Panorama Actual de la Deuda de Pensiones de Alimentos
Las cifras en Chile siguen evidenciando la magnitud del abandono parental, incluso a más de dos años de la entrada en vigencia de la Ley que creó el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
Según datos del Registro Civil e Identificación, a febrero de 2025 el número de deudores supera los 238 mil a nivel nacional. Solo en la Región Metropolitana, esta cifra asciende a 82.526 deudores, un número que el seremi de Justicia y Derechos Humanos, Jaime Fuentes, calificó como innegablemente alto. Fuentes recordó que los pagos de pensiones no son una obligación del padre para con la madre, sino un beneficio directo para los propios hijos.
De acuerdo con información del Registro Civil, actualmente existen 238.724 deudores vigentes, de los cuales un 96% son hombres. De este total, 24 mil cuentan con más de una causa de deuda.
El Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género reporta que el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA) suma 331.787 deudas inscritas desde su creación en noviembre de 2022. De estas, 295.263 son deudores vigentes, con una distribución de 95,3% hombres y 4,7% mujeres.
La Región Metropolitana (RM) concentra la mayor cantidad de deudores con 117.128, seguida por Valparaíso con 31.048 y Biobío con 25.146. Las regiones con menor cantidad son Aysén (1.020), Magallanes (2.586) y Arica y Parinacota (4.265).
Actualmente, se estima que más de 270 mil inscritos tienen deuda vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias, afectando a más de 385 mil niños, niñas y jóvenes con derecho a recibir una pensión para su manutención. Un 96% de estos deudores son hombres.

La Nueva Institucionalidad para el Cobro de Pensiones
La institucionalidad para el pago efectivo de las pensiones alimenticias ha experimentado avances significativos a lo largo de los últimos años en Chile. Este cambio ha sido impulsado por dos pilares legislativos fundamentales.
Ley 21.389: Creación del Registro de Deudores
El primer pilar se instaló con la Ley 21.389, que creó el Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias (RNDPA). Esta ley permitió activar sanciones administrativas para quienes mantenían morosidad. Por ejemplo, se estableció la retención de la devolución de impuestos, restricciones para obtener licencia de conducir o pasaporte, y limitaciones para acceder a créditos desde las 50 UF. Ese mecanismo marcó un punto de inflexión al transparentar la deuda y presionar a quienes evitaban cumplir con sus obligaciones.
Para entrar al RNDPA, es necesario que exista una causa judicial de pensión de alimentos y que el deudor deba al menos tres períodos consecutivos, o cinco discontinuos de pensión, momento en que el Tribunal de Familia lo inscribe automáticamente en el registro.
Ley 21.484: Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo
El segundo paso, calificado como decisivo por el gobierno, llegó con la Ley 21.484, vigente desde mayo de 2023. Esta normativa permite a los tribunales buscar fondos directamente en cuentas bancarias, instrumentos financieros y fondos previsionales obligatorios del deudor. Así, si existe una mensualidad impaga, se activa la búsqueda en cuentas bancarias. Y si la deuda alcanza tres mensualidades, continuas o discontinuas, puede incluso ordenarse el pago con cargo a los fondos previsionales obligatorios, siempre que no existan otros recursos disponibles. Todo esto se realiza de oficio, sin necesidad de nuevas gestiones por parte de la persona demandante.
El representante legal de los hijos a quienes se les adeude la pensión de alimentos, deberá solicitar al tribunal correspondiente que se inicie el procedimiento especial que permite retener los fondos que la persona deudora tenga en sus cuentas bancarias u otros instrumentos financieros y/o de inversión. Recibidos los oficios de las instituciones, el tribunal dictará la resolución que ordena el pago de la deuda con los fondos existentes, ordenándose a las instituciones bancarias y/o financieras retener los fondos del deudor. Del mismo modo, por medio del Sistema Informático del Tribunal se revisará si existen otras niñas, niños y/o adolescentes con quienes el deudor mantenga deuda de pensión de alimentos.
Nueva ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos N°21.484, Chile
Impacto y Resultados de la Legislación
A tres años de la puesta en marcha de la nueva institucionalidad, las cifras muestran un cambio significativo en el comportamiento de los deudores y en la efectividad de los cobros.
En los 15 meses de aplicación de la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos, se han pagado liquidaciones por un total de $486.715 millones con cargo a los fondos previsionales de las personas deudoras. Según datos de las administradoras de fondos de pensiones, el 89% de estos pagos proviene de las Cuentas de Capitalización Individual de Cotizaciones Obligatorias (CCICO) de los deudores.
Desde la promulgación de la Ley de Pago Efectivo, las personas pueden salir del Registro de Deudores de Pensiones Alimenticias pagando lo adeudado o llegando a un acuerdo de pago. A la fecha, más de 87.700 morosos han salido del Registro Nacional de Deudores por estas razones. De las 331.787 deudas inscritas desde noviembre de 2022, 226.680 fueron pagadas o llegaron a acuerdo, lo que eleva la tasa de puesta al día al 68,32%; en la práctica, siete de cada diez deudores han regularizado su obligación. Gracias a estos avances, más del 53% de los deudores que han ingresado al registro han pagado sus deudas o han llegado a un acuerdo de pago ante tribunales.
La ministra Antonia Orellana explica que, gracias a estos avances, hoy existe una mayor expectativa de pago y, por lo tanto, una mayor judicialización, lo que ha generado un gran desafío al sistema. Un monto equivalente a más de 52 teletones han ordenado pagar los tribunales a más de 282 mil familias, gracias a esta ley. A mayo de 2025, los tribunales de familia han ordenado pagar un total de $2.496.135.793.791. Hasta el 27 de septiembre de 2025, los Tribunales de Familia han ordenado el pago de $2.975 billones a través de la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo, beneficiando a más de 322 mil familias.
La autoridad destacó que ya se han realizado 186.509 liquidaciones de deudas. Sin embargo, entre los datos que más preocupan está la reincidencia del 26,33%, equivalente a más de 80 mil personas, que volvieron al registro tras pagar y luego reincidir en morosidad.

Fortalecimiento y Coordinación Institucional
La eficacia de estas leyes ha requerido un fortalecimiento y una mayor coordinación entre diversas instituciones del Estado.
En los primeros meses de aplicación de la ley, se detectó que parte del sistema financiero no consultaba adecuadamente el Registro, a pesar de que la ley lo exigía. Esto llevó a una modificación aprobada en diciembre de 2022, que otorgó facultades de supervisión y sanción a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Desde marzo de 2023, la CMF fiscaliza directamente el cumplimiento de estas obligaciones, lo que ha reforzado el funcionamiento del registro.
Actualmente, 2.121 instituciones se encuentran enroladas en el sistema electrónico para consultar el Registro de Pensiones de Alimentos, administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificaciones. Este sistema es remoto, gratuito e inmediato, y está disponible para organizaciones con obligación legal de consultarlo, como tribunales, bancos, notarías, municipalidades y otras instituciones públicas y privadas.
Una de las medidas implementadas para mejorar la coordinación y la interoperabilidad del Estado es conectar el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos con el Registro Social de Hogares. Esto permite que, cuando las familias con niños y niñas no están recibiendo la pensión de alimentos, se vea reflejado en el Registro Social de Hogares y, eventualmente, se baje de tramo en la calificación socioeconómica, facilitando el acceso a beneficios.
Además, para facilitar el cumplimiento del pago, se ha informado un acuerdo con BancoEstado para que las cuentas a la vista, necesarias para el depósito de las pensiones de alimentos, sean creadas directamente en la audiencia y sin burocracia. Anteriormente, una vez fijada una pensión con carácter provisorio, se entregaba un oficio a la persona demandante de alimentos para que acudiera al banco y así generara la apertura de esta cuenta de ahorro a la vista. En cambio, ahora, una vez realizada la audiencia en donde se fija la pensión provisoria o la definitiva, el tribunal directamente oficia a BancoEstado y se genera este sistema por vía de interconexión.
El tribunal de familia es el encargado de realizar las gestiones para lograr el pago de la deuda, iniciando una investigación reservada del patrimonio activo del deudor. Esta labor de investigar en todas las instituciones bancarias, financieras, los fondos de las cuentas bancarias, las cuentas de ahorro, los instrumentos de inversión y financieros del deudor, es un desafío importante para obtener el pago.
Reflexiones sobre el Abandono Parental
Las autoridades han enfatizado la importancia de estas leyes para abordar un problema social arraigado en la sociedad.
La ministra Antonia Orellana ha sostenido que “hasta hace algunos años, la deuda de pensión de alimentos y la expresión 'papito corazón' eran vistas casi como una muestra de picardía, más que como lo que hoy reconocemos: una situación grave. El abandono parental no solo es reprochable, sino que constituye una falta con consecuencias profundas en el desarrollo de niños y niñas”. Agregó que “aunque el afecto y el cuidado no pueden imponerse por ley, sí existen responsabilidades mínimas, como el pago de la pensión de alimentos, que deben ser exigidas”.
Por su parte, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Jaime Gajardo, indicó que “lamentablemente, antes de la existencia de esta ley y de la implementación del Registro de Deudores, las mujeres se hacían cargo del cuidado y del pago de las necesidades de cada uno de sus hijos, a pesar de que los padres habían sido demandados o se había tratado de cobrar las pensiones”.
La ministra de Desarrollo Social y Familia, Javiera Toro, manifestó que “esta es una ley muy importante desde el punto de vista de la protección de niños, niñas y adolescentes”.
En el Ejecutivo sostienen que la combinación de ambas leyes logró instalar una institucionalidad más robusta, capaz de enfrentar la histórica morosidad en pensiones de alimentos. La ministra Orellana resume la situación afirmando que “desde la entrada en vigencia de la ley de responsabilidad parental en 2023 estamos viendo un incremento en la curva de pago de la deuda de quienes se encuentran en el registro de deudores”.