Pensión de Invalidez en Chile: Requisitos, Beneficios y el Proceso de 3 Años

En Chile, el sistema previsional contempla el derecho a pensionarse por diversas causales, entre las que se encuentra la pensión de invalidez. Esta jubilación está destinada a afiliados que pierden su capacidad de trabajo debido a una enfermedad o un debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales. Es importante aclarar que el término correcto y legalmente empleado en Chile es "pensión de invalidez".

Tipos de Pensión de Invalidez y Grados de Incapacidad

La pensión de invalidez puede ser parcial o total, dependiendo del grado de incapacidad que presente la persona, el cual es determinado por una Comisión Médica.

  • Invalidez Parcial (Transitoria de 3 años)

    Corresponde a una pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior al 50% e inferior al 66,6% (o dos tercios). El dictamen que otorga este tipo de pensión es de carácter transitorio y dura 3 años. Durante este periodo, si eres declarado inválido parcial, recibirás una pensión mensual equivalente al 50% de tu ingreso base.

    Al finalizar este periodo de tres años, se efectúa una reevaluación de la invalidez que afecta al trabajador. En esta reevaluación, la Comisión Médica revisará la evolución de los impedimentos y, mediante un nuevo dictamen, resolverá si confirma o rechaza la invalidez, o si esta pasa a ser definitiva.

    Esquema de la invalidez parcial transitoria y proceso de reevaluación

    Si la invalidez parcial se confirma como definitiva, la AFP entregará al pensionado un Certificado de Saldo para que ejerza su derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez.

  • Invalidez Total (Definitiva)

    Esta situación ocurre cuando se determina una pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior al 66% (o al menos dos tercios). En este caso, la invalidez se considera definitiva y no requiere de una reevaluación posterior. La pensión de invalidez total puede otorgar un monto del 70% al 100% del sueldo base.

  • Rechazo de la Solicitud

    La solicitud de pensión será rechazada si la pérdida de la capacidad para trabajar es inferior al 50%. En caso de una reevaluación, si se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado volverá a ser considerado activo.

Requisitos para Obtener la Pensión de Invalidez

Para poder optar a una pensión de invalidez, es necesario cumplir con ciertos requisitos:

  • Grado de Invalidez: El requisito más importante es tener un grado de invalidez que cause una pérdida en la capacidad de trabajo igual o mayor al 50%. Este grado debe ser determinado por una de las Comisiones Médicas dependientes de la Superintendencia de Pensiones.
  • Afiliación: Estar afiliado a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y no encontrarse pensionado en este sistema.
  • Edad: Tener menos de 65 años de edad, tanto para hombres como para mujeres. En el caso de las mujeres, deben haber optado por seguir cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
  • Motivo de la Discapacidad: La incapacidad no debe ser a causa de un accidente o enfermedad laboral.

El Proceso de Solicitud y Evaluación de Invalidez

AFP: ¿Cómo Jubilar por Invalidez en Chile?

Inicio del Trámite

Para gestionar la pensión de invalidez, debes contactar a la AFP a la que estés afiliado o dirigirte a una oficina de ChileAtiende. No es un requisito disponer de exámenes médicos para iniciar el trámite de pensión de invalidez; solo se requiere el carnet de identidad. Puedes ingresar tu solicitud por videollamada o en sucursales.

Aunque no es obligatorio, si cuentas con antecedentes médicos (exámenes o informes de tu médico tratante), puedes presentarlos en la AFP al momento de firmar la solicitud de pensión de invalidez. Para agilizar el trámite, estos antecedentes también pueden enviarse directamente al correo electrónico de la Comisión Médica Regional correspondiente a tu domicilio.

Rol de la Comisión Médica Regional (CMR)

Una vez solicitada la pensión, la AFP requerirá la calificación de la Comisión Médica Regional (CMR). Es fundamental señalar que este organismo es totalmente independiente de la AFP. El proceso de evaluación y calificación de invalidez no tiene costo para las personas, salvo en el caso de solicitantes de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) a través del Instituto de Previsión Social (IPS), donde los exámenes serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan.

La CMR designará a un médico asesor y citará al solicitante a una entrevista preliminar, entregándole las órdenes para exámenes e interconsultas médicas. Posteriormente, la CMR evaluará los resultados y determinará si el impedimento es objetivo, demostrable, si se han agotado las terapias accesibles y si se ha cumplido el período de observación post tratamiento. El proceso no debería demorar más de 60 días.

Es importante tener presente que la declaración de invalidez por parte de una Comisión Médica no implica automáticamente la concesión de una pensión de invalidez a la persona.

Primer Dictamen y Reevaluación a los 3 Años

Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que puede otorgar una pensión de invalidez total o parcial. Si se determina invalidez parcial, se te entregará una pensión transitoria por hasta 3 años. Al transcurrir este periodo, la AFP citará a la persona afiliada a una reevaluación. En esta instancia, la Comisión Médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión transitoria y, en un nuevo dictamen, resolverá si confirma, modifica o rechaza la invalidez.

Si la persona con invalidez parcial considera que sus impedimentos han progresado, tiene derecho a solicitar otra reevaluación de su invalidez con el paso del tiempo.

Resolución Definitiva y Opciones de Pensión

Si la invalidez es aceptada de forma total o parcial y definitiva, la AFP entregará al pensionado el Certificado de Saldo. Con este certificado, la persona podrá ejercer el derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez, suscribiendo la Selección de Modalidad. Si tu Pensión es superior a la Básica Solidaria, puedes solicitar ofertas al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP).

En el caso de invalidez parcial sin cobertura del SIS, se recibirán pensiones mensuales de los ahorros de la cuenta individual. En 8 días hábiles, se recibirá un "Certificado de Ofertas" con los montos de Pensión, teniendo la opción de no aceptar ninguna.

Apelación del Dictamen

Las personas pueden presentar un reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro de un plazo de 15 días hábiles desde la notificación del dictamen. A su vez, la CMC debe pronunciarse en un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

Financiamiento de la Pensión: El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

El financiamiento de la pensión de invalidez depende de si el afiliado tiene derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Diagrama de flujo del financiamiento de pensiones de invalidez con y sin SIS

Cobertura del SIS

Tienen cobertura del SIS las personas afiliadas menores de 65 años (hombres y mujeres, estas últimas si optaron por seguir cotizando el SIS) que, como consecuencia de enfermedad o debilitamiento, sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo. También incluye al trabajador independiente o afiliado voluntario que haya cotizado en el mes calendario anterior al siniestro. Cuando se cuenta con cobertura del SIS, el costo de los exámenes e interconsultas es cubierto por este seguro.

Si se tiene cobertura del SIS, la pensión es pagada por la AFP, con cargo a la Compañía de Seguros que contrató para este fin. El SIS financia las pensiones transitorias por 3 años para quienes son calificados con "invalidez parcial transitoria".

Aporte del SIS en Invalidez Definitiva

Cuando se dictamina la invalidez definitiva (ya sea total o parcial), el SIS complementa los ahorros individuales con un aporte a tu cuenta, que es equivalente al capital necesario para financiar tus pensiones futuras. Si tu cobertura del SIS está en riesgo, es crucial hacer tu solicitud con urgencia.

Beneficios y Consideraciones Adicionales

Compatibilidad con el Trabajo

Si eres declarado inválido (ya sea parcial o total), no existe ningún inconveniente para continuar trabajando. Si eres pensionado por invalidez parcial transitoria y trabajas, cotizas como trabajador activo.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

Los titulares de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar, pero solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y cumplan los requisitos para ser causantes del sistema.

La pensión se recibirá hasta el último día del mes en que se cumplan 65 años. Para solicitar la PBSI, puedes hacerlo en el sitio web, por videoatención o en las sucursales ChileAtiende. No necesitas tener tu invalidez declarada ante una comisión médica para iniciar la solicitud de PBSI.

Tramitación desde el Extranjero

Es posible tramitar y recibir tu Pensión en el extranjero, siempre y cuando el país en el que residas tenga un Convenio Bilateral de Seguridad Social con Chile.

Contacto y Agilización del Trámite

Para resolver dudas, puedes llamar al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si estás en el extranjero). La Comisión Médica te contactará para informarte el día, la hora y el lugar de la evaluación. Para agilizar tu trámite, ten a mano el RUT y la fecha de nacimiento de tus beneficiarios, y si eres empleado público, el certificado que lo acredite.

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