La capacidad de las personas mayores de edad para firmar documentos legales es un tema crucial que involucra aspectos de autonomía, protección legal y derechos humanos. A menudo, este proceso se ve rodeado de complejidades y requisitos adicionales que buscan salvaguardar los intereses de los adultos mayores, pero que también pueden generar situaciones de discriminación y obstáculos innecesarios.
Tipos de Poderes y su Implicancia
Es común que las personas mayores otorguen un poder de carácter general. Este tipo de poder es muy amplio y, habitualmente, excede las facultades que el adulto mayor desea o pretende delegar. El poder general, por su naturaleza, confiere amplias facultades tanto de acción como de disposición de bienes. Esto significa que la persona a quien se le delegan las facultades puede realizar un gran número de gestiones en nombre del adulto mayor, muchas de las cuales pueden ser incluso desconocidas por el mandante.
Por otro lado, algunas instituciones, como bancos, cementerios o instituciones financieras, suelen exigir poderes “tipo” o plantillas que ellas mismas proveen a los poderdantes. En estos casos, la recomendación es comunicarse directamente con la institución para requerir el documento y luego acudir a una Notaría para la firma.
Es fundamental recordar que cualquier poder, ya sea general o especial, siempre podrá ser revocado por el mandante (adulto mayor) en el momento que estime conveniente, lo que garantiza su autonomía y control sobre sus bienes y decisiones.
La Exigencia de Certificados Médicos: Un Punto de Controversia
El Problema de la Discriminación
Muchas notarías exigen al adulto mayor un certificado médico en el cual un facultativo declare que la persona se encuentra en su sano juicio para otorgar un mandato. Sin embargo, esta práctica genera un debate importante, ya que puede ir en contra de la Ley Número 20.609 de no discriminación (Ley Zamudio), la cual prohíbe la discriminación arbitraria basada en motivos como la edad, entre otros.
La arbitrariedad de esta exigencia es criticada, pues la ley establece que toda persona es lúcida hasta que se demuestre lo contrario, y cuestiona la potestad del notario para presumir la falta de lucidez basándose únicamente en la edad. La demanda de este certificado, especialmente a partir de una edad específica como los 75 años, es vista como discriminatoria, prejuiciosa, ofensiva, arbitraria e ilegal.
Algunos argumentan que la exigencia de un certificado médico a personas mayores de 80 años, extendido por un especialista como un geriatra, neurólogo o psiquiatra, no solo es una práctica sin respaldo legal, sino que también atenta contra la autonomía de la voluntad, una garantía constitucional, a menos que una sentencia judicial declare lo contrario, es decir, mediante una declaración de interdicción oficiada por un juez competente. Se considera grave que un notario intente reemplazar la función de un tribunal, afectando la estabilidad y certidumbre del sistema jurídico.

La Ley 21.331 y la Protección de la Salud Mental
La Ley 21.331 del 11/05/2021 fue creada para proteger los derechos a la salud mental de las personas. En este contexto, la solicitud del certificado de lucidez podría considerarse útil para proteger a las personas de inescrupulosos, especialmente en casos de compraventa de bienes y herencias. Sin embargo, se plantea que, en justicia, este certificado no debería tener costo alguno para el interesado, ni por parte de los médicos (privados o públicos), ni por parte de las notarías. Además, debería tener una validez permanente, similar a la validación gratuita del certificado de supervivencia.
A pesar de esto, se observa que los notarios, en ocasiones, cobran erróneamente por este documento. Se hace un llamado a los parlamentarios para revisar y modificar la ley en este aspecto y fiscalizar la actuación de las notarías.
La Perspectiva de Protección frente a la Discriminación
Existe una preocupación legítima por la vulnerabilidad de algunos adultos mayores ante personas inescrupulosas, incluyendo amigos, parientes, hijos y cónyuges. Se han presenciado casos en los que personas mayores son llevadas a notarías sin comprender el acto legal que van a realizar, como en el caso de un abuelo que creía ir a firmar una declaración jurada cuando en realidad se trataba de un mandato general.
La no solicitud de un certificado de un neurólogo u otro profesional competente podría, en algunas circunstancias, dejar a muchas personas de edad en una situación de desamparo. Las medidas en el código legal buscan proteger a los incapaces de eventuales estafas, lo que hace parecer indispensable que una persona de edad avanzada cuente con este seguro ante posibles manipulaciones.
Aunque la exigencia de un certificado de lucidez puede ser ofensiva para muchos, existen situaciones donde la pérdida cognitiva es severa, como en casos de Alzheimer o post accidentes cerebrovasculares, donde la preocupación por el malgasto de bienes o la toma de decisiones absurdas es real y justificada.
Derechos de las personas mayores
Impacto de la Tecnología en la Vida de los Adultos Mayores
Un aspecto importante que afecta la autonomía de las personas mayores en la actualidad es la brecha digital. La constante demanda de claves, registros y la realización de trámites a través de celulares y aplicaciones, representa una situación de desigualdad. Muchos adultos mayores no manejan estos nuevos sistemas, lo que les lleva a cometer errores, bloquear tarjetas y perder tiempo en gestiones que antes eran sencillas.
Esta situación les impide realizar compras o acceder a servicios básicos, lo que se percibe como una forma de discriminación, dejándolos "fuera de parte importante de lo que hasta un tiempo atrás era nuestro hábito".
Anulación de Actos Jurídicos
Surge la pregunta sobre la posibilidad de anular matrimonios u otros actos jurídicos donde una persona mayor, por ejemplo, de 89 años, se casó sin certificado médico o psiquiátrico de salud mental. La discusión también abarca si existe algún pronunciamiento de la Contraloría u otra institución que declare ilegal o avale la exigencia de dicho certificado para estos casos.
De igual manera, se ha observado la firma de escrituras de compraventa con cláusulas absurdas sobre el pago del precio, donde se menciona haber recibido la totalidad del precio y, a continuación, solo un pie (saldo). Esto evidencia dificultades de comprensión que podrían ser motivo de anulación de un acto.

El Rol del Notario y la Verificación de la Lucidez
Se debate sobre el verdadero trabajo del notario si no es capaz de certificar un acto. Se propone que, en lugar de exigir un certificado arbitrariamente, el notario debería levantarse de su asiento y, mediante preguntas sencillas, determinar si la persona se encuentra lúcida o, como autoridad, determinar la necesidad de un examen que dé legalidad al proceder de esa persona. De esta manera, se evitaría la posibilidad de que un médico (real o falso) otorgue un certificado por "módicos pesos" en caso de engaño.
La postura de algunos notarios de exigir un certificado médico a partir de cierta edad, sin una base legal clara, es vista como una muestra más del rol "abusivo" y cuestionable de algunos notarios, quienes, según algunos, "solo sirven para llenarles los bolsillos con dinero y medidas burocráticas que solo a ellos favorecen".
Es importante destacar que en algunas notarías, por ejemplo, en Arica o Iquique, no se exige ningún papel adicional para acreditar la lucidez y el poder puede tener un costo de 30 mil pesos, lo que sugiere que la práctica varía según el notario.
Firma Digital y Notaría Virtual como Alternativas
En el contexto actual, la firma digital de documentos notariales y la notaría virtual se presentan como soluciones que pueden optimizar el tiempo y facilitar los trámites legales para todos, incluyendo a las personas mayores. Plataformas intuitivas permiten firmar documentos legales desde cualquier dispositivo, sin desplazamientos ni esperas innecesarias, con procesos 100% legales y certificados.
La gestión inmobiliaria digital certificada, el acceso a documentos notariales online con validez legal las 24 horas y el respaldo digital permanente son algunos de los beneficios. Además, se garantiza la seguridad de los trámites notariales mediante tecnología blockchain, certificados SSL avanzados y verificación biométrica, lo que protege los datos y documentos. La notaría virtual, con gestión multi-participante y soporte legal especializado, permite realizar cualquier trámite notarial sin salir de casa, coordinando fácilmente con todos los participantes.