En Chile, el proceso de jubilación implica la comprensión de diversos factores, desde la edad legal hasta las complejas fórmulas que determinan el monto final de la pensión. Este artículo explora la edad de jubilación, las posibilidades de adelantar o posponerla, y cómo las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) calculan las prestaciones, desmitificando algunas creencias comunes.

¿A qué edad se puede jubilar en Chile?
La edad legal para jubilarse en Chile es de 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres. Al llegar a esta edad, el afiliado tiene el derecho de solicitar su pensión. Sin embargo, no es obligatorio hacerlo; las personas pueden seguir trabajando y cotizando para acumular más ahorros y, consecuentemente, recibir una pensión más alta en el futuro.
Jubilación Anticipada: Requisitos y Consideraciones
La ley permite jubilarse antes de la edad legal si se poseen ahorros suficientes. Para acceder a la jubilación anticipada, se deben cumplir simultáneamente dos requisitos:
- Regla del 70%: La pensión estimada debe ser igual o mayor al 70% del sueldo imponible promedio de los últimos 10 años. Por ejemplo, si el sueldo promedio fue de $1.000.000, la pensión debe superar los $700.000 mensuales.
- Mínimo de 12 UF al mes: La pensión debe superar las 12 Unidades de Fomento (UF) mensuales (aproximadamente $462.000/mes, valor de referencia).
Si no se cumplen ambas condiciones, la persona deberá esperar hasta alcanzar la edad legal de jubilación.
Jubilarse anticipadamente puede ser una opción conveniente en ciertos escenarios:
- Cuando se tiene un ahorro suficientemente alto para cumplir los requisitos.
- Si el trabajo es físicamente exigente y la salud no permite continuar.
- Si se tiene acceso a ingresos alternativos, como Ahorro Previsional Voluntario (APV), Cuenta 2 o ahorros propios, que puedan complementar la pensión.
No obstante, en la mayoría de los casos, las personas que pueden jubilarse anticipadamente suelen beneficiarse de esperar uno o dos años más.
Jubilación Posterior a la Edad Legal: Beneficios
Jubilarse después de la edad legal es una de las decisiones más efectivas para mejorar el monto de la pensión. Cada año adicional de trabajo genera un doble efecto positivo:
- Acumulación de más dinero: Se continúa cotizando el 10% del sueldo cada mes, y ese dinero crece con la rentabilidad generada por la AFP.
- Menos años a financiar: Al jubilarse más tarde, el saldo acumulado debe distribuirse durante un período de tiempo menor, lo que se traduce en una pensión mensual más alta.
Por ejemplo, alguien que a los 65 años recibiría $600.000 mensuales podría recibir más de $750.000 mensuales si espera hasta los 67 años, lo que representa un incremento superior al 25%.

Factores Clave en el Cálculo de la Pensión
El monto final de la pensión se calcula de acuerdo a diversas variables, principalmente:
- Ahorro total de la persona afiliada.
- Años cotizados.
- Sueldo promedio.
- Tasa de reemplazo: un porcentaje determinado por el Gobierno que representa la proporción de los ingresos anteriores al retiro de la persona. La tasa actual es del 60%.
- Tablas de mortalidad: la expectativa de vida de las personas, elaborada por la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero, las cuales se actualizan cada 6 años.
- Modalidad de pensión: puede ser Retiro Programado o Renta Vitalicia.
Modalidades de Pensión y su Cálculo Específico
Todos los montos de pensión, ya sea por Retiro Programado o Renta Vitalicia, se calculan en UF.
Retiro Programado
Para esta modalidad, la pensión se calcula según:
- Los ahorros acumulados.
- El Capital Necesario Unitario (CNU), que se compone de factores como la composición del grupo familiar y sus edades, el sexo y el estado civil.
- Las tablas de mortalidad.
- La tasa de interés según la Superintendencia de Pensiones.
Para la modalidad de Retiro Programado, se realiza un recálculo todos los años en el mismo mes en que la persona se pensionó, manteniendo ese monto por los siguientes 12 meses. Dos meses antes, se comunica a los pensionados la aproximación de un recálculo por carta y correo electrónico, por lo que es importante mantener los datos de contacto actualizados.
Renta Vitalicia
Para la Renta Vitalicia, el cálculo se basa en:
- Los ahorros acumulados.
- El tipo de Renta Vitalicia, que puede ser: Renta Vitalicia Inmediata, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado, o Renta Vitalicia Variable.
- Las tablas de mortalidad, que calculan la esperanza de vida del afiliado y la de sus familiares con derecho a pensión.
- La tasa de interés según la Superintendencia de Pensiones.
Desmitificando el Cálculo de la Pensión: El Mito de los 110 Años
Existe una creencia extendida de que las pensiones en Chile se calculan asumiendo que todos vivirán hasta los 110 años. Sin embargo, esto es una simplificación de cómo funcionan las tablas de mortalidad.
Los cambios que trae la nueva tabla de mortalidad para el cálculo de pensiones
¿Qué son las Tablas de Mortalidad?
Las tablas de mortalidad son instrumentos estadísticos que permiten estimar, en promedio, cuántos años vivirán las personas según distintos factores. Estas tablas no indican que una persona vivirá hasta una edad específica, sino que se utilizan para calcular cómo distribuir el ahorro previsional a lo largo del tiempo. Las pensiones son calculadas año a año de acuerdo a la expectativa de vida de las personas según la Tabla de Mortalidad elaborada por la Superintendencia de Pensiones (SP) y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
El último registro de la Tabla de Mortalidad considera los 110 años como edad máxima de vida. Esta es la referencia para estimar la probabilidad, aunque sea reducida, de que personas de edades avanzadas sobrevivan hasta los 110 años. En los últimos 30 años, la expectativa de vida de los chilenos ha aumentado en 6,7 años para los hombres y en 8,7 para las mujeres.
Por lo tanto, el sistema no asume que todas las personas vivirán hasta los 110 años, sino que utiliza este límite superior para modelar las probabilidades de supervivencia y asegurar la sostenibilidad del pago de la pensión durante toda la vida del afiliado y sus beneficiarios.
Proceso de Solicitud de Pensión
Para pensionarse, la afiliada o el afiliado debe presentar en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) su cédula nacional de identidad y realizar la solicitud de pensión, junto a la declaración de beneficiarios. La AFP deberá calcular el saldo efectivo de la cuenta de capitalización individual y emitir el certificado de saldo dentro de los 10 días hábiles siguientes.
Si la persona decide pensionarse, puede preingresar su solicitud de Pensión a través de un formulario o por videollamada con la ayuda de un ejecutivo. Se solicitará el RUT, fecha de nacimiento, número de contacto y datos bancarios. Si la solicitud se ingresa en nombre del afiliado, esto debe indicarse en el formulario. En algunos casos, se puede requerir información adicional y un ejecutivo se pondrá en contacto. Se recibirá información sobre la solicitud en un plazo de 1 a 5 días hábiles.
Es importante recordar que no es obligatorio pensionarse al cumplir la edad legal. Los ahorros pueden seguir incrementándose en una Cuenta de Ahorro Voluntario (también llamada Cuenta 2), en una cuenta de ahorro previsional voluntario (APV) o mediante Depósitos Convenidos.
Para recibir ofertas de montos y modalidades de pensión de otras AFP y aseguradoras, los datos del afiliado deben estar en el listado público del SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión). Una vez recibidas, se podrán aceptar o rechazar las ofertas.
Una vez pensionado, se recibirá una Liquidación de Pensión cada mes, donde se detallará el saldo restante en la cuenta después de cada pago de pensión. La elección de cómo cobrar la pensión es del afiliado, sugiriéndose recibirla en una cuenta bancaria a su nombre para mayor comodidad y seguridad.
Otras Modalidades de Pensión y Beneficios
Pensión de Vejez Anticipada por Trabajo Pesado
Los trabajadores pueden solicitar una jubilación por invalidez, denominada pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que es un beneficio mensual y de por vida.
Pensión Anticipada para Enfermos Terminales
Durante un período transitorio, los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explícitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4 (cuidados paliativos en cáncer avanzado), así como un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado, pueden optar a la pensión anticipada para enfermos terminales. Este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la cual la persona está afiliada.
Pensión Garantizada Universal (PGU)
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio estatal al que pueden acceder personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión. Para ser beneficiario, se debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener 65 años o más, sin necesidad de estar pensionado.
- Pertenecer al 90% con menores ingresos del país. Para esto, es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH), estando en el 80% más vulnerable según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias.
- En caso de estar pensionado, la pensión autofinanciada debe ser menor a $789.139. Quienes tienen ingresos entre $789.139 y $1.252.602 tienen la posibilidad de acceder a una PGU de monto variable.
- Contar con una estimación de pensión autofinanciada menor a la pensión superior ($1 millón, aprox.).
La PGU se reajusta en febrero de cada año, según el IPC.
Mitos Comunes sobre las AFP y el Sistema de Pensiones en Chile
Aclaramos algunas afirmaciones erróneas sobre el sistema de pensiones y el rol de las AFP:
- Mito: Las AFP calculan tu pensión como quieren.
Falso. Las AFP no calculan tu pensión a su arbitrio; es la Superintendencia de Pensiones la que regula estrictamente el cálculo. - Mito: Las pensiones se calculan como si todos vivieran hasta los 110 años.
Falso. Se confunde la esperanza de vida promedio con la edad máxima considerada en las tablas de mortalidad (110 años) para financiar un mayor tiempo de sobrevida. El sistema no asume que todos vivirán hasta los 110 años, sino que esta es una referencia para estimar la probabilidad de supervivencia. - Mito: Las AFP se quedan con tus fondos.
Falso. Si te pensionaste en una AFP, tus ahorros se pagarán a tus beneficiarios como Pensión de Sobrevivencia. Si no tienes beneficiarios, se entregarán en un solo pago a tus herederos, y en último caso, si tampoco los tienes, se pagarán al Estado, como último heredero, según indica la ley. La AFP nunca se queda con tu dinero. - Mito: Las AFP son el único actor del sistema de pensiones.
Falso. Las AFP son un actor más de un sistema mixto en el que también participa el Estado administrando el Pilar Solidario del Sistema de Pensiones. El sistema de pensiones en Chile es mixto y desde 1981 cuenta con prestaciones solidarias administradas por el Estado, un Pilar Solidario que fue fortalecido en 2008 y reforzado en 2022 con la Pensión Garantizada Universal. - Mito: Las AFP solo invierten tus ahorros.
Falso. Las Administradoras, además de invertir, cuidar y hacer crecer tus ahorros, tienen múltiples tareas, como el pago de beneficios estatales o la recaudación de las cotizaciones previsionales obligatorias y voluntarias. - Mito: Las AFP invierten directamente en empresas y personas.
Falso. Las AFP no invierten en empresas ni en personas, sino en instrumentos financieros, que se eligen considerando su rentabilidad esperada en el futuro. - Mito: No puedes elegir tu AFP o cambiarte.
Falso. Tú tienes la libertad de afiliarte a la Administradora que prefieras y cambiarte cuando lo estimes necesario. Así, también, puedes escoger el tipo de fondo en el que quieres invertir tus ahorros para la pensión. - Mito: Las utilidades de las AFP provienen de los ahorros de los afiliados.
Falso. Las AFP están obligadas por ley a invertir parte de su patrimonio en los mismos fondos en que están los ahorros de los afiliados, por lo que, si la rentabilidad es negativa, su inversión también lo es. Las utilidades de las Administradoras no provienen, en ningún caso, del ahorro previsional de los afiliados. - Mito: Los ahorros previsionales no crecen a largo plazo.
Falso. En los últimos 22 años el ahorro previsional se ha multiplicado en torno a cinco veces. Las inversiones previsionales son de largo plazo, por lo que, pese a que hay períodos más complejos, la evidencia muestra que la rentabilidad siempre se ha recuperado con el tiempo. - Mito: El sistema de capitalización individual es único de Chile.
Falso. Así como Chile, hay varios países que tienen características similares, en los que los trabajadores realizan aportes a sus planes de ahorro individual y el Estado, mediante impuestos, financia las prestaciones del Pilar Solidario. La tendencia mundial y el envejecimiento de la población ha hecho que distintos países hayan pasado del sistema de reparto a modalidades mixtas o de capitalización para tener más ahorros para pagar pensiones.