En Chile, la pensión de alimentos es una obligación legal que tienen los padres de proveer a sus hijos con los recursos necesarios para su subsistencia. La rebaja de pensión de alimentos es un procedimiento legal que permite disminuir el monto de la pensión alimenticia que una persona debe pagar mensualmente. Esto se lleva a cabo cuando el alimentante no puede proporcionar el monto completo de los alimentos debido a un cambio en sus circunstancias financieras o las del alimentario. Sin embargo, las circunstancias económicas de los padres pueden cambiar con el tiempo, lo que puede dificultar el cumplimiento de esta obligación.
¿Qué es la Rebaja de Pensión de Alimentos y su Principio Fundamental?
Tal como señala el artículo 332 del Código Civil, la pensión de alimentos se debe otorgar en la medida que continúen las condiciones que dieron origen a su fijación. Según preceptúa este artículo, los alimentos que se deben por ley se entienden concedidos para toda la vida del alimentario, continuando las circunstancias que legitimaron la demanda.
Esta obligación está sujeta, pues, al principio rebus sic stantibus, es decir, el derecho sigue en vigencia mientras el estado de cosas existente en el momento en que se constituyó no sufra modificaciones esenciales (Antonio Vodanovic Haklika. Derecho de Alimentos. Cuarta Edición Actualizada. LexisNexis. 2005).
Es necesario tener presente que los montos de las pensiones alimenticias son variables en el tiempo, por distintas situaciones y nuevas circunstancias del alimentante o del alimentario. Para que la rebaja de pensión alimenticia proceda, se debe acreditar cómo han cambiado en el tiempo aquellas condiciones que sirvieron de base para que se fijaran los alimentos.
En materia de rebaja de la pensión alimenticia, al demandante le corresponde probar en el proceso que con posterioridad a la dictación de la sentencia respectiva variaron sus facultades económicas y/o sus circunstancias domésticas, y que por ello debe rebajarse la pensión fijada.
La Corte de Apelaciones de San Miguel (30 de marzo de 2001. Rol 1407-2000) ha señalado que: "Los alimentos que se deben por ley se entienden concedidos para toda la vida del alimentario; en caso de variación de las circunstancias económicas del alimentante que legitimaban la demanda de rebaja, corresponde al demandante acreditar la situación excepcional de haber variado sustancialmente las condiciones de quienes son parte en esa relación de alimentos, esto es, las facultades económicas y cargas que deben soportar."

Marco Legal de la Rebaja de Alimentos en Chile
En Chile, la ley permite solicitar una rebaja de la pensión de alimentos, encontrando su fundamento en el Código Civil y regulaciones específicas.
- La Ley N° 19.741 introdujo modificaciones importantes a la Ley N° 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias.
- Entre los cambios más relevantes de la Ley N° 19.741 se encuentra la modificación del artículo 1°, que establece que los juicios de alimentos serán conocidos por el juez de letras en lo civil del domicilio del alimentante o del alimentario, a elección de este último.
- También se modificó el artículo 2°, otorgando competencia al juez de letras de menores para conocer de los juicios de alimentos que se deban a menores, al cónyuge del alimentante cuando este los solicitare conjuntamente con sus hijos menores, o a parientes mayores y menores de edad que los reclamaren conjuntamente.
- Es importante destacar que la Ley 19.741 también modificó el artículo 147 del Código Orgánico de Tribunales, reiterando la competencia del juez del domicilio del alimentante o alimentario para conocer de las demandas de alimentos.
Adicionalmente, el 20 de mayo de 2023 entró en vigencia la Ley N° 21.484 sobre Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos, que impacta el procedimiento de rebaja a través del Registro Nacional de Deudores.
Requisitos Fundamentales para la Solicitud de Rebaja
Para solicitar una rebaja de la pensión de alimentos, el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:
Certificado de Mediación Frustrada
Se debe acreditar que se ha intentado llegar a un acuerdo a través de la mediación familiar sin éxito.
Cambio en la Capacidad Económica del Alimentante
Esto puede deberse a:
- Cesantía.
- Nuevo trabajo con menor salario.
- Nacimiento de otro hijo.
- Enfermedad que le impida trabajar.
- Aumento de gastos indispensables (tratamientos médicos, reparaciones del hogar, etc.).
Cambio en la Situación Económica del Alimentario
Esto puede deberse a que el alimentario:
- Tenga más de 21 años y no estudie.
- Esté trabajando.
- Reciba una herencia.
- Reciba algún tipo de renta.
Este cambio de las circunstancias toma en cuenta a ambas partes y las distintas variaciones en las necesidades del niño con el paso del tiempo. Por ejemplo, si los hijos están trabajando.
Ausencia en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos
A partir de mayo de 2023, el tribunal debe declarar inadmisibles las demandas de rebaja o cese de pensión de alimentos si el deudor se encuentra en este registro.
Las consecuencias de estar en este registro incluyen restricciones para obtener créditos, renovar la licencia de conducir, salir del país y la retención de parte de la devolución de impuestos.

Documentos Necesarios para Respaldar la Solicitud
Para respaldar la solicitud de rebaja de pensión de alimentos, se deben presentar documentos como:
- Declaración jurada de ingresos y gastos del alimentante.
- Estado patrimonial del alimentante.
- Declaración de circunstancias familiares del alimentante.
- Recibos de pago de alimentos anteriores.
- Certificado de nacimiento de nuevos hijos (si corresponde).
- Certificado médico que acredite una enfermedad grave (si corresponde).
Pasos del Procedimiento para la Rebaja de Alimentos
Si se cumplen los requisitos mencionados, el procedimiento para solicitar la rebaja de la pensión de alimentos en Chile se inicia con la mediación familiar. Solo si esta fracasa, se puede iniciar un juicio de rebaja de pensión.
¿Cómo solicitar una rebaja de pensión? | Carmen Gloria a tu servicio
Mediación Familiar Obligatoria
La solicitud para rebajar el monto que se paga por concepto de alimentos se puede realizar en primera instancia a través de una mediación. El primer paso que exige la ley es que ambos padres se sometan a una mediación, la cual es un trámite obligatorio en este procedimiento. Para solicitar una mediación, se debe agendar una hora en un Centro de Mediación.
- Acuerdo en mediación: Si las partes llegan a un acuerdo, se pone fin al problema y el mediador remitirá las bases del acuerdo al tribunal de familia para que dicte una nueva resolución que lo formalice. El acuerdo alcanzado en mediación tiene la misma validez que una sentencia judicial.
- Mediación frustrada: Si no se llega a un acuerdo, se emite un acta de mediación frustrada, necesaria para iniciar un juicio.
Acuerdo Extrajudicial (Transacción)
Si las dos partes están de acuerdo en la rebaja de pensión de alimentos, es posible suscribir un acuerdo extrajudicial. Este debe ser escriturado y firmado por ambos, autorizado ante Notario o el Jefe de la Corporación de Asistencia Judicial. Este acuerdo se denomina transacción. En todas estas situaciones, el documento suscrito deberá presentarse ante el Juzgado de Familia.
Juicio de Rebaja de Pensión
Si la mediación familiar no tiene éxito, se puede iniciar un juicio de rebaja de pensión. Para esto, se necesita el acta de mediación frustrada y el patrocinio de un abogado para que interponga la demanda ante el Tribunal de Familia. El juicio consta de las siguientes etapas:
- Presentación de la demanda: El abogado presenta la demanda ante el tribunal, incluyendo los documentos que acrediten el cambio de circunstancias.
- Rebaja provisoria: En la demanda, se puede solicitar una "rebaja provisoria" de la pensión de alimentos, que es una reducción temporal del monto mientras dure el juicio. El juez puede concederla si considera que existen antecedentes suficientes. Quien ha sido demandado siempre podrá oponerse a la rebaja provisoria.
- Audiencia preparatoria: En esta audiencia, se presentan los documentos y pruebas, y se intenta llegar a un acuerdo entre las partes con la ayuda de un consejero técnico. El consejero técnico es un profesional que facilita la comunicación y busca soluciones que beneficien a ambas partes, especialmente a los niños.
- Audiencia de juicio: Si no se llega a un acuerdo en la audiencia preparatoria, se procede a la audiencia de juicio, donde se presentan las pruebas y alegatos. Finalmente, el juez dicta sentencia.
- Apelación: La apelación debe contener el agravio que le produce a la parte, el rechazo y los fundamentos de derechos en que se apoya la apelación.
Plazos del Proceso de Rebaja
No existe un plazo determinado para solicitar la rebaja de la pensión de alimentos. Se puede solicitar en cualquier momento siempre y cuando se dé la circunstancia económica desfavorable que la justifique. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el proceso judicial puede tomar tiempo. En promedio, una demanda por rebaja de pensión alimenticia suele durar entre 4 a 8 meses.
La Asistencia Legal Profesional
Solamente en la etapa de la mediación se puede prescindir de un abogado. Para las etapas judiciales posteriores, la asistencia legal es fundamental para navegar este proceso de manera efectiva y asegurar el mejor resultado posible.
Sanciones por Incumplimiento de la Pensión de Alimentos
Es importante destacar que el incumplimiento del pago de la pensión de alimentos puede acarrear sanciones, como:
- Retención de parte del sueldo del alimentante.
- Suspensión de la licencia de conducir.
- Arresto nocturno o arresto completo.
- Inclusión en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.