Este portal de consulta les permitirá a las personas conocer los pagos pendientes que les corresponda. Para ello, solo basta ingresar el RUN y la fecha de nacimiento en el sitio www.chileatiende.cl, y el aplicativo le entregará la información.

Información disponible en el Autoservicio
El Director Regional del IPS (s), Rafael Carvajal, comentó que por el momento, el autoservicio dispone de información sobre la Pensión Garantizada Universal (PGU), pensiones previsionales y por leyes especiales del IPS, además del Aporte Familiar Permanente (ex Bono Marzo).
¿Cómo consultar si tienes pensiones o beneficios sin cobrar?
Para acceder a la información sobre beneficios pendientes, la persona debe ingresar a www.chileatiende.cl y dirigirse a la sección “Revisa si tienes una pensión o beneficio sin cobrar”. Con su RUN y fecha de nacimiento, podrá obtener los detalles.
- Ingresar a www.chileatiende.cl.
- Buscar la sección “Revisa si tienes una pensión o beneficio sin cobrar”.
- Ingresar el RUN y la fecha de nacimiento.
- ¡Y listo!
Las pensiones son una importante ayuda entregada por diversas instituciones para apoyar a las personas en su etapa de retiro o en situaciones particulares.
¿Cómo saber si tengo bonos o beneficios pendientes? Conversamos con ChileAtiende
Requisitos adicionales para conocer más detalles
Para conocer más detalles sobre estos pagos no realizados, deberás contar con Clave Única.
Apoyo en la consulta
Aunque el trámite es sencillo, no dudes en ayudar a familiares o personas mayores a utilizar la consulta web para verificar si tienen pensiones impagas. En el proceso de pensionarse, es fundamental contar con orientación para tomar decisiones acertadas sobre tu pensión y futuro financiero.
Suspensión de pagos no cobrados
El pago del beneficio solidario se debe suspender después de seis meses continuos de no ser cobrado por el beneficiario o persona a quien este designe. Esto se realiza mediante la dictación de una resolución por parte del Instituto de Previsión Social (IPS).
Solicitud de reclamación para reactivar el beneficio
El beneficiario podrá solicitar que se deje sin efecto esta medida dentro de los seis meses siguientes a aquel en que se aplicó la suspensión. Para ello, deberá suscribir ante el IPS una solicitud de reclamación. Si la reclamación es acogida, el IPS deberá informar a la Tesorería, considerando al menos la información contenida en el archivo 1.4 del citado Anexo I (referencia a Libro III, Título V, Letra Ñ).