La denominada "jubilación de ama de casa" es un concepto que abarca diversas modalidades de acceso a una pensión para aquellas personas, mayormente mujeres, que no han podido cumplir con los años de aportes necesarios al sistema previsional debido a dedicarse al cuidado del hogar y la familia. Este tipo de jubilación busca proteger a un colectivo que, históricamente, ha quedado desprotegido en términos de seguridad social. A continuación, exploraremos las particularidades y requisitos de este beneficio en diferentes contextos.

La Jubilación de Ama de Casa en Argentina
¿Qué es y quiénes acceden?
En Argentina, la "jubilación de ama de casa" es un denominativo que refiere a todas aquellas jubilaciones que requieren de la utilización de moratorias previsionales. Esta es una opción para todas aquellas personas que no cuentan con todos los requisitos para jubilarse: tienen la edad jubilatoria (desde 65 años para hombres y 60 años para mujeres) pero no cuentan con los 30 años de aportes requeridos por el sistema previsional argentino para jubilarse. Si bien su nombre indica "ama de casa", es viable tanto para mujeres como para hombres y genera un derecho idéntico al de cualquier jubilación (movilidad, permanencia, vitalicia) de las mencionadas anteriormente. La persona que se jubila mediante la “jubilación de ama de casa” en realidad adquiere en términos legales la “jubilación ordinaria”.
Características Principales
- Es una jubilación ordinaria, es decir que tiene los mismos alcances que el resto de las jubilaciones argentinas.
- Es irrevocable. Como cualquier jubilación ordinaria, no puede ser dejada sin efecto. Ningún gobierno posterior podría revocarla.
- Es vitalicia. Tiene efectos para toda la vida.
- Ante el fallecimiento de la persona, transmite derecho de pensión a cónyuges, convivientes e hijos menores de edad o discapacitados.
Moratorias Previsionales y Beneficios
Las moratorias que se utilicen serán abonadas en 60 meses (cinco años), descontadas automáticamente del haber a percibir. El haber siempre será el de la mínima jubilatoria nacional, con los incrementos semestrales y anuales. Las personas jubiladas de ama de casa tienen la obra social del PAMI. Por ende, se les retiene del haber un 3% mensual.
Aportes por Tareas de Cuidado
Para las mujeres existe desde el año 2020 la posibilidad de sumar aportes por cada hijo que tenga o haya tenido, sin importar la edad de los mismos. Esto reconoce las llamadas tareas de cuidados.
Videoconferencia: "El reconocimiento de tareas de cuidado para la jubilación"
Pensión no Contributiva para Amas de Casa en España
¿Qué es y por qué existe?
En España, las personas que cuidan del hogar ahora pueden solicitar una pensión no contributiva, con la que se intenta proteger a este colectivo que no ha cotizado lo suficiente.
Requisitos Clave para Obtener la Pensión
No todo el mundo va a poder obtener esta pensión. A continuación, te dejamos la lista de requisitos con los que se debe cumplir para poder acceder a esta prestación:
- La persona debe tener 65 años o más para optar a esta pensión.
- Debe llevar residiendo en España durante 10 años o más.
- Si la persona vive sola, las rentas no deben superar los 8.803,20 euros al año.
- Si la persona vive acompañada, dependerá de su contexto familiar y del número de convivientes.
Cuantía de la Pensión
En cuanto a la cantidad que se puede obtener mediante esta prestación, en 2026 la cuantía máxima es de 8.803,20 euros en 14 pagas, unos 628,80 euros con dos pagas extra.
Cómo Solicitar esta Pensión
Al ser una pensión no contributiva, no depende directamente del estado sino de las comunidades autónomas. Por lo tanto, hay que solicitarla en la página específica de tu comunidad autónoma, y cada una de ellas tiene una web para realizar la solicitud. Cada una de las comunidades tendrá un formulario o procedimiento diferente, por lo que la manera de hacerlo y los pasos dependen de cada web. Siempre se necesitará tener a mano toda la documentación que justifique los ingresos que se tienen, así como la que pruebe la cantidad de personas que conviven en tu casa.
Algunas de las comunidades autónomas donde se puede solicitar son: Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Islas Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, La Rioja, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra y País Vasco.
Opciones de Pensión para Personas sin Aportes en Chile: La Pensión Garantizada Universal (PGU)
¿Qué es y quiénes tienen derecho?
Todas las personas tienen derecho a acceder a una pensión por vejez. Es un monto de dinero que se entrega a quienes jubilan y depende de los ahorros personales en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Las personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión, podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), que entrega el Estado. La PGU se reajusta en febrero de cada año, según el IPC.
Tienen derecho mujeres y hombres de 65 años de edad o que hayan sido declarados con invalidez por las Comisiones Médicas, que no hayan cotizado en una administradora de fondos de pensiones (AFP) ni tengan pensión en algún régimen previsional. También pueden solicitar una PGU los pensionados y pensionadas por gracia, exoneradas y exonerados políticos, beneficiarios por la Ley Rettig y la Ley Valech, quienes, además de esa pensión, perciban otra de alguno de los regímenes administrados por el Instituto de Previsión Social (IPS) o AFP. Se excluye a las personas que cotizan o están pensionadas en los regímenes de Capredena y Dipreca, aunque sean titulares o beneficiarias de pensión de sobrevivencia.
Requisitos y Montos
Para acceder a la PGU, es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH) y estar en el 80% más vulnerable, según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias. Además, se debe acreditar residencia en Chile por un período mínimo de 20 años continuos o discontinuos, los cuales se contarán desde que la persona que pide la PGU haya cumplido 20 años de edad. Es importante tener presente que la PGU es un beneficio financiado totalmente por el Estado para un universo importante de personas, por lo que la ley establece que a mayor monto percibido como pensión base, menor monto es el beneficio de PGU. Contar con una estimación de pensión autofinanciada menor a la pensión superior ($1 millón, aprox.) es otro requisito.
¿Cómo solicitar la PGU?
Para solicitar este beneficio se requiere tener ClaveÚnica. Se debe pinchar la pestaña "Consulta si eres beneficiario y solicítala" en el sitio web, donde se despliegan las opciones para consultar si se cumplen los requisitos y solicitar la PGU. También se puede presentar una solicitud de acceso al beneficio directamente en las sucursales de ChileAtiende, AFP, compañía de seguros de vida (CSV) o municipios.
Desde el 1 de junio de 2022, el Instituto de Previsión Social (IPS) es el encargado de pagar directamente la PGU a las y los beneficiarios, independientemente de si reciben una pensión de retiro programado (AFP) o de renta vitalicia (compañía de seguros de vida). Si se cobra la pensión en el Instituto de Previsión Social (IPS), se puede solicitar un pago a la CuentaRUT del BancoEstado o acudir presencialmente a la Caja de Compensación Los Héroes o a una oficina ChileAtiende, algunas de las cuales tienen agendamiento online. Además, se puede modificar la forma de pago.
Otros Aspectos Relevantes de la PGU
El beneficio de acceder a la PGU se puede extinguir cuando fallece la beneficiaria o el beneficiario, o por no presentar en el IPS los antecedentes solicitados para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para mantener el beneficio. La PGU no reemplaza al Pilar Solidario de Invalidez, pero sí mejora los beneficios. De esta manera, la PBSI y el APSI se mantienen vigentes, pero aumentan en monto y cobertura, porque se ajustan al valor de la PGU, y los beneficios se extienden hacia el 80% más vulnerable de la población. No, las personas que reciben PGU no pueden ser causantes de asignación familiar. Todos los reclamos relacionados con la PGU que reciban las entidades pagadoras de pensión y el IPS deberán ser resueltos según la normativa de la Superintendencia de Pensiones.