Diferencia entre sueldo mínimo e ingreso mínimo garantizado (IMG): explicación detallada

El Ingreso Mínimo Garantizado (PMG o IMG) es un concepto clave dentro de la legislación laboral de Chile, que busca proteger los derechos de los trabajadores y garantizarles un ingreso mínimo en situaciones particulares. Esta iniciativa busca garantizar un sueldo líquido de $320.500.- pesos (de acuerdo con el monto del ingreso mínimo mensual a partir del 1° de marzo de 2020). Respecto de este último punto, si no conoces tu calificación socioeconómica, puedes consultar tu tramo del Registro Social de Hogares en la plataforma del Registro Social de Hogares o ingresando a Red de Protección Social. No es necesario ningún documento para postular. En principio basta con llenar el formulario localizado en la pagina web del ingreso mínimo garantizado, si ya postulaste al beneficio antes del mes de mayo de 2022, tus datos serán utilizados para el calculo del beneficio mensual en una nueva postulación. Si deseas actualizar la información ingresada, debes realizar una nueva postulación en el mismo formulario. Recuerda que necesitas tu clave única para postular.

El cálculo del subsidio se realiza tomando como base la remuneración bruta mensual del contrato a jornada ordinaria y las horas de trabajo semanales pactadas en dicho contrato. El subsidio va a permanecer o durar mientras subsistan los requisitos para obtenerlo (detallados anteriormente). El Ingreso Mínimo Garantizado, también IMG, es lo que permite garantizar (de allí el nombre) un sueldo mínimo para todos los trabajadores que reciben menos de 380.000 pesos chilenos brutos para que así nadie gane menos de 300.000 pesos líquidos al mes. Esta medida, además, se destina a todos los trabajadores con contrato que tengan una jornada de más de 30 horas semanales. Por esta limitación horaria y de contrato, es un beneficio que se aplica de forma proporcional en el caso de los mayores de 65 y menores de 18 años.

¿Qué es exactamente?

En palabras simples, un complemento al sueldo. Es importante notar que no es imponible y que desde el 1 de septiembre de 2020 el monto fue reajustado a 326.500 brutos. Por ejemplo, para una persona que recibe el ingreso mínimo actual de $326.500, el subsidio sería de $41.092, llegando a un ingreso bruto de $367.592 y un líquido de $302.292.

¿Cómo cambia el monto?

Dependiendo de tu sueldo, el monto del subsidio puede subir o bajar de forma gradual para no crear distorsiones en lo que ganas. Por ejemplo, estos son algunos casos indicados por Chile Atiende:

  • Una trabajadora o trabajador formal a jornada completa que gana el sueldo mínimo $326.500 pesos brutos, recibe un subsidio de $41.092.
  • Una trabajadora o trabajador formal a jornada completa que gana $340 mil pesos bruto, recibe un subsidio de $31.506.
  • Una trabajadora o trabajador formal a jornada completa que gana $370 mil pesos bruto, recibe un subsidio de $10.203.

¿Quién puede acceder a este beneficio?

  • Todos los trabajadores con jornada completa que cumplan los siguientes puntos:
  • Ser trabajador dependiente.
  • Tener un contrato acogido al Código del trabajo.
  • Tener un sueldo bruto menor a $384.363.
  • Tener una jornada ordinaria entre 30 y 45 horas semanales.
  • Pertenecer a un hogar del 90% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares (RSH).

¿Cómo puedo acceder al beneficio?

Para postular al subsidio puedes hacerlo a través de www.ingresominimo.cl, solo con tu RUT y fecha de nacimiento. También puede hacerlo con tu ClaveÚnica. Este monto es pagado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia que, revisando las bases de datos de tu AFP, AFC (Seguro de Cesantía), Superintendencia de Salud y Superintendencia de Pensiones puede determinar el monto correcto. Para hacerlo de forma más eficiente, el subsidio se entrega mes a mes tomando en cuenta la remuneración que recibiste tres meses antes.

Encontraste todo lo que necesitabas sobre el Sueldo Mínimo Garantizado? Constantemente escuchamos hablar del trabajo decente, que no es otra cosa que un buen trabajo o un empleo digno, como el objetivo a conseguir. El subsidio para alcanzar un ingreso mínimo garantizado (Ley N° 21.218 y 21.360) se enmarca dentro de este concepto de trabajo decente. Este subsidio opera bajo la lógica de la gradualidad, esto es, su monto disminuye hasta llegar a un monto de cálculo de cero, pues lo perseguido es mejorar la remuneración y no incentivar el trabajar por una remuneración bruta menor. Cabe hacer presente que si a un trabajador o trabajadora le corresponde un pago mensual menor a $5.000 por concepto de subsidio, dicho pago se ajustará a dicho valor. El empleador, dentro de los primeros 15 días corridos del mes, debe solicitar mensualmente al Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la plataforma o el medio que la Subsecretaría de Servicios Sociales disponga, la concesión del beneficio a todos sus trabajadores o trabajadoras que pudieren tener derecho a él (el formulario de postulación, con el rut y clave única, en la página www.ingresomínimo.cl.). El incumplimiento de las obligaciones del empleador será sancionado por la respectiva Inspección del Trabajo, conforme a las multas establecidas en el artículo 9° de la Ley N°21.218. La Subsecretaría de Servicios Sociales realiza el pago dentro de los últimos 5 días hábiles del mes de concesión del beneficio, a través de las entidades con las que establezca convenios de pago. Teniendo el trabajador/a un plazo para el cobro de hasta un año contado desde la emisión de pago.
Infografía: Mecanismo del Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) y criterios de elegibilidad

✅📲Consultar giros de IMG: pasos oficiales para Verificar.

Notas y detalles operativos

  1. El monto de subsidio es no imponible y puede ajustarse si el pago mensual resulta inferior a $5.000.
  2. El empleador debe gestionar la concesión del beneficio para sus trabajadores dentro de los primeros 15 días del mes.
  3. La Subsecretaría de Servicios Sociales realiza el pago en los últimos 5 días hábiles del mes de concesión, con plazos de cobro de hasta un año.

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