Guía Completa sobre la Jubilación y Beneficios para el Adulto Mayor en Chile

La jubilación es una etapa significativa en la vida de todo adulto mayor, que implica no solo un cambio en la rutina diaria, sino también una reestructuración de la situación económica. En Chile, el sistema de pensiones ofrece diversas modalidades y beneficios para asegurar la calidad de vida en esta etapa. Es crucial entender los conceptos clave y los procesos para una transición exitosa.

Foto temática de adultos mayores sonrientes disfrutando de su jubilación

El Sistema de Pensiones en Chile: AFP y Modalidades

Todas las personas en Chile tienen derecho a acceder a una pensión por vejez. Este monto de dinero se entrega a quienes jubilan y depende principalmente de los ahorros personales en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Si una persona está próxima a cumplir la edad legal de jubilación (60 años para mujeres y 65 para hombres, a menos que pueda hacerlo antes si tiene fondos suficientes o por trabajo pesado), debe considerar el monto de dinero que tiene en su cuenta obligatoria de AFP para el cálculo de su pensión.

Modalidades de Pensión

En el sistema de AFP, existen varias modalidades de pensión, cada una con su propia forma de financiamiento y administración:

  • Retiro Programado: Administrado por una AFP, donde la pensión se calcula anualmente en función del saldo de la cuenta individual.
  • Renta Vitalicia Inmediata: Contratada con una compañía de seguros de vida (CSV), donde se traspasa el capital acumulado a cambio de una pensión fija y de por vida.
  • Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida: Una combinación que permite un retiro programado por un tiempo, seguido de una renta vitalicia.
  • Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado: Otra alternativa mixta que combina características de las dos modalidades principales.

Es importante tener presente que la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) se calcula como una renta vitalicia simple con el saldo que la persona mantenía en su cuenta de ahorro obligatorio, más el bono de reconocimiento, sus beneficiarios de pensión y la tasa de interés vigente cuando cumpla la edad legal de pensión. Esta pensión autofinanciada solo se considerará para el cálculo de la pensión base mientras la persona imponente no se pensione por vejez.

Proceso para Solicitar la Pensión

Para iniciar el proceso de jubilación, la persona debe seguir una serie de pasos:

  1. Notificar al Empleador: Si trabaja con contrato, debe comunicarle al empleador la voluntad de iniciar la jubilación. Se recomienda verificar que el pago de sus cotizaciones y seguro de cesantía estén al día, para que la AFP efectúe las gestiones necesarias para la cobranza y recaudación de los fondos adeudados.
  2. Solicitar el Certificado de Saldo: La AFP es la encargada de emitir el Certificado de Saldo, calculando la totalidad de los fondos que tiene la persona en su cuenta de capitalización individual. Paralelamente, la AFP envía esta información al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP).
  3. Declaración de Beneficiarios: Junto con la solicitud, se debe realizar la Declaración de Beneficiarios, adjuntando certificados de nacimiento de hijos e hijas, y si es el caso, certificado de matrimonio o Acuerdo de Unión Civil. Es importante destacar que los afiliados pueden realizar el trámite de pensión de manera directa y es absolutamente gratuito.
  4. Ofertas de Pensión (SCOMP): En un plazo máximo de 3 días hábiles desde la solicitud, las AFP y las compañías de seguros deben ingresar al SCOMP las propuestas de pensión diseñadas. El SCOMP procede a emitir un Certificado de Ofertas que contiene las distintas alternativas de pensión que la persona puede obtener, según las cuatro modalidades vigentes. Este certificado será remitido al afiliado solo mediante carta certificada a su dirección postal.

Es muy importante que las personas revisen con frecuencia que sus cotizaciones previsionales obligatorias se encuentren al día en sus cuentas de capitalización individual en la AFP.

Infografía del proceso de solicitud de pensión en Chile

Pensión Garantizada Universal (PGU): Un Beneficio Clave

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio financiado totalmente por el Estado, diseñado para apoyar a un universo importante de personas. Este beneficio, que llegó a un máximo de $185.000, reemplazó al anterior Pilar Solidario (Pensión Básica Solidaria de Vejez y Aporte Previsional Solidario de Vejez).

¿Quiénes Pagan la PGU?

Desde el 1 de junio de 2022, el Instituto de Previsión Social (IPS) es el encargado de pagar directamente la PGU a los beneficiarios, independientemente de si reciben una pensión de retiro programado (AFP) o de renta vitalicia (compañía de seguros de vida).

Requisitos para Acceder a la PGU

Para optar a la PGU, se deben cumplir ciertos requisitos:

  • Acreditar residencia en Chile por un período mínimo de 20 años continuos o discontinuos, contados desde que la persona que solicita la PGU haya cumplido 20 años de edad.
  • Estar en el 80% más vulnerable de la población, según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias. Para ello, es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Contar con una estimación de pensión autofinanciada menor a la pensión superior (aproximadamente $1 millón).
  • Se excluye a las personas que cotizan o están pensionadas en los regímenes de Capredena y Dipreca, incluso si son titulares o beneficiarias de pensión de sobrevivencia.

La solicitud puede presentarse a partir de la fecha en que el beneficiario cumpla 64 años y 9 meses de edad. La PGU se reajusta en febrero de cada año, según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Proceso de Solicitud de la PGU

Para solicitar este beneficio, se requiere tener ClaveÚnica. Los pasos para la solicitud son:

  1. Acceder al sitio web oficial y pinchar la pestaña "Consulta si eres beneficiario y solicítala", donde se despliegan las opciones para consultar si se cumplen los requisitos y solicitar la PGU.
  2. Presentar una solicitud de acceso al beneficio directamente en las sucursales de ChileAtiende, AFP, compañía de seguros de vida (CSV) o municipios.

A partir de agosto de 2022, todas las nuevas solicitudes de personas que no reciban Pensión Básica Solidaria (PBS) ni Aporte Previsional Solidario (APS) y que cumplan con los requisitos para la PGU, podrán realizar la solicitud ante el IPS, preferentemente de manera electrónica.

Cálculo y Monto de la PGU

La ley establece que, a mayor monto percibido como pensión base, menor es el monto del beneficio de PGU, ya que es un complemento financiado por el Estado. El cálculo del bono compensatorio será determinado por la AFP e informado al IPS para que sea complementado con la PGU.

A continuación, algunos ejemplos para ilustrar el cálculo:

  • Andrea, pensionada de 75 años: Recibe una Pensión Básica Solidaria de Vejez de $176.096. Con la PGU, su beneficio podría ajustarse al valor máximo.
  • Mario, 66 años: Recibe una pensión mensual de $250.000, compuesta por su pensión autofinanciada de $100.000 y un APS de $150.000.
  • Laura, pensionada de 70 años: Recibe una pensión base de $720.000. A partir de agosto de 2022, le corresponde recibir el beneficio de la PGU por un monto aproximado de $100.000.
  • Miguel, 67 años, aún no pensionado: Si se pensionara, le correspondería una pensión base de $850.000. A partir de agosto de 2022, le corresponde recibir el beneficio de la PGU por un monto aproximado de $50.000.

Extinción o Suspensión del Beneficio de la PGU

El beneficio de la PGU puede extinguirse o suspenderse bajo ciertas condiciones:

  • Fallecimiento del beneficiario: La PGU se extinguirá ante el fallecimiento del beneficiario.
  • No cobro: Si no se cobra la PGU durante 6 meses corridos. En este caso, el beneficiario podrá pedir la cancelación de la suspensión hasta los 6 meses siguientes a la fecha de suspensión.
  • Permanencia fuera de Chile: Si el beneficiario permanece fuera de Chile por más de 180 días continuos o discontinuos durante un año.
  • Entrega de información falsa: Si el beneficiario entregó antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objeto de acreditar el cumplimiento de los requisitos.
  • No presentación de antecedentes: Por no presentar en el IPS los antecedentes solicitados para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para mantener el beneficio.

Todos los reclamos relacionados con la PGU que reciban las entidades pagadoras de pensión y el IPS deberán ser resueltos según la normativa de la Superintendencia de Pensiones.

PGU - Te explicamos todo lo que debes saber

Relación de la PGU con Otros Beneficios

Pilar Solidario de Invalidez

La PGU no reemplaza al Pilar Solidario de Invalidez, pero sí mejora sus beneficios. De esta manera, la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) se mantienen vigentes, pero aumentan en monto y cobertura, ajustándose al valor de la PGU. Los beneficios se extienden hacia el 80% más vulnerable de la población. Las personas que previo a la entrada en vigor de la ley eran beneficiarias del Pilar Básico Solidario de Invalidez o del Aporte Previsional Solidario de Invalidez, recibieron sus beneficios solidarios a partir de febrero de 2022, calculados en función del valor de la PGU.

Pilar Solidario de Vejez (Transición)

Durante los primeros 6 meses de vigencia de la ley (febrero a julio de 2022), solo recibieron la PGU quienes ya cumplían o iban cumpliendo los requisitos para acceder a la Pensión Básica Solidaria de Vejez o al Aporte Previsional Solidario de Vejez, y el monto de este último no era mayor a $185.000. Si la pensión final garantizada era mayor a $185.000, a partir de mayo de 2022, el IPS pudo definir mantener el beneficio actual o asignar automáticamente la PGU, lo que dependía del beneficio que fuera de mayor monto para el pensionado. Además, desde mayo de 2022 y hasta abril de 2023, los beneficiarios tuvieron la posibilidad de revertir la asignación automática realizada por el IPS, presentando una solicitud.

Asignación Familiar y Cuota Mortuoria

Las personas que reciben PGU no pueden ser causantes de asignación familiar. Sin embargo, para los afiliados al Decreto Ley N° 3.500 (en una AFP), aún cuando reciban PGU, en caso de fallecimiento se mantiene el beneficio de pago de cuota mortuoria a sus beneficiarios y/o sobrevivientes.

Pensiones con Garantía Estatal

Todas las personas que al 1 de febrero de 2022 estaban recibiendo una pensión con garantía estatal pudieron optar a la PGU, o bien mantenerse acogidas al beneficio de garantía estatal.

Otros Beneficios y Consideraciones para el Adulto Mayor

Pensiones por Invalidez y Trabajo Pesado

  • Pensión de Vejez Anticipada por Trabajo Pesado: Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una jubilación por invalidez, conocida como pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que es un beneficio mensual y de por vida. Se puede tramitar en línea y requiere adjuntar la resolución o dictamen de invalidez emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
  • Pensión Anticipada para Enfermos Terminales: Los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explícitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4 (cuidados paliativos en cáncer avanzado) o para un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado, pueden optar a esta pensión. Este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP.

Subsidios por Discapacidad

El subsidio por discapacidad mental, física o sensorial severa es un beneficio para personas con estas condiciones que sean menores de 18 años y que pertenezcan al 60% de menores ingresos del país.

Acceso a Salud

Los pensionados de retiro programado o renta temporal que agotaron el saldo de su cuenta de capitalización individual y no tienen derecho a la PGU, podrán cotizar en Fonasa un 7% para acceder a salud.

Además, el plan AUGE-GES considera problemas de salud que, pese a no ser específicos del adulto mayor, se presentan con mayor frecuencia en este grupo, tales como: Alzheimer y otras demencias, tratamiento médico (para personas de 55 años y más) con artrosis de cadera y/o rodilla leve o moderada, cataratas, hipertensión arterial esencial y diabetes mellitus tipo 2.

Opciones de Cobro de Pensiones

Si la persona cobra su pensión en el Instituto de Previsión Social (IPS), puede solicitar un pago a su CuentaRUT del BancoEstado o acudir presencialmente a la Caja de Compensación Los Héroes o a una oficina ChileAtiende, algunas de las cuales tienen agendamiento online. También es posible modificar la forma de pago.

Contexto Socioeconómico de los Adultos Mayores en Chile

Una encuesta reveló que "dos tercios de los mayores de 60 años que reciben algún tipo de pensión o jubilación de vejez, tienen Pensión Básica Solidaria o Aporte Previsional Solidario". El 44,6% de los adultos mayores que trabajan, lo hacen por cuenta propia. El 59% declara que su situación económica es “regular”, y un 42,8% dice que su salud es “buena” o “muy buena”. Muchos de ellos padecen hipertensión, artritis, artrosis, colesterol alto y diabetes.

Estos datos evidencian el impacto del Pilar Solidario en este grupo, un pilar que ha sido potenciado mediante mayor aporte fiscal. El aumento promedio producto del Pilar Solidario en los ingresos del hogar es de 29%; si el entrevistado era mujer, los aumentos son, en promedio, del 29,9%. El impacto sobre los ingresos personales y del hogar de los adultos mayores es significativo.

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