La figura del juez y la forma en que se aborda la justicia, especialmente en casos que involucran a personas mayores o en situaciones de vulnerabilidad, son aspectos cruciales en cualquier sociedad. En este artículo, exploraremos cómo se concibe la autoridad judicial, el papel de los ancianos como jueces, y las reformas recientes en la legislación civil y procesal que buscan proteger los derechos de las personas con discapacidad, haciendo hincapié en la importancia de un enfoque justo, compasivo y personalizado.
La Autoridad Judicial Suprema y la Delegación en Ancianos
Jehová, como Juez Supremo, ha delegado autoridad judicial a su Hijo, según Juan 5:27. A su vez, Cristo, como Cabeza de la congregación cristiana, utiliza a la clase del esclavo fiel y discreto y su Cuerpo Gobernante para hacer nombramientos de ancianos, quienes en ocasiones tienen que servir de jueces.
Cualidades de Cristo como Juez
Respecto a Cristo como Juez, se había profetizado en Isaías 11:2-4 que "Sobre él tiene que asentarse el espíritu de Jehová, el espíritu de sabiduría y de entendimiento, el espíritu de consejo y de poderío, el espíritu de conocimiento y del temor de Jehová; y habrá disfrute por él en el temor de Jehová. Y él no juzgará por la mera apariencia de las cosas a sus ojos, ni censurará simplemente según lo que oigan sus oídos. Y con justicia tiene que juzgar a los de condición humilde, y con rectitud tiene que administrar censura a favor de los mansos de la tierra".
Esta profecía resalta las cualidades que capacitan a Cristo para “juzgar la tierra habitada con justicia” (Hechos 17:31). Él juzga de acuerdo con el espíritu de Jehová, la sabiduría divina, el entendimiento, el consejo y el conocimiento, y lo hace en el temor de Jehová. Por eso “el tribunal del Cristo” es, representativamente, “el tribunal de Dios” (2 Corintios 5:10; Romanos 14:10). Se asegura de juzgar los asuntos como Dios los juzga (Juan 8:16), no simplemente por la apariencia de las cosas ni según meros rumores, sino con rectitud a favor de los mansos y los de condición humilde. ¡Qué maravilloso Juez!

El Papel de los 144.000 como Jueces Asociados
Las Escrituras indican que el grupo relativamente pequeño de cristianos ungidos, empezando con los 12 apóstoles, serán jueces asociados con Cristo Jesús durante el Milenio (Lucas 22:28-30; 1 Corintios 6:2; Revelación 20:4). Un resto de los miembros ungidos del Israel espiritual en la Tierra fueron en sí juzgados y rehabilitados en 1918-1919 (Malaquías 3:2-4). En cuanto a esa rehabilitación del Israel espiritual, se había profetizado: “Traeré de vuelta otra vez jueces para ti como al principio, y consejeros para ti como al comienzo”.
Nombramiento de Ancianos como Jueces en la Congregación
En primer lugar, los ‘sabios’ a quienes se ‘puso por jueces’ fueron todos hombres mayores, o ancianos ungidos (1 Corintios 6:4, 5). En el libro de Revelación se describe a los fieles y respetados superintendentes ungidos como si estuvieran en la mano derecha de Jesús, es decir, bajo su control y dirección (Revelación 1:16, 20; 2:1). Desde 1935, los ungidos han recibido el apoyo leal de una “gran muchedumbre” de personas que sigue aumentando en número, cuya esperanza es sobrevivir a “la gran tribulación” y vivir para siempre en una Tierra paradisíaca (Revelación 7:9, 10, 14-17).
A medida que se acercan “las bodas del Cordero”, más y más miembros de ese grupo son nombrados por el Cuerpo Gobernante ungido para servir de ancianos y jueces en las más de 66.000 congregaciones de los testigos de Jehová por toda la Tierra (Revelación 19:7-9). Estos reciben entrenamiento mediante escuelas especiales para encargarse de responsabilidades en la sociedad de la “nueva tierra” (2 Pedro 3:13). La Escuela del Ministerio del Reino, que se condujo a fines de 1991 en muchos países, dio énfasis al manejo apropiado de casos judiciales. Los ancianos que sirven de jueces tienen el deber de imitar a Jehová y Cristo Jesús, cuyos juicios son verdaderos y justos.
Principios que Guían a los Ancianos en su Función Judicial
Juzgar con Temor Reverente y Justicia Divina
Si Cristo mismo juzga en el temor de Jehová y con la ayuda de Su espíritu, ¡con cuánta más razón deben hacerlo los ancianos imperfectos! Cuando se les asigna a servir en un comité judicial, ellos tienen que ‘comportarse con temor’ e ‘invocar al Padre que juzga imparcialmente’ para que les ayude a juzgar con justicia (1 Pedro 1:17). Deben recordar que están tratando con la vida de las personas, con sus “almas”, como quienes “han de rendir cuenta” (Hebreos 13:17). En vista de esto, de seguro tendrán también que responder a Jehová por cualesquiera errores judiciales evitables que cometan.
En su comentario sobre Hebreos 13:17, J. H. A. Ebrard escribió: “El deber del pastor es velar por las almas encomendadas a su cuidado, y [...] tiene que rendir cuenta por todas ellas, también por las que se hayan perdido por culpa de él. Esta es una palabra solemne. Que todo ministro de la palabra tenga en cuenta que ha emprendido voluntariamente este oficio tremendamente responsable”.
Los ancianos que obran en capacidad judicial deben tener presente que los verdaderos Jueces de cada caso son Jehová y Cristo Jesús. Deben recordar que a los jueces de Israel se les dijo: “No es para el hombre que ustedes juzgan, sino que es para Jehová; y él está con ustedes en el asunto de juicio. Y ahora, que el pavor de Jehová llegue a estar sobre ustedes. [...] Así es como deben hacer para que [ustedes] no incurran en culpa” (2 Crónicas 19:6-10). Con temor reverente, los ancianos que juzgan en un caso deben hacer lo sumo posible para asegurarse de que Jehová de veras está ‘con ellos en el asunto de juicio’. La decisión que tomen debe reflejar con exactitud la manera como Jehová y Cristo ven el asunto. Lo que los ancianos simbólicamente “aten” (hallen culpable) o “desaten” (hallen inocente) sobre la tierra debe ser lo que ya se haya atado o desatado en el cielo, como lo revela lo que está escrito en la Palabra inspirada de Dios. Si oran a Jehová en el nombre de Jesús, Jesús estará “en medio de ellos” para ayudarles.
El Rol Principal del Pastor y Sanador
Los ancianos no juzgan todo el tiempo, pero son pastores todo el tiempo. Son sanadores, no castigadores (Santiago 5:13-16). La idea fundamental tras la palabra griega para superintendente (e·pí·sko·pos) es la de cuidado protector. El Theological Dictionary of the New Testament declara: “Como suplemento del vocablo pastor [en 1 Pedro 2:25], el término [e·pí·sko·pos] alude a la obra pastoral de velar o proteger”. Sí, su responsabilidad primordial es velar por las ovejas y protegerlas, mantenerlas dentro del rebaño.
Al dirigirse a los ancianos de la congregación de Éfeso, el apóstol Pablo recalcó correctamente lo siguiente: “Presten atención a sí mismos y a todo el rebaño, entre el cual el espíritu santo los ha nombrado superintendentes, para pastorear la congregación de Dios, que él compró con la sangre del Hijo suyo” (Hechos 20:28). Pablo hace resaltar la obra de pastorear, no el castigar.
Ancianos, pastores, obispos: ¿Cuál debería ser su rol? - Jean-Louis Gaillard
Es cierto que Pablo advirtió contra “lobos opresivos”. Pero ¿verdad que reprendió a estos por ‘no tratar al rebaño con ternura’? (Hechos 20:29). Y aunque dio a entender que los superintendentes fieles deben expulsar de la congregación a esos “lobos”, ¿no es cierto que sus palabras muestran que los ancianos deben tratar a los demás miembros del rebaño “con ternura”? Cuando una oveja se debilita en sentido espiritual y deja de servir a Dios, ¿qué necesita?: ¿golpes, o curación?, ¿castigo, o pastoreo? (Santiago 5:14, 15).
Como se ve, los ancianos deben apartar tiempo regularmente para la obra de pastorear. Puede que el feliz resultado de esto sea que haya menos casos judiciales que consuman mucho tiempo y en los que estén implicados cristianos que han sucumbido al pecado. Sin lugar a dudas, el principal interés de los ancianos debe ser servir como fuente de alivio y refrigerio, promoviendo así paz, tranquilidad y seguridad entre el pueblo de Jehová.
Imparcialidad y Justicia con Bondad
Si se intensificara el pastoreo antes de que determinado cristiano diera un paso en falso, bien pudiera disminuir la cantidad de casos judiciales entre el pueblo de Jehová (Compárese con Gálatas 6:1). Sin embargo, debido al pecado y la imperfección del hombre, puede que de vez en cuando los superintendentes cristianos tengan que atender casos en que se ha cometido un mal. ¿Qué principios deben guiarlos? Estos no han cambiado desde el tiempo de Moisés ni el de los cristianos primitivos. Las palabras que Moisés dirigió a los jueces de Israel todavía son válidas: “Al celebrar audiencia entre sus hermanos, tienen que juzgar con justicia [...] No deben ser parciales en el juicio” (Deuteronomio 1:16, 17). La imparcialidad es una característica de “la sabiduría de arriba”, la sabiduría que es tan esencial para los ancianos que sirven en comités judiciales.
Los ancianos “tienen que juzgar con justicia”, en conformidad con las normas de Jehová sobre lo que es correcto y lo que es incorrecto (Salmo 19:9). No obstante, aunque se esfuerzan por ser justos, deben tratar de ser buenos también, en el sentido que se da a entender por la distinción que hace Pablo en Romanos 5:7, 8. Al comentar sobre esos versículos, bajo el encabezamiento “Justicia”, la obra Perspicacia para comprender las Escrituras declara: “El uso del término griego indica que la persona que se destaca por su bondad es benévola (muestra buena voluntad o afecto a otros) y benefactora (hace bien a otros). Esta persona no está interesada únicamente en hacer lo que es de justicia, sino que va más allá, se siente movida por un interés sincero hacia otros y por el deseo de beneficiarlos y ayudarlos” (Volumen 2, página 169). Los ancianos que no solamente son justos, sino buenos también, tratarán a los malhechores con consideración bondadosa (Romanos 2:4). Deben mostrar misericordia y compasión. Deben hacer cuanto puedan para ayudar al malhechor a ver la necesidad de arrepentirse, aunque al principio no parezca que responde a los esfuerzos de ellos.

El Anciano como Pastor Durante las Audiencias Judiciales
Cuando cierta situación requiere una audiencia judicial, los superintendentes no deben olvidar que aún son pastores que atienden las ovejas de Jehová bajo “el pastor excelente” (Juan 10:11). El consejo que dio Pablo respecto a proveer ayuda regularmente a las ovejas que se hallan en dificultad aplica con igual vigor durante las audiencias judiciales. Él escribió: “Hermanos, aunque un hombre dé algún paso en falso antes que se dé cuenta de ello, ustedes los que tienen las debidas cualidades espirituales traten de reajustar a tal hombre con espíritu de apacibilidad, vigilándote a ti mismo, por temor de que tú también seas tentado. Sigan llevando las cargas los unos de los otros, y así cumplan la ley del Cristo”.
En vez de considerarse jueces superiores que se han reunido para administrar castigo, los ancianos que sirven en un comité judicial deben ver la audiencia como otro aspecto de su pastoreo. Una de las ovejas de Jehová está en dificultades. ¿Qué pueden hacer ellos para salvarla? ¿Es demasiado tarde para ayudar a esta oveja que se ha descarriado del rebaño? Esperaríamos que no. Los ancianos deben mantener un punto de vista positivo en cuanto a mostrar misericordia cuando sea apropiado. No es que deban rebajar las normas de Jehová si se ha cometido un pecado grave. Pero el que estén al tanto de cualesquiera circunstancias atenuantes les ayudará a extender misericordia cuando sea posible (Salmo 103:8-10; 130:3). Es triste decirlo, pero algunos malhechores son tan tercos en su actitud que los ancianos se ven obligados a ser firmes, pero nunca severos.
Cuando surge un problema serio entre individuos, los ancianos sabios primero determinarán si los implicados han tratado de resolver el asunto en privado, en armonía con el espíritu de Mateo 5:23, 24 o Mateo 18:15. Si esto no ha surtido efecto, tal vez el consejo de uno o dos ancianos baste para solucionar el problema. Es necesario tomar acción judicial solo cuando se ha cometido un pecado craso que podría llevar a la expulsión (Mateo 18:17; 1 Corintios 5:11). Tiene que haber base bíblica bien fundada para formar un comité judicial.
Objetivos y Desarrollo de las Audiencias Judiciales
¿Qué tratan de lograr los ancianos mediante las audiencias judiciales? En primer lugar, es imposible juzgar con justicia a menos que se sepa lo que verdaderamente ocurrió. Como en Israel, los asuntos serios tienen que ‘escudriñarse cabalmente’ (Deuteronomio 13:14; 17:4). Así que uno de los objetivos de la audiencia es averiguar los hechos del caso. Pero esto puede y debe hacerse con amor (1 Corintios 13:4, 6, 7). Una vez que se establezcan los hechos, los ancianos harán cuanto sea necesario para proteger a la congregación y mantener en ella las altas normas de Jehová y el libre fluir de su espíritu (1 Corintios 5:7, 8). Sin embargo, uno de los propósitos de la audiencia es salvar, siempre que sea posible, al pecador que está en peligro.
Trato al Acusado y Búsqueda del Arrepentimiento
A la persona acusada debe tratársele siempre como oveja de Dios. Debe tratársele con ternura. Si ha cometido un pecado (o pecados), el propósito de los jueces justos será ayudar al pecador a reajustarse, a comprender lo erróneo de su proceder, a arrepentirse, y así arrebatarlo “del lazo del Diablo”. Requerirá que los ancianos empleen el “arte de enseñar” e ‘instruyan con apacibilidad’ (2 Timoteo 2:24-26; 4:2). ¿Qué se puede decir del pecador que entonces reconoce que ha pecado, se siente verdaderamente herido en el corazón y pide a Jehová que lo perdone? (Compárese con Hechos 2:37). Si el comité está convencido de que él sinceramente quiere ayuda, por lo general no habría que expulsarlo.
Firmeza en Casos de Impenitencia
Por otra parte, cuando los miembros de un comité judicial se enfrentan claramente con un caso de apostasía obstinada, rebelión voluntariosa contra las leyes de Jehová, o pura iniquidad, su deber es proteger a los demás miembros de la congregación por medio de expulsar al ofensor impenitente. El comité judicial no está obligado a reunirse vez tras vez con el malhechor ni poner palabras en boca de él, tratando de obligarlo a arrepentirse cuando es obvio que no siente pesar piadoso. Durante los últimos años, la cantidad de expulsados por todo el mundo ha sido aproximadamente el 1% del número de publicadores. Eso significa que de unas 100 ovejas que permanecen en el redil, una se pierde... por lo menos temporalmente. Cuando consideramos el tiempo y esfuerzo que se requieren para traer a una persona al redil, ¿verdad que nos causa gran dolor saber que cada año decenas de miles de personas son ‘entregadas de vuelta a Satanás’?
Los ancianos que empiezan a atender un asunto judicial deben recordar que la mayoría de los casos de pecado en la congregación se deben a debilidad, no a iniquidad. Nunca deben olvidar la ilustración que dio Jesús acerca de la oveja perdida, la cual concluyó con estas palabras: “Les digo que así [...]”.
Reforma de la Legislación Civil y Procesal en España: Un Enfoque en la Discapacidad y la Tercera Edad
El 2 de junio de 2021, España marcó un hito al reformar su legislación civil y procesal sobre las personas con discapacidad mediante la Ley 8/2021. Esta reforma introduce un cambio radical: desaparece la posibilidad de incapacitar judicialmente a una persona, promoviendo un sistema de apoyo individualizado. Con el nuevo sistema, las medidas de apoyo están diseñadas para proteger los derechos y la dignidad de las personas mayores. La eliminación de la incapacitación de personas mayores no solo transforma el marco jurídico, sino que también afecta profundamente a las familias y cuidadores.
Claves del Cambio y su Impacto
- Adiós a la incapacitación judicial: Se pasa de un modelo de sustitución de la voluntad a uno de apoyo.
- Sistema de apoyo individualizado: Las medidas se adaptan a las necesidades específicas de cada persona.
- Protección de derechos y dignidad: Enfoque en la autonomía y la toma de decisiones asistida.
- Impacto en familias y cuidadores: Requiere una adaptación a las nuevas dinámicas de acompañamiento y apoyo.
Rol de Centros Residenciales y Revisión de Resoluciones
Los centros residenciales y los cuidadores juegan un papel crucial en la implementación de las medidas de apoyo. Todas las resoluciones judiciales de incapacitación previas a la entrada en vigor de la Ley 8/2021 deben ser revisadas para adaptarse al nuevo sistema de medidas de apoyo. Este proceso no es automático, y es necesario que los familiares o representantes soliciten la revisión ante los tribunales.
El nuevo modelo tiene en cuenta la evolución progresiva de enfermedades como el Alzheimer, permitiendo ajustar las medidas de apoyo según las necesidades de cada etapa. La reforma de la incapacitación de personas mayores en España supone un avance significativo en la protección de los derechos de los más vulnerables. En Amavir, estamos comprometidos con la difusión de información clara y accesible para ayudar a las familias a navegar este nuevo panorama legal.
Acceso a la Justicia para Personas Mayores: Guía Práctica de Chile
Como parte de la labor del subcomité de Acceso a la Justicia de Personas y Grupos Vulnerables, encabezado por la ministra Jessica González, y con el apoyo técnico de la Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos (DAIDH) de Chile, se elaboró la Guía Práctica de Aplicación del Protocolo de Acceso a la Justicia de Personas Mayores. Este es un documento elaborado por el Poder Judicial que entrega orientaciones prácticas para jueces, juezas y funcionarios/as, con el fin de mejorar la atención a las personas mayores en los tribunales.
Para garantizar el acceso a la justicia, es fundamental que la información entregada a las personas mayores sea clara, sin tecnicismos innecesarios y en un lenguaje respetuoso. Los tribunales están promoviendo materiales impresos, con letra legible, así como señaléticas y apoyo personalizado cuando se requiera. Este protocolo se enmarca en el Segundo Plan Nacional de Derechos Humanos (2022-2025), impulsado por el Estado de Chile.