Muchas personas con discapacidad utilizan perros de asistencia para facilitar sus desplazamientos y enriquecer su calidad de vida. Estos animales, especialmente entrenados, cumplen una función vital en la orientación, brindando independencia, autonomía y seguridad en la movilidad, particularmente a personas ciegas o de baja visión, en las diversas actividades que desarrollan diariamente.

Marco Legal de los Perros de Asistencia
El trabajo de los perros de asistencia, y en particular de los perros guía, se encuentra regulado por medio de la Ley 20.025 y su reglamento. Esta normativa establece un conjunto de derechos y deberes tanto para las personas con discapacidad como para sus perros de asistencia, formando así un binomio inseparable.
Definición de Perro de Asistencia
Para los efectos previstos en esta ley, se entenderá por «perro de asistencia» aquel que fuere individualmente entrenado para realizar labores específicas en beneficio de una persona con discapacidad.
Derechos Fundamentales de las Personas con Perros de Asistencia
La normativa chilena garantiza que toda persona con discapacidad tiene el derecho a ser acompañada permanentemente por su perro de asistencia, asegurando su inclusión plena en la sociedad.
Acceso a Espacios de Uso Público
Toda persona con discapacidad tendrá el derecho a ser acompañada permanentemente por un perro de asistencia para acceder a cualquier edificio, construcción, infraestructura o espacio de uso público, sea de propiedad privada o pública. Esto incluye, por ejemplo, edificios fiscales, hospitales, establecimientos educacionales, espacios recreativos, centros comerciales y cualquier otro lugar destinado a un uso que implique la concurrencia de público.
PERROS de APOYO EMOCIONAL o PERROS de ASISTENCIA PSIQUIÁTRICA | LealCan Adiestramiento
Acceso a Medios de Transporte
Asimismo, estas personas, junto con sus perros de asistencia, tendrán derecho a acceder y circular en cualquier medio de transporte terrestre o marítimo de pasajeros que preste servicios en el territorio nacional. Este derecho aplica independientemente de si el servicio es gratuito o remunerado, público o privado, individual o colectivo.
Prohibición de Negar el Acceso y Sanciones
No se puede negar arbitrariamente la entrada de un perro de asistencia. Negar el ingreso a una persona acompañada de un perro guía constituye una vulneración de derechos y puede ser sancionada con multas de hasta 120 UTM.
Deberes y Responsabilidades del Dueño del Perro de Asistencia
Si bien la ley garantiza importantes derechos, también establece deberes para los dueños de perros de asistencia, con el fin de asegurar una convivencia armónica y respetuosa con los demás.
Identificación del Perro de Asistencia
Los perros de asistencia deberán estar debidamente identificados. Esto se realizará mediante el distintivo de carácter oficial que determine el reglamento, asegurando que su identificación sea visible en todo momento.
Convivencia Sana y Cuidado del Can
Corresponderá al dueño del perro de asistencia, o a quien se sirva de él, adoptar las medidas necesarias para asegurar una sana convivencia, evitar disturbios o molestias a las demás personas, y mantenerlo sujeto. Además, es su responsabilidad velar por la salud del can.
Entrenamiento Certificado
El entrenamiento de perros de asistencia debe estar a cargo de instituciones con personalidad jurídica o de personas naturales que cumplan con las normas y requisitos establecidos por el reglamento correspondiente.

Cómo Denunciar la Vulneración de Derechos
En caso de que los derechos de una persona con discapacidad acompañada de su perro de asistencia sean vulnerados, se puede presentar una denuncia ante el Juzgado de Policía Local. La Corporación de Asistencia Judicial, en convenio con el Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS), pone a disposición de las personas afectadas a abogados para entregar orientación y representación judicial, facilitando el reclamo y la defensa de sus derechos.