Auditoría de Incapacidad Laboral y Ley de Inclusión en Chile

La auditoría de incapacidad laboral es un proceso crucial para determinar el origen y grado de una enfermedad o lesión, lo que a su vez impacta directamente en las prestaciones médicas y económicas que un trabajador puede recibir. En Chile, este ámbito se entrelaza con la Ley N° 16.744, que define la Enfermedad Profesional, y con normativas recientes que buscan fomentar la inclusión laboral de personas con discapacidad en el sector público y privado.

Diagrama de flujo del proceso de calificación de enfermedades profesionales

¿Qué es una Enfermedad Profesional?

En Chile, la Ley N° 16.744 define una Enfermedad Profesional (EP) como una enfermedad causada de manera directa por el ejercicio de la profesión o trabajo que realiza una persona, y que produce incapacidad o muerte. Existe un proceso de calificación de Enfermedades Profesionales que, frente a una denuncia por sospecha, determina si su origen es laboral o no.

Proceso de Calificación de una Enfermedad Profesional

Si un trabajador sospecha que padece una enfermedad profesional, debe seguir una serie de pasos establecidos para su correcta calificación:

  1. Realizar la Denuncia: Si el trabajador tiene síntomas o manifestación de una posible Enfermedad Profesional, él, su empleador u otra persona que tenga conocimiento del caso debe realizar una denuncia de posible Enfermedad Profesional a la ACHS (Asociación Chilena de Seguridad), completando el Formulario de Denuncia de Enfermedad Profesional (DIEP).
  2. Evaluar Condición Médica: Hechas las denuncias, la ACHS tiene un plazo máximo de siete días corridos para asignar y programar una atención médica al paciente.
  3. Estudio de Puesto de Trabajo: Dependiendo del tipo de enfermedad a calificar, se coordinará una visita al centro de trabajo para evaluar las condiciones laborales y determinar la relación entre el trabajo y la enfermedad. Este estudio es realizado por diferentes profesionales según el diagnóstico investigado:
Diagnóstico Quién realiza la evaluación Qué se hará durante la evaluación
Músculo Esquelético Kinesiólogo, terapeuta ocupacional u otro Observará y registrará las condiciones del puesto de trabajo y las tareas que se realizan, tomando fotografías y videos.
Salud Mental Psicólogo, terapeuta ocupacional u otro Se realizan entrevistas individuales y confidenciales a otros trabajadores, quienes actuarán como testigos, tanto para el trabajador como para la entidad empleadora.
Otro (patología respiratoria, dermatológica, auditiva u otros) Experto en prevención de riesgos Observará si hay presencia de factores de riesgo en el puesto de trabajo y las tareas que se realizan.
  1. Resolución de Calificación: Se consideran antecedentes médicos, documentación relevante y la Evaluación de Puesto de Trabajo (EPT). Si se demuestra el origen laboral de la enfermedad, la ACHS entregará las prestaciones médicas y económicas contempladas en la Ley 16.744.

Proceso de calificación y valoración de una enfermedad laboral

Auditoría Anual al Proceso de Calificación

Es responsabilidad del directorio de cada mutualidad y del Director Nacional del Instituto de Seguridad Laboral la realización de una auditoría interna anual al proceso de calificación de las enfermedades profesionales. Esta auditoría se lleva a cabo respecto de los casos ingresados con DIEP durante el año calendario respectivo, verificando el cumplimiento de las instrucciones contenidas en el Título III. Calificación de enfermedades profesionales, del Libro III. Dicha auditoría debe ser incorporada al Plan Anual de Auditoría a partir del año 2020 de cada organismo administrador y su informe remitido a la Superintendencia de Seguridad Social.

Incapacidad Laboral por Patología Auditiva

En casos de patología auditiva, la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) juega un rol fundamental. El interesado debe dirigirse a la COMPIN para solicitar el estudio de sus antecedentes y la fijación del grado de incapacidad que pudiere presentar a consecuencia de la patología auditiva. La COMPIN debe citar al afectado para efectuar el estudio, analizando sus antecedentes médicos y ocupacionales, solicitándolos a los organismos administradores a los que haya estado afiliado durante su vida laboral. El estudio de la posible enfermedad debe ser realizado por el correspondiente organismo administrador afiliado, y las audiometrías pueden efectuarse en sus propios centros médicos o encargarse a otras entidades públicas o privadas. Es crucial que estas entidades estén adscritas al PEECA (Programa de Evaluación Externa de la Calidad de los Centros Audiométricos). Todos los procedimientos para determinar el origen de la afección y el grado de incapacidad son sin costo para el solicitante, conforme al artículo 76 del D.S.

Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad en el Sector Público

Medidas de Inclusión y Responsabilidad

Los órganos del Estado deben implementar medidas de inclusión en los procesos de selección de personal para asegurar la contratación de personas en situación de discapacidad. El responsable en el sector público de tomar las medidas necesarias para que se cumpla el porcentaje estipulado por la ley es el jefe superior o jefatura máxima del órgano, servicio o institución. Si no es posible el cumplimiento total o parcial, las entidades deberán remitir un informe fundado a la Dirección Nacional del Servicio Civil y al Servicio Nacional de la Discapacidad.

Contratos de Aprendizaje y No Discriminación

Las personas con discapacidad podrán celebrar contratos de aprendizaje. Asimismo, se asegurará la no discriminación en los procesos de selección y contratación.

Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad en el Sector Privado

Registro de Contratos y Cumplimiento de Cuotas

El empleador deberá registrar los contratos de trabajo celebrados con personas con discapacidad o asignatarios de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, así como sus modificaciones o términos.

Solo se considerarán razones fundadas para no cumplir con la cuota exigida aquellas derivadas de la naturaleza de las funciones que desarrolla la empresa o la falta de personas interesadas en las ofertas de trabajo que se hayan formulado.

Donaciones como Medida Alternativa

Las donaciones deberán dirigirse a proyectos o programas que tengan relación con materias como la inclusión laboral, la capacitación y la rehabilitación, entre otras materias relacionadas. Las empresas obligadas no podrán destinar más de la mitad de los recursos que deben donar a una sola organización.

Remuneración

No podrá pagarse una remuneración inferior al ingreso mínimo a la persona con discapacidad mental.

Políticas de Inclusión en Empresas Grandes

Las empresas de 100 o más trabajadores deberán promover en su interior políticas en materias de inclusión, las que serán informadas anualmente a la Dirección del Trabajo. Esta exigencia rige a partir del 1 de noviembre de 2022, según lo establecido por una ley de 2020.

Evaluación de la Efectividad de la Ley de Inclusión

Los ministerios del Trabajo y Previsión Social y de Desarrollo Social deberán evaluar conjuntamente los resultados de la implementación de la ley de inclusión cada cuatro años.

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