La relación entre el consumo de drogas y la discapacidad es un campo complejo y multifacético que abarca desde las causas directas de limitación funcional hasta las implicaciones legales y sociales. Si bien ha habido un avance considerable en la visibilidad y participación de las personas con discapacidad, especialmente la intelectual, persisten desafíos significativos, particularmente en lo que respecta a la exclusión social y el acceso a programas de prevención y apoyo para el consumo de sustancias.
El Consumo de Sustancias en Personas con Discapacidad Intelectual
Desde los años setenta, la visibilidad y participación de las personas con discapacidad intelectual (DI) en la sociedad ha ido aumentando considerablemente, gracias al movimiento y la reivindicación por sus derechos. No obstante, según el Observatorio sobre Discapacidad y Mercado de Trabajo de la Fundación ONCE (Odismet), una de cada tres personas con DI se encuentra en situación de exclusión social y con pocas probabilidades de reinserción.
Los primeros estudios sobre el consumo de tóxicos en la población con DI se realizaron después de su desinstitucionalización. Actualmente, se puede afirmar que las personas con discapacidad consumen todo tipo de sustancias, entre las que el alcohol y el tabaco son las más prevalentes. Autores como Simpson (2012) constatan que esta motivación al consumo de alcohol y tóxicos en personas con DI se relaciona, la mayoría de las veces, con la socialización e integración. El objetivo principal de las personas que consumen es superar la exclusión social y participar activamente en la comunidad.
A pesar de esta realidad, según diversos investigadores, existe una nula atención para la ejecución de programas de prevención dirigidos a personas con DI. Mencionan que estos programas no están orientados a la disminución del consumo de sustancias, sino al aumento del conocimiento sobre ellas.

El Papel de las Redes Sociales y la Vulnerabilidad
En la era actual, la presencia de las tecnologías de la información y comunicación, en concreto, las redes sociales, es omnipresente. Las redes sociales pueden ser un medio muy enriquecedor si se utilizan correctamente, ya que son propicias para ayudar a mejorar la comunicación con otras personas y el entorno, y para la integración en la sociedad e incluso en el mundo laboral.
Sin embargo, su abuso puede conllevar grandes problemas, como el aislamiento social. Diferentes investigadores realizaron un estudio piloto con el objetivo de conocer el uso que realizan las personas con DI en las redes sociales, ya que se trata de una población muy sensible a la exclusión y a los abusos de esta herramienta. Los resultados obtenidos confirmaron que el 89,3% de los jóvenes con DI tienen una cuenta en alguna red social. En la investigación, cuando se pregunta si las personas que tienen agregadas son de su agrado, el 73,1% afirma que sí. Aun así, la mitad admite haber sufrido una mala experiencia en algún momento de su vida en estas plataformas.
Es evidente que hay varias investigaciones realizadas al respecto, pero todas ellas retratan la realidad en datos sin profundizar en el abordaje del problema y en las pautas de manejo ante las personas con discapacidad que padecen estos problemas actualmente tan presentes en nuestra sociedad.
Consumo de Marihuana y Riesgo de Discapacidad a Largo Plazo
Investigadores del Instituto Karolinska de Estocolmo (Suecia) han descubierto que los hombres que a los 18 años fumaron marihuana, sobre todo si lo hacían a menudo, tenían más riesgo de sufrir algún grado de discapacidad a una edad más avanzada. No obstante, según explicaron los autores en la revista ‘Drug and Alcohol Dependence’, no queda claro si este consumo es la causa directa de dicha discapacidad o si debe tenerse en cuenta como un marcador para predecirla de forma precoz.
Anna-Karin Danielsson, una de las autoras del estudio, ha admitido: “Hay razones para creer que las asociaciones encontradas en nuestro estudio se desarrollan durante un largo período de tiempo y se relacionan también con problemas en el mercado laboral y del propio individuo”.
En el estudio se analizaron datos de casi 50.000 hombres nacidos entre 1949 y 1951 que participaron en el servicio militar obligatorio entre 1969 y 1970. Al ingresar al ejército, se les preguntó sobre el consumo de tabaco, alcohol y otras drogas, además de aspectos relacionados con su familia, entorno, rendimiento escolar, problemas psicológicos y de salud. El equipo de Danielsson se interesó especialmente en la frecuencia de uso de la marihuana a los 18 años, agrupándolos en cuatro categorías: nunca, 1-10 veces, 11-50 veces o más de 50 veces.
Posteriormente, el equipo analizó los datos de la agencia nacional de seguridad social sueca para ver cuántas pensiones de invalidez se concedieron hasta 2008. Alrededor del 9 por ciento de los adolescentes reportaron haber fumado marihuana al comenzar el servicio militar, y el 1,5 por ciento dijo haber consumido más de 50 veces. Al comparar estos datos, se observó que los consumidores más habituales tenían un 30 por ciento más de probabilidades de presentar algún tipo de discapacidad entre los 40 y 59 años, un patrón que se repitió, aunque en menor medida, en quienes fumaban marihuana con menos frecuencia.

Otros Factores Asociados
Cuando los investigadores ajustaron los datos a otros factores, como el nivel socioeconómico, el consumo de otras sustancias durante la adolescencia, el diagnóstico de trastornos psiquiátricos u otros problemas de salud, el vínculo se mantuvo estadísticamente significativo solo en los consumidores más habituales. Esto sugiere que también tenían otros problemas en la adolescencia que podrían condicionar su discapacidad futura. De los 654 que fumaban mucha marihuana a los 18 años, el 80 por ciento también aseguraba consumir otras drogas y el 55 por ciento presentaba algún tipo de trastorno mental diagnosticado.
Los autores señalan: “Puede darse el caso de que el uso de cannabis durante la adolescencia dé lugar a una serie de acontecimientos negativos en el futuro, como el uso de otras drogas e incluso posteriores adicciones, que podrían derivar en una pensión de invalidez”. Sin embargo, insisten en que el estudio no puede demostrar que el uso de marihuana en la adolescencia sea la causa directa de la discapacidad.
La Adicción como Discapacidad: Perspectiva Legal y Beneficios Sociales
Mientras que los profesionales médicos consideran la adicción a las drogas como un tipo de discapacidad, es fundamental entender que un trastorno por uso de sustancias (que incluye adicciones al alcohol y las drogas) por sí solo no califica a una persona para recibir beneficios gubernamentales del Seguro Social. Sin embargo, es posible obtener beneficios del Seguro Social por una discapacidad reconocida cuando se enfrenta a problemas de abuso de sustancias.
La Administración del Seguro Social solo otorgará beneficios por afecciones discapacitantes que no hayan sido causadas o empeoradas por el abuso de drogas o el alcoholismo. Enfrentar el abuso de drogas o el alcoholismo por sí solo no hace automáticamente inelegible para los beneficios. La pregunta principal es si estos problemas son un factor material en la discapacidad. Es importante tener en cuenta que el uso de alcohol o drogas no se considera automáticamente dependencia por parte de la Administración del Seguro Social; deben determinar si un solicitante de beneficios tiene un patrón de abuso. Si se negaron los beneficios, la presencia de dependencia de drogas o alcohol podría haber sido un factor. Aún así, se podría tener derecho a beneficios, y la mejor opción es trabajar en estrecha colaboración con un abogado especializado en denegación de discapacidad del Seguro Social.
Diferencias Clave: Discapacidad Civil, Incapacidad Laboral y Minusvalía
En el contexto legal y social, es crucial distinguir entre varios términos que a menudo se confunden:
Discapacidad Civil
Este término se utiliza en el ámbito civil. Se refiere a la falta de competencia o de capacidad de una persona para desarrollar una actuación determinada por sí misma en el marco de su vida cotidiana y dentro de lo que se presupone normal. Ejemplos incluyen administrar sus cuentas o gestionar su tratamiento médico. La discapacidad civil da lugar a medidas de apoyo de tipo civil. A partir de 2006, con el convenio de la ONU aprobado por España en 2008 y la reforma de la ley de 2021, se determinó que todas las personas tenemos plena capacidad, cambiando el término "incapacidad civil" por "discapacidad".
Incapacidad Laboral
En el ámbito laboral, se habla de incapacidad, la cual puede ser de tipo temporal, total o absoluta. Esta condición se determina en relación con el trabajo, cuando la persona es incapaz de desarrollar su actividad o su rendimiento disminuye notablemente debido a un problema. Una adicción, por ejemplo, puede dar lugar a una incapacidad laboral temporal, lo cual es bastante frecuente.
Minusvalía
La minusvalía es de tipo administrativo, no interviene la Justicia y no implica medidas de apoyo. Refiere a la situación desventajosa que viven unas personas por tener una limitación (física o psíquica) para realizar tareas que se consideran dentro de la normalidad. La condición de minusvalía la determina una junta autonómica que examina a la persona. La minusvalía puede estimarse en un rango del 11 % al 96 % de la capacidad de actuar del individuo, y consiste en un procedimiento administrativo, nunca judicial. Por ejemplo, si una persona presenta más de un 65% de minusvalía, puede tener derecho a una pensión no contributiva. Si el porcentaje es menor, se pueden sumar factores sociales y psicológicos como la situación laboral, problemas de adicciones o carencia de vivienda propia.

Marco Legal y Medidas de Apoyo para Personas con Adicción y Discapacidad
Es complicado que un juzgado dictamine una discapacidad civil únicamente por motivos de adicción. Sin embargo, la comorbilidad de trastornos de salud mental y adicción puede promover la determinación de una discapacidad civil por parte de la Justicia, así como la necesidad de que la persona reciba medidas de apoyo. Existen casos de personas con una discapacidad temporal por una situación de consumo insostenible.
Un ejemplo ilustrativo es el caso de Gonzalo, cuya adicción a la cocaína le llevó a un círculo vicioso, afectando su economía y capacidad para cumplir con responsabilidades. Su hermana Noelia buscó ayuda legal para impedirle sacar créditos, ante la imposibilidad de resistirse al consumo, destacando la necesidad de medidas de apoyo.
Evolución de las Medidas de Apoyo
Las medidas de apoyo dependen de cada persona y caso. La convención de la ONU de 2006 determinó que todas las personas tienen capacidad para actuar. Anteriormente, a las personas con lo que se llamaba entonces "incapacidad" se les nombraba un tutor. Tras firmar la convención, España reformó la ley y el código civil en 2021, estableciendo que todas las personas tienen capacidad total. Actualmente, se estudian las necesidades de la persona que experimenta la discapacidad y se adoptan las medidas de apoyo pertinentes. Si las necesidades de asistencia son muy altas, se nombra una curatela, que va vinculada principalmente a la gestión financiera y de bienes, ya que la persona con patología dual a menudo carece de la capacidad para gestionarlas y necesita asesoramiento.
Esta modificación también implicó un cambio en el sistema legal. Ahora el procedimiento, que es voluntario, es más amistoso y rápido. La persona con discapacidad que sufre adicción y está interesada en las medidas de apoyo participa en una pequeña reunión para valorar su situación, necesidades y las medidas concretas que requiere. Este procedimiento es muy diferente a un enfrentamiento entre la persona y quienes han solicitado las medidas.
El Procedimiento Judicial y la Voz del Afectado
El procedimiento para dictaminar la discapacidad (con o por) una adicción se realiza por medio de la Fiscalía Civil, o la persona interesada puede presentar la demanda de discapacidad directamente. Si la demanda la realizan los interesados, pueden controlar más el procedimiento. El informe de medicina legal es fundamental, y la familia debe presentar los informes médicos con el consentimiento de la persona, demostrando datos clínicos de salud mental, tratamiento o antecedentes que justifiquen las medidas de apoyo. Sin estos informes, una demanda de discapacidad es inviable.
Al tratarse de un procedimiento civil de jurisdicción voluntaria, siempre se tiene en cuenta la voz de la persona con discapacidad. Si la familia insiste y la persona niega la situación, lo que antes era una jurisdicción voluntaria se convierte en contenciosa. El familiar que inició la actuación deberá continuar el procedimiento por vía judicial. Pueden darse dos escenarios: la persona con discapacidad y adicción acepta su situación y se acuerdan medidas de apoyo; o la persona niega la discapacidad y su familiar continúa la solicitud por la vía contenciosa, lo cual conviene si el porcentaje de discapacidad es alto.
Duración y Revisión de las Medidas de Apoyo
La duración de las medidas de apoyo está determinada por el juzgado. Normalmente, los casos se revisan anualmente para determinar si las medidas de apoyo siguen siendo necesarias. Ninguna señoría adoptará una medida de apoyo de forma indefinida en el ámbito civil; es casi imposible que un juzgado decrete medidas de apoyo indefinidas a día de hoy.
En el ámbito judicial, algunas personas aún piensan que la adicción no es una enfermedad, sino un vicio. Sin embargo, la adicción es una enfermedad, que para algunas personas se convierte en crónica. Una persona con patología dual (trastorno mental y adicción) tiene un control parcial sobre su vida y, por tanto, es complicado que el juzgado desestime medidas de apoyo en estos casos.