Los niños, niñas y adolescentes con discapacidad constituyen uno de los grupos más marginados y excluidos de la sociedad, enfrentando una vulneración generalizada de sus derechos. En comparación con sus pares sin discapacidad, presentan una mayor probabilidad de experimentar las consecuencias de la inequidad social, económica y cultural. La pobreza y la discapacidad se encuentran intrínsecamente ligadas, ya que la primera puede ser un factor determinante de la segunda, y a su vez, la discapacidad a menudo atrapa a las personas en la pobreza. La exclusión social genera costos significativos, no solo para el individuo, sino para la sociedad en su conjunto.
Los niños, niñas y adolescentes con discapacidad deben ser el epicentro de todos los esfuerzos orientados a la construcción de sociedades inclusivas. Poseen los mismos derechos que los demás y, más que meros beneficiarios de ayuda, son agentes de cambio y autodeterminación. La protección de sus derechos ha sido un componente fundamental en la agenda de UNICEF desde la entrada en vigor de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), cobrando mayor impulso con la aprobación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD). Los enfoques de derechos humanos y desarrollo inclusivo, alineados con el modelo social de la discapacidad, son los principios que guían la labor de UNICEF en este ámbito.
Esta publicación busca proporcionar las bases para que UNICEF y sus socios en América Latina y el Caribe fortalezcan la programación destinada a promover y proteger los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad en la región. El documento subraya la importancia y el debate actual sobre la discapacidad, estableciendo, a partir de estándares internacionales, los avances y desafíos en la implementación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con la vista puesta en la Agenda 2030. Su objetivo es ofrecer las herramientas y referencias necesarias para motivar futuras investigaciones que permitan a cada país determinar cómo desarrollar las capacidades de todos los actores interesados en el avance de la educación inclusiva.

Lenguaje, Discriminación y Discapacidad en el Contexto Educativo
El presente artículo analiza la actual utilización de lenguaje discriminatorio hacia las personas con discapacidad, específicamente en el entorno escolar. Diversos autores coinciden en que, a partir de la interacción comunicativa, el lenguaje crea realidades, moldea identidades y el mundo social, contribuyendo al abuso de poder y la dominación. Esto abre un espectro de posibilidades discriminatorias hacia ciertas minorías sociales, provocando su segregación, un modelo que también se reproduce en el interior de las escuelas.
El estudio tuvo como objetivo evaluar el impacto de un proceso de sensibilización y capacitación dirigido a comunidades educativas sobre la temática de la discapacidad y el lenguaje inclusivo. Se empleó una metodología mixta con un enfoque de Investigación Acción-Participativa, aplicada a cuatro establecimientos educativos en la ciudad de Punta Arenas, Chile, con la participación de estudiantes, profesores y directivos. Se utilizaron técnicas de intervención comunitarias-participativas y la recolección de datos se realizó a través de entrevistas semiestructuradas y encuestas. El análisis de resultados combinó procedimientos cualitativos de la Teoría Fundamentada de Glaser & Strauss y análisis cuantitativo descriptivo.
En conclusión, se observa que en un alto porcentaje se utiliza lenguaje discriminatorio y no inclusivo en los establecimientos educacionales de la región, lo cual repercute en las relaciones interpersonales y la convivencia escolar, vulnerando así los derechos humanos de niños, niñas y jóvenes con discapacidad. La Terapia Ocupacional asume la responsabilidad de eliminar las situaciones de apartheid ocupacional, promoviendo la justicia ocupacional y modificando barreras sociales para construir una sociedad más inclusiva.
El Rol del Lenguaje en la Discriminación
La utilización del lenguaje como medio de discriminación se explica por ser un canal fundamental de comunicación y, a la vez, un principal reproductor de prejuicios e ideologías sociales con conceptos discriminatorios subyacentes. Existe una correlación entre poder y discurso, evidenciando formas de dominación, discriminación comunicativa y marginalización que emanan de las estructuras del contexto y del discurso. Esto se alinea con postulados que afirman que el sistema de lenguaje es una estructura de relaciones y la posición de cada miembro dentro de ella es importante en el proceso de individualización.
Vivimos en una "época lingüística", donde las ideologías individuales se presentan implícitamente en la interacción lingüística, a menudo sin plena conciencia. Del contexto se integran prejuicios, matices despectivos y atribuciones arbitrarias. El impacto cultural del entorno se manifiesta a través del lenguaje, ubicando a las personas en situaciones de privilegio o marginación. En el ámbito de la discapacidad, las personas a menudo reciben respuestas ofensivas, siendo la propagación de términos despectivos la manifestación más obvia de esta realidad.
La utilización de términos como "minusválido", "inválido", "incapacitado", "lisiado", "retrasado" o "subnormal" corresponde a adjetivos calificativos que promueven la descalificación o caracterización de sujetos, a menudo con connotaciones sociales despectivas de inferioridad, ineptitud o dependencia. Por ejemplo, el concepto "minusválido" implica una idea de menor valor. Resulta vital educar y crear conciencia sobre la relación entre lenguaje y poder, y cómo el lenguaje contribuye a la dominación y opresión.

Discapacidad y Discriminación: Conceptos y Enfoques
El concepto actual de discapacidad aborda un fenómeno complejo que refleja los aspectos negativos de la interacción entre personas con un problema de salud y las características del entorno social, como actitudes negativas, accesibilidad limitada o falta de apoyo social. Esta definición se enmarca en el paradigma de Derechos Humanos, donde la dignidad, el respeto a los derechos humanos y la igualdad determinan que la causa de la discapacidad reside predominantemente en los obstáculos impuestos por el entorno.
La concepción de discapacidad ha evolucionado desde un modelo biomédico a un modelo social. La Clasificación Internacional de la Funcionalidad complementa esta definición con déficits, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación, enfatizando las barreras sociales como principales obstaculizadores. Las restricciones en la participación coinciden plenamente con la concepción de justicia ocupacional, cuyo pilar se ve amenazado cuando la participación de una persona se reduce, aliena, margina, explota o devalúa. Su fase opuesta es denominada injusticia o apartheid ocupacional.
La discriminación contra las personas con discapacidad se define como toda distinción, exclusión o restricción basada en una discapacidad que tenga el efecto o propósito de impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales. Para la Terapia Ocupacional, el elemento discriminación se relaciona directamente con la injusticia o apartheid ocupacional.
La Terapia Ocupacional Frente a la Discriminación y la Discapacidad
El abordaje y la prevención de la discapacidad y la discriminación en todas sus formas han sido responsabilidades primordiales de la Terapia Ocupacional. En el ámbito educativo, su participación se ha incrementado desde 2005, impulsada por la Política Nacional de Educación Especial de Chile, que promueve una educación de calidad para todos, apoyando a los alumnos con mayores dificultades.
La Terapia Ocupacional se enfoca en la promoción de la salud y el bienestar a través de la ocupación, con el objetivo principal de garantizar el derecho a la participación activa de las personas en sus ocupaciones: la justicia ocupacional. Esto se logra habilitando a los individuos para realizar tareas que optimicen su participación o modificando el entorno para que la refuerce. La profesión ha evolucionado hacia un enfoque social, reconociendo la importancia de abordar las barreras sociales y promover la inclusión.

Medidas para Prevenir la Discriminación por Discapacidad en Establecimientos Educacionales
Los establecimientos educacionales deben implementar medidas mínimas para asegurar el ejercicio pleno del derecho a la educación de todos los niños, niñas y adolescentes sin discriminación arbitraria. Estas medidas incluyen:
- Definir instancias de apoyo y diálogo permanente con estudiantes susceptibles de ser discriminados.
- Capacitar a la comunidad educativa en principios de inclusión, igualdad de trato y no discriminación.
- Disponer de mecanismos de admisión objetivos y transparentes, conforme a la normativa vigente.
- Contar con protocolos de retención y apoyo a alumnas embarazadas, madres y padres estudiantes, respetando su aplicación sin discriminación.
- Ofrecer clases de religión de carácter optativo y proveer alternativas para asegurar la libertad de conciencia.
- En establecimientos de financiamiento compartido, asegurar que los criterios de asignación de becas no impliquen diferencias de trato fundadas en motivos prohibidos de discriminación.
- Adoptar medidas correctivas, pedagógicas o disciplinarias adecuadas para que las comunidades educativas realicen actos reparatorios por el daño causado por discriminación arbitraria.
¿Qué es una Discapacidad?
El término "discapacidad" abarca diversas condiciones: física, intelectual, de aprendizaje, cognitiva, emocional o médica. Incluye, por ejemplo, depresión, epilepsia, claustrofobia, agorafobia, alcoholismo, TDAH, infección por VIH, diabetes y dislexia.
La discriminación indirecta ocurre cuando una política o disposición que se aplica a todos pone en desventaja a una persona debido a su discapacidad. Sin embargo, esta política puede justificarse si es necesaria para alcanzar un objetivo legítimo. Por ejemplo, una política escolar que establece un único horario de almuerzo puede ser discriminatoria indirectamente para un alumno diabético que necesita merendar a horas diferentes.
La discriminación por discapacidad puede manifestarse en:
- La admisión o las condiciones de admisión en la escuela.
- El acceso a cualquier curso, instalación o prestación de la escuela.
- Cualquier otro término o condición de participación en la escuela.
- La expulsión, castigo o sanción.
En el contexto legal, el término "escuelas" comprende todos los centros educativos públicos y privados, incluyendo preescolares y universidades.
¿Qué Deben Hacer los Centros Escolares para Evitar la Discriminación por Discapacidad?
Las escuelas deben realizar "ajustes razonables" para los alumnos con discapacidad o necesidades educativas especiales. En el marco de una política de inclusión, estos alumnos deben asistir a centros ordinarios siempre que sea posible. La ley exige que las escuelas hagan "todo lo que sea razonable para adaptarse a las necesidades de una persona con discapacidad", lo que implica realizar ajustes razonables (como tratamientos o instalaciones especiales) que permitan al alumno participar en la educación.
Los ajustes razonables pueden incluir la provisión de tecnología de apoyo o interpretación en lengua de signos. La omisión de estos ajustes puede constituir discriminación por motivos de discapacidad. Existen excepciones a la escolarización ordinaria cuando no redunda en el interés superior del niño o cause graves problemas a otros alumnos.
Un caso ilustrativo es el de una madre que denunció a un colegio por no permitir a su hijo con discapacidad llevar a su perro de asistencia. Otro caso involucra a una estudiante con dislexia que se quejó por la falta de ajustes razonables en sus exámenes, aunque el Tribunal Supremo consideró que la exención concedida constituía un ajuste razonable.
¿Qué son los Ajustes Razonables?
¿Son Suficientes las Políticas Generales de Inclusión?
Las políticas generales no son suficientes. Las escuelas deben adoptar un enfoque individualizado para la inclusión, evaluando las necesidades de cada alumno y adaptando reglas, normas o políticas si es necesario. Se recomienda que el alumno o sus padres soliciten reuniones con la escuela para discutir las medidas especiales que puedan requerir.
Costes de los Ajustes Razonables
Los centros escolares no están obligados a realizar adaptaciones especiales que superen un coste nominal. Si una escuela alega que los ajustes razonables serían demasiado caros, debe demostrar que los costes exceden lo nominal, lo cual varía según el tamaño y los recursos de la escuela. Para realizar "todo lo que sea razonable", las escuelas deben solicitar las subvenciones o ayudas educativas pertinentes.
¿Cuándo Pueden los Centros Escolares Tratar de Forma Diferente a los Alumnos con Discapacidad?
Las Leyes de Igualdad permiten excepciones al trato diferenciado a alumnos con discapacidad en situaciones específicas donde sus discapacidades o las medidas de adaptación puedan afectar a otros:
- Para evitar daños a otras personas: cuando la discapacidad de un alumno pueda suponer un riesgo para sí mismo o para los demás.
- Para evitar efectos negativos en la educación de otros alumnos: cuando las medidas de adaptación imposibiliten o dificulten la prestación de servicios educativos a otros.
- En el deporte: cuando la naturaleza del deporte o las instalaciones hagan necesario tratar a los alumnos de forma diferente por motivos de discapacidad.
Un ejemplo es el caso de un centro de enseñanza secundaria que expulsó a un chico con TDAH por comportamiento perturbador y violento, lo cual fue considerado necesario debido al efecto negativo en otros estudiantes. Si se cree ser víctima de discriminación por discapacidad, se puede presentar una denuncia ante la Comisión de Relaciones Laborales (WRC) o utilizar el procedimiento de recurso del propio centro escolar.
Estigma Social y Discapacidad
En muchos países, las personas con discapacidad sufren discriminación y estigma social. Alrededor del 15% de la población mundial tiene alguna discapacidad, y el estigma puede extenderse a familias enteras. En algunas culturas, se cree que la discapacidad es un castigo por un mal comportamiento, lo que lleva a la exclusión de todo el entorno familiar.
El estigma asociado a tener un hijo o hija con discapacidad lleva a muchas familias a ocultar a estas personas, impidiendo su inclusión en censos y estadísticas oficiales. La falta de comprensión sobre las causas de la discapacidad y cómo integrar a las personas que la padecen, junto con ideas distorsionadas sobre sus capacidades, perpetúan estos prejuicios.
Las Enfermedades Tropicales Desatendidas (ETD), como la úlcera de Buruli, el pian o la lepra, pueden generar discapacidad física y marcas visibles, llevando al rechazo y la marginación de quienes las padecen, especialmente en contextos empobrecidos. Organizaciones como Fundación Anesvad trabajan para erradicar el estigma asociado a estas enfermedades y promover la autonomía y calidad de vida de las personas afectadas.

La Discriminación Escolar en Chile
Un reporte de la Superintendencia de Educación en Chile puso de manifiesto la recurrencia de la discriminación en el ámbito escolar, con cifras preocupantes en Educación Básica. El Síndrome de Déficit Atencional (SDA) es la condición más recurrente en denuncias de discriminación, seguido por la discapacidad física, intelectual y características físicas.
La discriminación por razones socioeconómicas o culturales también es significativa, evidenciada por la exigencia de liquidaciones de sueldos o fichas de protección social. La Superintendencia de Educación fiscaliza a los establecimientos para asegurar el derecho a la educación sin discriminación, buscando generar conciencia sobre la diversidad y el valor de cada estudiante. La falta de acción ante la discriminación puede acarrear sanciones para los establecimientos.
Se advierte sobre un fenómeno perverso: algunas escuelas "descartan" a estudiantes con necesidades complejas, que luego son acogidas por otras escuelas en contextos más vulnerables, las cuales a menudo carecen de los recursos adecuados para responder a dichas necesidades. Chile enfrenta el desafío de avanzar en la inclusión y recuperar la confianza ciudadana en sus instituciones educativas.
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