Trámites y Opciones para Acceder a una Pensión en Chile

El acceso a una pensión es un derecho fundamental para todas las personas al alcanzar la edad de jubilación. Este beneficio económico, que depende de los ahorros acumulados en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o de otros sistemas de previsión, busca asegurar un sustento durante la vejez. A continuación, se detallan los diversos trámites, requisitos y modalidades disponibles para acceder a una pensión, así como beneficios complementarios.

Jubilación y Pensiones por Vejez

La edad legal de jubilación en Chile es de 60 años para mujeres y 65 años para hombres. Sin embargo, es posible jubilarse anticipadamente si se cumplen ciertos requisitos, como contar con fondos suficientes en la cuenta obligatoria de la AFP o acceder a una pensión por trabajo pesado (invalidez).

La pensión por vejez es un monto de dinero entregado a quienes jubilan, cuyo valor está directamente relacionado con los ahorros personales acumulados en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

Para acceder a la Pensión de Vejez, las personas afiliadas a las AFP deben considerar que el monto dependerá de varios factores, incluyendo los ahorros acumulados, la edad en que se decide pensionar y la existencia de beneficiarios.

Una vez pensionado, se recibirá mensualmente una Liquidación de Pensión, la cual detalla el saldo restante en la cuenta tras cada pago. Es importante destacar que, por ley, los fondos ahorrados se retiran a través de pagos mensuales de pensión. Solo en casos específicos, como el Excedente de Libre Disposición, podría haber excepciones.

Esquema del sistema de pensiones chileno con las diferentes etapas y tipos de pensiones.

Modalidades de Pensión en el Sistema AFP

Dentro del sistema de AFP, existen diversas modalidades de pensión, cada una con su propia forma de financiamiento y administración. Las dos principales son:

  • Retiro Programado: Una modalidad administrada directamente por la AFP.
  • Renta Vitalicia: Contratada a través de una compañía de seguros de vida.

Adicionalmente, existen alternativas que combinan características de ambas:

  • Renta temporal con renta vitalicia diferida.
  • Renta vitalicia inmediata con retiro programado.

Proceso de Solicitud y Trámite de Pensión

El trámite para solicitar una pensión puede realizarse de manera directa y es completamente gratuito. Las personas pueden preingresar su solicitud a través de un formulario en línea o mediante videollamada con la ayuda de un ejecutivo.

Los datos básicos requeridos para la solicitud incluyen:

  • RUT
  • Fecha de nacimiento
  • Número de contacto
  • Datos bancarios

Si la solicitud se ingresa en nombre de otro afiliado, se debe indicar en el formulario. En algunos casos, se podría requerir información adicional, y un ejecutivo se pondrá en contacto.

Se espera recibir noticias sobre la solicitud en un plazo de 1 a 5 días hábiles.

Verificación de Cotizaciones y Fondos

Es fundamental que los empleadores mantengan al día el pago de las cotizaciones previsionales y del seguro de cesantía. Esto permite a la AFP efectuar las gestiones necesarias para la cobranza y recaudación de los fondos correspondientes.

Se recomienda a los afiliados verificar con frecuencia que sus cotizaciones previsionales obligatorias se encuentren al día en sus cuentas de capitalización individual en la AFP.

Certificado de Saldo y Ofertas de Pensión

Una vez que la AFP recibe la solicitud de un afiliado para obtener su Certificado de Saldo, debe calcular el total de los fondos y enviar esta información a la dirección postal del solicitante.

Posteriormente, en un plazo máximo de 3 días hábiles, las AFP y las compañías de seguros deben ingresar al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP) las propuestas de pensión diseñadas para el solicitante.

El SCOMP emite un Certificado de Ofertas que contiene las distintas alternativas de pensión disponibles, según las cuatro modalidades vigentes. Este certificado se remite al afiliado únicamente mediante carta certificada a su domicilio.

Para recibir ofertas de montos y modalidades de otras AFP y aseguradoras, es necesario que los datos del afiliado estén incluidos en el listado público del SCOMP. A partir de estas ofertas, el afiliado podrá aceptar o rechazar una para pensionarse.

Gráfico comparativo de las diferentes modalidades de pensión (retiro programado vs. renta vitalicia).

Pensión Garantizada Universal (PGU)

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio entregado por el Estado a las personas que no poseen fondos suficientes en ningún sistema de previsión. Este monto se reajusta anualmente en febrero, según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Requisitos para acceder a la PGU

  • Tener 65 años o más, sin necesidad de estar pensionados.
  • Pertenecer al 90% con menores ingresos del país, según el instrumento de focalización del IPS para el Sistema de Pensiones Solidarias. Es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Si ya se está pensionado, la pensión debe ser inferior a $789.139.

Quienes tienen ingresos entre $789.139 y $1.252.602 pueden acceder a una PGU de monto variable.

El monto máximo de la PGU puede alcanzar los $250.275 para personas de 82 años o más, según la Reforma de Pensiones.

Las personas que reciben pensiones por leyes reparatorias o pensiones de gracia pueden solicitar el monto completo de la PGU, dependiendo de su edad.

Consulta y Suspensión de la PGU

El estado del trámite de la PGU puede consultarse con la ClaveÚnica. Para más información, se puede contactar al call center ChileAtiende (101) o al número +56 4 4236 20 00 si se encuentra en el extranjero.

La PGU puede suspenderse en los siguientes casos:

  • No cobro del beneficio durante 6 meses continuos.
  • Fallecimiento del beneficiario.
  • Permanecer fuera de Chile por más de 180 días continuos o discontinuos en un año calendario.

Es posible solicitar la reactivación del beneficio dentro de los 6 meses siguientes a la emisión de la resolución de suspensión. En caso de rechazo o suspensión, se puede interponer un reclamo ante el IPS en un plazo de 5 días hábiles.

Pensiones por Invalidez y Beneficios Adicionales

Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una jubilación por invalidez, también conocida como pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que constituye un beneficio mensual y vitalicio.

Para tramitar una pensión por invalidez, la persona solicitante o su representante debe adjuntar la resolución o dictamen de invalidez emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). La solicitud y más información se pueden obtener en la respectiva AFP.

Pensión Anticipada para Enfermos Terminales

Durante un período transitorio, existe la opción de acceder a una pensión anticipada para enfermos terminales. Este beneficio está dirigido a afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explícitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4 (cuidados paliativos en cáncer avanzado) y para un grupo específico de diagnósticos con cuidados paliativos en cáncer avanzado.

Este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la que la persona afiliada esté adscrita.

Otras Cuentas y Beneficios

Trabajador de Casa Particular

Existe una cuenta de ahorro destinada a financiar la indemnización a todo evento para trabajadores de casa particular, ya sea que estén afiliados a AFP o al IPS. Se financia con un aporte del empleador del 4,11% sobre la remuneración imponible, con un tope.

Cuenta de Ahorro de Indemnización Sustitutiva

Un trabajador con más de 6 años en la empresa puede pactar con su empleador la sustitución de la indemnización por años de servicio por una indemnización a todo evento. El empleador debe financiarla mediante un aporte de al menos 4,11% de la remuneración imponible, con un tope. El retiro de estos fondos se realiza al término de la relación laboral.

La Superintendencia de Pensiones ha emitido una norma que permite a los afiliados congelar sus ahorros previsionales mientras realizan el trámite de su pensión.

Todo lo que necesitas saber sobre tu pensión con la Ley 97 del IMSS (Ley AFORE)

Declaración de Beneficiarios y Poder Notarial

Al solicitar la pensión, se debe realizar la Declaración de Beneficiarios. Para ello, es necesario adjuntar certificados de nacimiento de los hijos y, si corresponde, el certificado de matrimonio o de Acuerdo de Unión Civil.

En caso de no poder realizar el trámite personalmente, se puede otorgar un poder notarial a otra persona para que lo efectúe en su representación.

Pensión de Sobrevivencia y Herencia

Si un afiliado fallece, sus ahorros previsionales se pagarán a sus beneficiarios como Pensión de Sobrevivencia. Si no existen beneficiarios designados, los fondos se entregarán en un solo pago a sus herederos. En última instancia, si no hay herederos, los fondos pasarán al Estado.

La AFP nunca se quedará con los fondos de los afiliados.

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