Pensiones Solidarias en Chile: Beneficios y Actualizaciones

En Chile, el sistema de pensiones solidarias ha experimentado diversas modificaciones y mejoras a lo largo del tiempo para asegurar un soporte económico a los adultos mayores y personas con invalidez. El Instituto de Previsión Social (IPS) es la entidad pública a cargo de administrar este sistema.

Pilar Solidario y sus Beneficiarios

Cerca de 300 mil adultos mayores, beneficiarios del Pilar Solidario, ya han recibido el pago de sus pensiones con su respectivo aumento. Este número de adultos mayores beneficiados representa un 18,75% del total de cerca de 1 millón 600 mil beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS), que incluye también a las personas que reciben pensiones de invalidez.

¿Qué es el Pilar Solidario?:

Implementación y Aumentos (2018-2019)

La denominada "Ley corta de pensiones" fue publicada el 11 de diciembre de 2018, y los pagos con el complemento adicional comenzaron solo un día después. El IPS se preparó para que los beneficiarios pudieran tener su pensión junto con el complemento adicional en tiempo y forma. Es importante destacar que desde el 12 de diciembre de 2018, las pensiones se pagaron con sus respectivos incrementos.

Los aumentos detallados para los beneficiarios fueron:

  • Adultos mayores de 80 años: $55.101 adicionales.
  • Entre 75 y 79 años: $33.060 adicionales.
  • Menores de 75 años: $27.550 adicionales este mes, con un aumento a $33.060 en enero de 2021 y a $55.101 en enero de 2022.

Pensión Garantizada Universal (PGU)

En enero de 2022, al amparo de la Ley N° 21.419, se creó la Pensión Garantizada Universal (PGU). Este beneficio está dirigido a personas de 65 años y más, quienes, entre otros requisitos, pueden estar pensionadas o no, trabajando o no, y deben integrar un grupo familiar perteneciente al 90% de menores ingresos de la población total del país.

Infografía sobre los requisitos para acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU)

Relación de la PGU con el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV)

La Ley N° 21.419 estableció que a las pensionadas y los pensionados de AFP con Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) que recibían una pensión final garantizada mayor que la PGU, el IPS les debía asignar el beneficio de mayor monto entre el valor de la PGU y el valor del APSV. Es importante tener presente que, si bien la PGU no reemplazó los beneficios del Pilar Solidario de Invalidez, sí mejoró su cobertura y montos.

Si eres una persona beneficiaria de APSV y no recibes una pensión vitalicia, es recomendable solicitar asesoría en una sucursal ChileAtiende durante todo el año. Una vez que el IPS haya comparado tu actual pensión final (pensión base más complemento solidario) y la suma de pensiones recibidas, la PGU y el bono compensatorio (este último si corresponde), te notificará si es más favorable que renuncies al APSV y solicites la PGU. El IPS tiene hasta el último día hábil de octubre de 2025, 2026 y 2027 (dependiendo de la edad que tengas) para notificarte que la PGU es más conveniente para que consideres la opción de renunciar al APSV.

Exención de Cotización de Salud para Beneficiarios de PGU

Las personas beneficiarias de la PGU estarán exentas de la cotización obligatoria de salud y tendrán derecho a la correspondiente bonificación solo si integran un grupo familiar perteneciente a los cuatro primeros quintiles de la población de Chile, es decir, el 80% de la población de menores ingresos, conforme al instrumento técnico de focalización (1.876 puntos).

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

La persona que es beneficiaria de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) recibirá este beneficio hasta el último día del mes en que cumpla 65 años de edad.

Otros Beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias

Asignación por Muerte

Este beneficio busca reembolsar a quien ha pagado los gastos funerarios de una persona fallecida que fue pensionada del sistema previsional antiguo o beneficiaria del Pilar Solidario.

Reevaluaciones de Beneficios

Con la Reforma de Pensiones, desde septiembre de 2025 el IPS realiza reevaluaciones para calcular el valor de los beneficios y entregar la alternativa de mayor monto, según la edad que tengas.

¿Quiénes tienen derecho a las Pensiones Solidarias?

Tienen derecho a las pensiones solidarias mujeres y hombres de 65 años de edad o que hayan sido declarados con invalidez por las Comisiones Médicas, que no hayan cotizado en una administradora de fondos de pensiones (AFP) ni tengan pensión en algún régimen previsional.

También pueden solicitar una PBS los pensionados y pensionadas por gracia, exoneradas y exonerados políticos, beneficiarios por la Ley Rettig y la Ley Valech, quienes, además de esa pensión, perciban otra de alguno de los regímenes administrados por el Instituto de Previsión Social (IPS) o AFP. Es importante tener presente que la PBS de vejez e invalidez se financia completamente con recursos fiscales.

Monto del Beneficio

Las Pensiones Básicas Solidarias (PBS) se reajustan anualmente en el mes de julio, de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC).

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