la materia. Las tramitaciones en materia de violencia intrafamiliar en favor de personas mayores han experimentado un aumento acelerado.

Derecho a la seguridad social y a las pensiones: Derechos a recibir la pensión básica solidaria de vejez, la pensión de viudez o sobrevivencia y el aporte previsional solidario de vejez. Si es mayor de 65 años y pertenece al 60% más pobre, puede recibir la pensión básica solidaria de cargo fiscal, con reajustes anuales. Si la pensión mensual es inferior al tope de la pensión máxima con aporte solidario, el Estado ofrece un aporte para acercarla a ese monto.

Derechos clave Protección y mecanismos
Consentimiento informado en salud La persona debe entender opciones y expresar voluntad libremente
Protección frente a violencia intrafamiliar Medidas de protección judicial y denuncia ante Fiscalía
Acceso a justicia y representación legal Necesidad de servicios especializados y apoyo técnico
Protección social y pensiones Pensión básica solidaria, aporte previsional y pensión de viudez

Procedimientos y acciones recomendadas

  1. Identificación de indicadores que sugieran judicialización versus tramitación administrativa, y de indicadores que permitan sugerir medidas cautelares.
  2. Revisión de SITFA y de causas tramitadas en sede penal, para valorar riesgos y necesidad de medidas de protección.
  3. Entrevista telefónica a requirente si es necesario y despeje psicosocial con otros profesionales.
  4. Adopción de medidas cautelares y diligencias, incluyendo la inclusión de litigantes cuando corresponda.
  5. Pronunciarse respecto de realización de audiencia reservada y dar cuenta de la posible continuidad en sede judicial frente a sede administrativa.
  6. Comunicación con denunciante para confirmar voluntariedad de la continuidad del proceso judicial cuando sea necesario.

Consolidación de derechos y obligaciones

Los derechos implican también obligaciones. Nadie puede ser discriminado por su edad para un trabajo, y debe garantizarse igualdad de oportunidades basadas en capacidad e idoneidad. Derechos de los adultos mayores en las atenciones del plan GES, así como para la pensión básica solidaria de vejez o el aporte previsional solidario de vejez. El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley.

Infografía: Derechos de las personas mayores y rutas de protección

Puedo ir a la cárcel por Violencia familiar

Notas sobre el marco legal y observaciones prácticas

Para la Convención, una persona mayor es la que tiene 60 años o más, salvo que la ley de cada país determine una edad diferente. Los Estados Parte deben proteger los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor. El contenido se orienta a facilitar la comprensión de estos derechos y de las vías para ejercerlos y denunciarlos cuando corresponde.

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