Derechos y Obligaciones de los Hijos Hacia Adultos Mayores y el Rol de SENAMA en Chile

La protección y el cuidado de los adultos mayores representan un desafío social y familiar cada vez más relevante en Chile y el mundo. En un contexto de rápido envejecimiento poblacional, la responsabilidad recae tradicionalmente en las familias, con una carga desproporcionada sobre las mujeres. Este artículo aborda las obligaciones de los hijos con sus padres mayores, los derechos de los adultos mayores, la realidad de las cuidadoras y las propuestas legislativas para fortalecer la protección de este grupo vulnerable, con un enfoque particular en el rol del Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA).

El Envejecimiento Poblacional en Chile: Una Realidad Ineludible

Chile experimenta un acelerado proceso de envejecimiento. Si en 1970 había 19 adultos mayores por cada 100 niños menores de 15 años, en 2015 la cifra ascendió a 73 adultos mayores, y la proyección indica que para el año 2022 serán 103. Esta relación numérica se conoce como el Índice de Adultos Mayores (IAM).

  • Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), para el año 2050, el 22% de los habitantes del planeta tendrá más de 60 años, y unos 400 millones de personas superarán los 80 años.
  • De acuerdo con proyecciones del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), el 23% de las comunas chilenas (79 de 346) tienen un IAM superior a 100, lo que significa que en ellas hay más de cien adultos mayores de 60 años por cada cien menores de 15 años.
  • La última Encuesta Casen reveló que actualmente 2.885.157 personas en Chile son mayores de 60 años. De este total, el 81% son autovalentes y el 19% restante presenta grados de dependencia leve, moderada o severa, siendo cuidados por familiares o terceros.
  • Para el año 2025, la población mayor bordeará los 4 millones de personas, lo que representará el 20% de la población, es decir, 1 de cada 4 chilenos será una persona mayor.
infografía sobre el envejecimiento de la población en Chile y sus proyecciones

El Rol de la Familia en el Cuidado de los Adultos Mayores

En Chile, existe un fuerte consenso social sobre la obligación de los hijos de cuidar a sus padres en la vejez. La encuesta Bicentenario de Adimark y la UC reveló que el 68% de los chilenos considera que es deber de los hijos cuidar a los padres cuando estos no puedan hacerlo por sí mismos. Además, la Encuesta Nacional de Calidad de Vida en la Vejez (2010) indicó que uno de cada tres adultos mayores cree que es deber de sus hijos acogerlos en su hogar cuando no pueden vivir solos. Los expertos en temas de vejez respaldan esta visión, afirmando que es óptimo que los adultos mayores sean cuidados por su familia, destacando el valor del vínculo familiar en Chile.

La "Mujer Bisagra": Carga Desproporcionada en el Cuidado Familiar

A pesar del consenso familiar, la realidad es que la responsabilidad del cuidado recae abrumadoramente sobre las mujeres. Según el Estudio Nacional de la Dependencia en las Personas Mayores (Senama, 2009), el 85,6% de quienes cuidan a los ancianos dependientes son mujeres. Esta situación genera lo que se denomina la "mujer bisagra", que va y viene entre el cuidado de niños y adultos mayores, experimentando un estrés brutal que repercute en su propia vejez y salud.

  • Más del 50% de las mujeres que cuidan a sus parientes ancianos mencionan padecer estrés o depresión.
  • Casi la mitad de ellas declara que ven limitadas sus oportunidades laborales, especialmente en grupos de menores ingresos.
  • Un estudio de ComunidadMujer (encuesta Voz de Mujer, 2010) concluyó que 710.000 chilenas son cuidadoras de niños, enfermos crónicos o ancianos.
  • La probabilidad de que una mujer que cuida a un adulto mayor no pueda participar en el mercado laboral es casi igual a la de una mujer que tiene dos hijos dependientes.
foto de una mujer cuidando a un adulto mayor, con expresiones de agotamiento o preocupación

La sicóloga Verónica Gubbins, académica de la Universidad Alberto Hurtado, enfatiza que "tener a cargo un adulto mayor es más demandante, para una mujer, que cuidar a un niño", y que, a diferencia del apoyo social para el cuidado infantil, los adultos mayores carecen de opciones similares.

Costos Económicos del Cuidado Familiar

El cuidado de los adultos mayores también conlleva un significativo costo económico. Los hogares para adultos mayores con fondos de SENAMA son solo para los más pobres o en situación de abandono. En los más de 350 hogares privados en la Región Metropolitana, una mensualidad promedio asciende a $700.000, mientras que una enfermera profesional cobra no menos de $400.000 mensuales por 12 horas de cuidado al día. Este panorama contrasta con el monto promedio de las pensiones en Chile, que es de $150.000, haciendo inaccesible el cuidado profesional para muchas familias de clase media.

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Derechos de los Adultos Mayores en Chile

En Chile, si bien no existe una ley de protección integral específica para el adulto mayor, sus derechos están consagrados en diversas declaraciones, pactos y tratados internacionales, así como en algunas normativas nacionales. Se ha transitado de un enfoque asistencialista hacia uno de derechos, reconociendo la responsabilidad del Estado de brindar protección para mantener la integridad física, psíquica y social de las personas mayores.

Instrumentos Legales y Normativos que Resguardan los Derechos del Adulto Mayor:

  • Derecho Internacional:
    • Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948.
    • Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad (1991).
    • Artículo 16 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica, 1969).
  • Legislación Chilena:
    • El artículo 223 del Código Civil establece el deber de asistencia y socorro, indicando que los hijos están obligados a cuidar de sus padres en su ancianidad, demencia y en todas las circunstancias de la vida en que necesiten auxilio.
    • El artículo 222 del Código Civil consagra el deber de respeto.
    • La Ley de Violencia Intrafamiliar regula casos de maltrato al interior del hogar.

Derechos Específicos Reconocidos para los Adultos Mayores:

  • Derecho a la igualdad y no discriminación por razón de edad.
  • Derecho a la vida y dignidad en la vejez.
  • Derecho a la independencia y autonomía.
  • Derecho a la participación e integración comunitaria.
  • Derecho a la seguridad y a una vida sin violencia.
  • Derecho a no ser sometido a tortura, ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
  • Derecho a brindar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud.
  • Derecho de las personas mayores que reciben servicios de largo plazo.
  • Derecho a la libertad personal.
  • Derecho a la expresión, opinión y acceso a la información.
  • Derecho a la nacionalidad y libertad de circulación.
  • Derecho a la privacidad e intimidad.
  • Derecho a la seguridad social.
  • Derecho al trabajo.
  • Derecho a la salud.
  • Derecho a la educación.
  • Derecho a la cultura.
  • Derecho a la recreación, esparcimiento y al deporte.
  • Derecho a la propiedad.
  • Derecho a la vivienda.
  • Derecho a un medio ambiente sano.
  • Derecho a la accesibilidad y movilidad personal.
  • Derechos políticos.
  • Derecho a la protección ante situaciones de riesgo y emergencias humanitarias.
  • Derecho a igual reconocimiento como persona ante la ley.
  • Acceso a la Justicia.

Pensión de Alimentos para Padres y Abuelos Mayores

La pensión de alimentos es un derecho que no solo comprende a los hijos, sino que también puede ser exigida por padres y abuelos que necesitan medios económicos para su subsistencia. Para que un padre o abuelo pueda exigir el pago de una pensión de alimentos a sus hijos o nietos (alimentos mayores), debe existir una necesidad económica comprobada. El reconocimiento puede ser voluntario o forzado a través de una sentencia judicial. Es crucial acreditar la relación familiar y, en un proceso judicial, se debe acompañar el certificado de mediación frustrada para demostrar el intento de una solución extrajudicial.

Excepciones para No Pagar Pensión de Alimentos:

  • Que quien quiere demandar alimentos haya cometido injuria atroz.
  • Que no hayan pagado la pensión de alimentos (judicialmente regulada) de sus propios hijos o nietos.

Maltrato y Abandono de Adultos Mayores

Las cifras del Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA) revelan que el grueso de los casos de maltrato contra personas mayores, regulados por la Ley de Violencia Intrafamiliar, ocurre al interior del hogar. En 2015, se registraron 932 casos, mientras que en 2014 hubo 1.066, lo que representó un aumento del 189% respecto de 2012 (369 casos). En 2015, 232 casos correspondieron a abandono, 149 a maltrato psicológico y 124 a negligencia. Es preocupante que el maltrato sea ejercido principalmente por quienes tienen el deber de cuidarlos y protegerlos.

infografía sobre tipos de maltrato y abandono en adultos mayores

Propuestas Legislativas y el Futuro del Cuidado de Adultos Mayores

Ante el inminente envejecimiento de la población, es urgente destinar más recursos a programas e infraestructura para el cuidado del adulto mayor en Chile. Sociólogas como Soledad Herrera sugieren que la inversión no solo debe enfocarse en crear más hogares de reposo, sino en apoyar a las familias que cuidan a sus mayores, por ejemplo, mediante centros de cuidado diurno o subsidios a las cuidadoras familiares.

Iniciativas de SENAMA y Proyectos Futuros:

  • SENAMA trabaja en un proyecto para implementar centros de cuidado por día, enfocados en adultos mayores con grados de dependencia por enfermedad, para ofrecer rehabilitación y apoyo.
  • Se tramita un subsidio de ampliación para familias que tienen a un adulto mayor dependiente en casa y necesitan una pieza adicional e infraestructura especial (ej. puertas anchas para sillas de ruedas).
  • El programa liderado por Paulina Weber, directora del Movimiento de Emancipación de la Mujer Chilena (MEMCH), capacita a jefas de hogar como "asistentes comunitarias". Estas mujeres visitan a adultos mayores que viven solos para realizar trámites, llevarlos al consultorio, bañarlos, cocinarles y ofrecer "respiro a la cuidadora" en casos de postrados. El MEMCH cuenta con 60 mujeres capacitadas que asisten a 600 adultos mayores en diversas comunas, con financiamiento de SENAMA y planes de expansión nacional.

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Moción Parlamentaria para una Ley de Protección Integral:

Se propone una moción parlamentaria para establecer una ley que modifique diversos cuerpos regulatorios, incluyendo la Ley N° 19.828 (creadora de SENAMA) y el Reglamento N° 14 de 2010 (sobre Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores - ELEAM). Los objetivos son:

  1. Más atribuciones para SENAMA:
    • Para denunciar abandonos y demandar a hijos o hijas mayores de 60 años que abandonan a sus padres.
    • Exigir visitas semanales y asegurar sus necesidades financieras y espirituales.
    • Cuidar de los padres ancianos se convertiría en una obligación legal, con sanciones de multas, penas de cárcel y registro en el certificado de antecedentes y Dicom para quienes no los visiten regularmente.
  2. Modificar Reglamento N° 14 y crear una Ley para ELEAM:
    • Es deseable que una ley, y no un reglamento, regule los ELEAM, para garantizar con mayor fuerza los derechos subjetivos y evitar la inestabilidad jurídica de los decretos reglamentarios.
  3. Implementación del Sistema de Aseguramiento y Protección del Adulto Mayor (SAPAM):
    • Dependiente del Estado de Chile, su misión principal sería supervisar y fiscalizar técnicamente a los centros especializados u organismos colaboradores del país.
    • Los ELEAM estarían sujetos a fiscalización periódica, vigilando las condiciones de funcionamiento, calidad de servicios, cualificación del personal, condiciones de vida, médicas y sanitarias de los internos, y su voluntad de permanencia.

Estas propuestas buscan garantizar la efectiva vigencia de los derechos de las personas adultas mayores, promoviendo su integración activa en la familia y la comunidad, y asegurando su protección integral bajo un modelo de corresponsabilidad social, donde el Estado cumpla su deber de asistencia y vela por la dignidad de sus ciudadanos en la vejez.

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