La situación del Servicio Nacional de Menores (Sename) en Chile ha sido objeto de profundas investigaciones y un intenso debate público, que ha cobrado especial visibilidad a través de medios como "El Mercurio". Esta crisis sistémica ha puesto en evidencia las graves vulneraciones de derechos que enfrentan miles de niños, niñas y adolescentes bajo la tutela del Estado.
Diagnóstico y Cifras Alarmantes
La problemática del Sename se extiende por décadas, afectando a jóvenes como Luis Valencia, quien pasó dos tercios de su vida bajo los cuidados del servicio. Ingresó por protección antes de los cinco años y salió justo antes de los 18, transformado en un infractor de ley tras ser liberado de un régimen de Internación Provisoria. El sacerdote Nicolás Vial, presidente de la Fundación Paternitas, con más de treinta años dedicados a la reinserción de niños con pasado delictual, según consigna "El Mercurio", cree que el sistema no ha estado a la altura de las necesidades de quienes buscan ayuda.
Un estudio de la Fundación San Carlos de Maipo, que combate la pobreza y la delincuencia desde la infancia, reveló cifras preocupantes: uno de cada dos reos de la población penal adulta pasó por un centro de menores. Además, la investigación concluye que más del 50% de los jóvenes egresados de algún centro por responsabilidad penal juvenil reincidirá antes de los 24 meses. El sacerdote Vial asegura que esta cifra es perceptible a simple vista: "No necesito tener un estudio para creer que perfectamente uno de cada dos presos pasó por Sename, y más (...) Es realmente penoso".
Para Marcelo Sánchez, director de la Fundación San Carlos, esta investigación demuestra el "fracaso de las políticas públicas". Afirma que el problema se agrava porque los jóvenes que transitan por estos centros son propensos a desarrollar conductas delictuales o conflictivas que, de no haber entrado, posiblemente no habrían desarrollado. Sánchez concluye que "El Sename, sin la intervención terapéutica adecuada, lo que hace es catalizar estas conductas disruptivas. O sea, corrompe más que sana. En el mejor de los casos, no hace nada".

El Caso Luis Valencia: Un Testimonio de la Fallida Protección
La historia de Luis Valencia es un claro ejemplo de esta realidad. Tras la separación de sus padres, fue enviado a un hogar del Sename y derivado a diversas familias guardadoras, pero ninguna pudo contenerlo. A los 9 años, comenzó su vida delictual robando en supermercados, y a los 12, ya recorría las calles de Santiago con pistola en mano.
A los 14 años, fue detenido por robar un millón de pesos en una sucursal de "Sencillito". En esa ocasión, calificaba dentro de la edad punible por la Ley 20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente y fue derivado a un sistema de supervisión de régimen semicerrado. A los 16, asaltó una joyería junto a su hermano y fue sorprendido, lo que le costó ser enviado a un Centro de Internación Provisoria (CIP) mientras se investigaba su causa. Su hermano, en tanto, fue a cumplir tres años de pena efectiva en un recinto penal del sistema adulto.
Hace poco más de un año, Luis cometió su último delito, pero fue detenido sin que llegara la denuncia de la víctima, y sin esta, faltaron pruebas para imputarlo. Días antes, la Fundación "Proyecto B", que busca reinsertar laboralmente a jóvenes infractores de ley, se había propuesto encontrarle trabajo y lo consiguió.

Falta de Tratamiento Especializado y Vacío Legal
Marcelo Sánchez es crítico de la falta de tratamiento especializado: "El sistema está al debe con los niños menores de 14 años. Al año, cerca de 5.000 menores son devueltos por los tribunales a sus familias por ser inimputables. Muchos ni siquiera son pasados por tribunales. Esto principalmente porque para ellos no hay una oferta técnica especializada, como sí la hay para los mayores de 14 con la terapia multisistémica".
Lo anterior se debe a que la Ley 20.084 no define sanciones ni procedimientos para los niños entre 8 y 14 años que hayan cometido ilícitos penales. Son inimputables, pero igual son enviados a centros del Sename inicialmente previstos para niños con vulneración de derechos.
La presidenta de la Asociación Nacional de Funcionarios del Sename, Alicia del Basto, señala que "un niño al que sus padres lo han abandonado convive con nombres como el "Cisarro" y todos esos chicos que han sido de conmoción pública". El último estudio elaborado por el Sename para determinar el número de niños como Luis -que egresaron de protección para ser reingresados al sistema bajo alguna medida de justicia juvenil- data del año 2012. Este indica que de los 20.111 que ingresaron por estar vulnerados en sus derechos y que egresaron ese año, 1.600 reingresaron al sistema, pero ahora por ser infractores de ley. De ellos, el mayor porcentaje había ingresado a protección inicialmente no por haber delinquido, sino por encontrarse en situación de calle o de trabajo infantil. Alarmantemente, el 77% de ellos comenzó a desarrollar dentro del sistema conductas que antes no desplegaba.
Investigaciones por Fallecimientos y Maltratos
Los resultados preliminares de una investigación sobre 250 muertes en el Servicio Nacional de Menores arrojaron que en cerca del 70% de estos casos los decesos correspondieron a terceras personas. El informe de la Policía de Investigaciones (PDI) sobre dicho organismo, revelado en su momento, fue encargado por el fiscal a cargo del caso Sename, Marcos Emilfork, quien pidió indagar los hechos tras las muertes de 1.313 menores en centros dependientes o colaboradores del servicio durante los últimos diez años.
En la primera etapa investigativa, la Jefatura Nacional de Delitos Contra la Familia (Jenafam) de la PDI tomó 258 casos, escogidos por distintos elementos como fecha de prescripción, causa de fallecimiento dada en un principio por el SML y situación territorial. También se reporta que, de un total de 180 casos, 78 han sido sobreseídos y 54 aparecen, todavía, en etapa indagatoria. Otro aspecto preocupante es que, en 40 casos, se demoraron más de un mes en dar inicio al sumario respectivo. Desde la institución, se señaló que establecieron "un plan para acelerar los procesos de cierre". La apertura de sumarios ha ido aumentando en los últimos años, con 48 en 2016, 45 en 2015 y 41 en 2014. Entre las medidas de corto plazo, se priorizó la gestión de procesos sumariales pendientes de los años 2008, 2009, 2010 y 2011.
Debate sobre la Privación de Libertad en Centros Cread
En relación a los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (Cread), la abogada de los imputados, la defensora penal pública Alejandra Lobos, argumentó que "en ningún caso hay una privación de libertad", y que "un porcentaje inmenso de niños que se van del centro, vuelven; todas las declaraciones hablan de que la cuidadora los llevaba a la plaza, a la feria y salían de paseo".
Ante este escenario, la abogada María Elena Santibáñez, académica de la UC, señala que, "efectivamente, los menores están en un nivel de encierro cuando se trata de medidas proteccionales. El régimen actual, que establece que bajo la misma institución se trate a las personas que están privadas de libertad a título proteccional y a título de responsabilidad juvenil, es insostenible y hace que justamente estos menores que están a título de protección vean vulnerados sus derechos en mayor medida a que si existieran sistemas paralelos".
Volviendo al caso de Lissette, el fiscal Emilfork solicitó diligencias para que se analice la infraestructura del Cread Galvarino (como los muros o la seguridad existente), para acreditar que sí se estaría frente a un centro donde los menores no pueden disponer de su libertad. El abogado Claudio Fierro, jefe de la Unidad de Corte de Defensoría Penal Pública, dice que "este elemento es sin duda uno de los principales desafíos que deberá enfrentar el Ministerio Público", pues -según advirtió- "independientemente de lo que se puede creer, la legislación es clara: cuando se habla de unidades de protección infantil, la ley no alude a privación de libertad".
Acusaciones de Apremios Ilegítimos y Tortura
Otro de los desafíos del Ministerio Público será acreditar que, efectivamente, se realizaron apremios a los menores. En el caso del Cread Pudahuel, Bufadel imputó que hubo "vejámenes como insultos, malos tratos psicológicos y castigos físicos" o "hacerlo comer sus alimentos vomitados y golpes en manos y rostro". La jueza del Primer Juzgado de Garantía, Francisca Zapata, estableció: "No encuentro ningún otro testigo que, en definitiva, pueda por sí mismo decir algo más que repetir lo que ya se dijo".
Luis Torres, querellante del caso y jefe subrogante de la unidad jurídico-judicial del Instituto Nacional Derechos Humanos (INDH), señaló que en este caso, "el tribunal se equivocó". Explicó que "cuando un empleado público genera graves sufrimientos físicos o psicológicos -cualquiera sea la finalidad-, eso es tortura de acuerdo con el derecho internacional, y así va a ser trabajado por el Instituto. No va a haber otra lectura".

Reacciones Oficiales y Acusaciones Políticas
La crisis del Sename ha generado fuertes reacciones en el ámbito político. Una dura crítica a la politización de esta crisis en desmedro de la realidad de miles de niños y jóvenes vulnerados fue formulada por Carolina Corthorn, Xavier Oriol y Juan Carlos Oyanedel, académicos del Núcleo de Investigación en Educación de la UNAB, junto a otros académicos de la Universidad de Chile y destacadas personalidades como Benito Baranda y el jesuita Felipe Berríos. Esta crítica se plasmó en la columna "Chile sangra por la herida del Sename", publicada el domingo 9 de julio en El Mercurio, donde se exigía acción urgente y se lamentaba que el tema no fuera prioritario, quedando "en medio de un torbellino político donde los niños vulnerados en su integridad física y psíquica parecen estar olvidados".
En una conferencia de prensa, el subsecretario de Justicia, Juan José Ossa, acompañado por la directora nacional del Sename, Susana Tonda, se refirió a la petición de renuncia que el parlamentario Saffirio realizó al Ministro de Justicia y DDHH y al Fiscal Nacional. Ossa abordó las acusaciones de que el Ministro habría ocultado un informe de la PDI sobre la situación del Sename y los fallecimientos de niños, niñas y adolescentes entre enero de 2005 y julio de 2016.
El subsecretario refutó las acusaciones, señalando que:
- El informe de la PDI mencionado por el diputado "jamás ha sido entregado a nuestro Ministerio ni al Sename", por lo que es "falso su ocultamiento".
- La PDI y el Ministerio Público confirmaron públicamente que dicha información no había sido recibida por el Ministerio y que pretendían entregarla en los próximos días como insumo para futuras políticas públicas.
- El Sename, "justamente porque nada oculta", publica en su página web los fallecimientos y los informa mensualmente a seis comisiones del Congreso, al igual que el Ministerio cada tres meses.
- Aunque "es válido que nuestro trabajo pueda ser criticado de buena fe", no es aceptable que, "abusando del fuero parlamentario, se hagan este tipo de acusaciones, que solo dan cuenta de irresponsabilidad y uso político de la infancia".
- El diputado "pareciera que confunde el informe que preparó la PDI y que, como dijimos, no nos ha sido entregado, con otra información que sí nos entregó el Fiscal Emilfork en junio del año pasado", la cual se refería a niños, niñas y adultos en riesgo de salud (algunos con enfermedades irrecuperables) para que se tomaran medidas. Dicha información fue remitida a diversas instituciones.
- Aun cuando se trata de un periodo de fallecimientos ocurridos con anterioridad al gobierno y la actual administración del Sename, la imputación sobre tráfico de órganos es "delirante". Ossa instó al diputado a presentar los antecedentes a la justicia si los tuviera, de lo contrario, "significará que, o bien ha faltado a la verdad o es él quien oculta información".
Rol del Congreso y Desafíos Legislativos
La agenda de protección de la infancia impulsada por el Gobierno ha promovido la aprobación de un breve proyecto de ley que trata sobre el aumento de la subvención a los organismos colaboradores del Sename, en consideración al cierre de varios de ellos por falta de financiamiento. Estos organismos son hogares privados que acogen aproximadamente al 90% de los niños, niñas y adolescentes (NNA) que necesitan protección estatal. El proyecto en trámite busca aumentar dicho subsidio e incrementar las facultades e instrumentos de fiscalización del Sename. Actualmente, el subsidio cubre entre un 35% y un 40% del costo total necesario para la subsistencia de estos niños y niñas; el resto proviene de donaciones.
Desde el punto de vista jurídico, la aprobación de esta ley es expresión de las facultades legislativas que el Congreso dispone para regular la vulneración de derechos de los NNA. La Carta Fundamental establece en su artículo 52, como atribución exclusiva de la Cámara de Diputados, "fiscalizar los actos del Gobierno". Para ello, la Cámara puede adoptar acuerdos, sugerir observaciones, solicitar antecedentes e informes, citar a ministros y crear comisiones especiales investigadoras. Si bien la Cámara no puede fiscalizar directamente a los organismos colaboradores, sí puede hacerlo respecto del Poder Ejecutivo y del cumplimiento de la legislación vigente.
Sin embargo, "queda la sensación pública de que estas potestades de control se han venido utilizando en los últimos años para investigar responsabilidades individuales y no para identificar aquello que debe ser corregido para la efectiva protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes". La Cámara de Diputados ha constituido dos comisiones de investigación por Sename (2014 y 2017), pero sus informes no se han traducido en una mejor tutela de los derechos. Existe abundante información de diversas entidades nacionales e internacionales (Comité de los Derechos del Niño, Unicef, Poder Judicial, INDH, Consejo Nacional de la Infancia, entre otros) que han estudiado la situación en los últimos ocho años, incluyendo informes y resoluciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
En relación a la función legislativa, los parlamentarios están facultados para intervenir en las materias presupuestarias del servicio y sus organismos colaboradores. Si el gasto no es prioritario o no atiende de modo efectivo a los niños, puede rechazarse el aumento de subvención. La función legislativa no se agota en lo presupuestario; la tutela de los derechos de los NNA es materia de reserva de ley, y la ley debe fijar los estándares de cuidado y supervisión en las residencias públicas y privadas, así como los mecanismos para asegurar su vigencia efectiva. La reforma en trámite refuerza las facultades de fiscalización del Sename, pero es solo el inicio de cambios que hoy comienzan a discutirse con evidente retraso.

Propuestas de Solución y Llamado Urgente
Pese a todas las denuncias, investigaciones y declaraciones, aún no parece haber una acción decidida y coordinada para superar la crisis, ni resultados concretos en la vida de los niños. Académicos han señalado que es "lamentable constatar que no se haya puesto este tema como prioritario y urgente", y se ha hablado de maltrato y violencia en un contexto donde los niños deberían estar protegidos. Todas las investigaciones de la Fiscalía, la Cámara de Diputados y el INDH, entre otras, deben ser realizadas.
Es ineludible llamar a la autoridad administrativa para que realice de modo urgente un esfuerzo para prevenir y erradicar toda forma de violencia en estas residencias. Se propone:
- Formar y especializar a los educadores de trato directo en temáticas como apego, salud mental, desarrollo socioemocional y resiliencia.
- Redefinir el perfil del educador de trato directo.
- Normalizar la vida cotidiana de los niños y adolescentes abriendo las residencias a la comunidad y fomentando su participación.
Junto con estas medidas a corto plazo, es necesario avanzar rápidamente en consensuar iniciativas legales que permitan una atención integral que supere los sistemas asistencialistas. Se propone nombrar un ministro coordinador que implemente esta agenda, apoyando al Sename con recursos financieros y técnicos, y creando un fondo transitorio para enfrentar esta "verdadera emergencia nacional".
Contexto Internacional y Deber del Estado
El principal objetivo en esta materia es no perder de vista el bien jurídico protegido: la vida, la integridad física y la integridad psíquica de los niños, niñas y adolescentes que viven en los hogares estatales y privados. Las obligaciones del Estado de Chile en cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño exigen esta regulación.
El Estado y todos sus poderes han recibido el mandato expreso de la Constitución de servir a la persona humana. Existiendo intereses prioritarios como este, amparados por las garantías constitucionales más elementales, y de seres humanos que necesariamente deben actuar representados en lo jurídico y político, es deber de quienes tienen el Poder Legislativo actuar con mirada de Estado y ofrecer una protección efectiva a los niños, niñas y adolescentes vulnerados de nuestra nación.
* Alan Bronfman Vargas y María Trinidad de la Maza Ovalle son abogados de la UC de Valparaíso y la U. de los Andes, respectivamente.
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