La Cámara de Diputados ha aprobado una crucial iniciativa legal que establece un marco para la extinción de pensiones de sobrevivencia en casos de delitos graves. Esta medida busca garantizar la coherencia del Estado en la protección de las víctimas y evitar que agresores se beneficien económicamente de las personas a quienes han dañado.
Aprobación Unánime de la Ley
La Sala de la Cámara de Diputados aprobó en tercer trámite constitucional el proyecto de ley que impide que personas condenadas por delitos graves accedan a la pensión de sobrevivencia de sus víctimas. La votación fue de manera unánime, contando con 147 votos a favor de los diputados presentes en la discusión. Inclusive, cuando la Mesa dio el paso al debate de la iniciativa, se cerró sin intervenciones de los parlamentarios, lo que subraya el amplio consenso. Anteriormente, también fue votado de manera unánime en el Senado, con 36 votos a favor.

Alcance y Definición de la Norma
El proyecto establece que, "para el caso de una persona condenada por delitos de violencia intrafamiliar (VIF), no podrá ser beneficiario de pensión de sobrevivencia de su víctima causante de la pensión". El texto precisa "que el juzgado de garantía o el tribunal de juicio oral en lo penal declare en la sentencia condenatoria la existencia del vínculo de parentesco con la víctima y que la condena recae sobre los delitos correspondientes".
La ministra de la Mujer y Equidad de Género, Judith Marín, afirmó: "No puede ser que quien ha cometido delitos de la mayor gravedad, como femicidio, violación o violencia intrafamiliar, pueda además acceder a beneficios económicos derivados de la persona agredida".
Respaldo Transversal y Justificación
La iniciativa obtuvo los 147 votos de los parlamentarios presentes, y el debate se cerró sin intervenciones, lo que refleja un consenso significativo. Durante la discusión en el Senado, se lamentó que, en lo que va de este año, se han consumado 10 femicidios y se registran 82 femicidios frustrados, más todas las denuncias en torno a VIF. La ministra Marín valoró la aprobación, destacando: "Estamos dando pasos importantes en acciones que permitan prevenir, atender y sancionar la violencia contra la mujer". Además, resaltó el respaldo transversal de la iniciativa, reflejando un consenso país en torno a la necesidad de avanzar en medidas concretas para enfrentar esta problemática. "Como Estado debemos ser coherentes en la protección de las víctimas", añadió.
Procedimiento de Extinción de la Pensión
La pensión se extinguirá a partir del día primero del mes siguiente a la fecha en que la sentencia condenatoria se encuentre firme y ejecutoriada. En este caso no se exigirá la devolución de los montos percibidos durante el periodo comprendido entre la fecha considerada para el devengamiento de la pensión y el último día del mes de recibida por parte del IPS la notificación de parte del SERNAMEG de la resolución fundada donde conste la extinción del beneficio.