Credencial y Funcionamiento de Clubes Sociales de Cannabis

Los Clubes Sociales de Cannabis (CSC) o asociaciones cannábicas son organizaciones privadas sin ánimo de lucro en las que el cannabis se cultiva de forma colectiva y se distribuye a los miembros registrados. El crecimiento del modelo de los CSC en España demuestra que la legalización del cannabis no tiene por qué significar su comercialización. Además, se ha interpretado que las convenciones sobre drogas de la ONU permiten los CSC, sobre la base de que son una extensión de las políticas de descriminalización.

¿Qué es una Asociación Cannábica?

Una asociación cannábica es una organización no lucrativa, conformada por personas legalmente adultas que se reúnen en un local o centro para consumir cannabis o abastecerse del mismo, sin verse en la obligación de acudir al mercado negro ni ser un problema para la sociedad. Ser conocedores de lo que es la Asociación Cannábica o Club Cannábico es cada vez más frecuente, siendo este un tema que ha ido ganando poder progresivamente y que está fundamentado de manera legal.

Regulación y Legalidad en España

Actualmente, las asociaciones cannábicas no están reguladas por ninguna norma específica a nivel estatal. En todos los territorios del estado, se rigen por la Ley de Asociaciones LO 1/2002. Sin embargo, en algunos municipios existen ordenanzas municipales específicas sobre asociaciones cannábicas y clubes sociales de cannabis. Deben estar inscritos en un registro regional de asociaciones, y los fundadores deben someterse a un control de antecedentes. Los CSC y sus locales deben estar cerrados al público.

Mapa de regulaciones de cannabis en España

Requisitos para Abrir una Asociación Cannábica

Para establecer una Asociación Cannábica, se deben cumplir una serie de requisitos y seguir un proceso estructurado:

1. Creación y Registro

  • El primer paso consiste en celebrar la Asamblea Constitutiva en la que se necesitan al menos tres socios fundadores a modo de junta directiva: un presidente, un secretario y un tesorero.
  • Los estatutos, previamente redactados, deben ser aprobados, así como el acta fundacional que será firmada y ratificada por todos los socios. En ella también se especifica la denominación o razón social.
  • La mayoría de clubes de cannabis en España siguen los estatutos del club pionero Pannagh.
  • Una vez celebrada esta asamblea, se presentan estos documentos en el registro de la comunidad autónoma correspondiente para oficializar la asociación.
  • Se recomienda unirse a la Federación de Asociaciones Cannábicas (FAC) para legitimar el funcionamiento de la misma y contribuir al desarrollo del movimiento asociativo a nivel nacional.

2. Documentación y Trámites Administrativos

En cuanto a documentación, lo primero será hacer un registro de asociaciones en el cual se especifiquen los siguientes elementos:

  • La instancia bajo la cual será creada la asociación.
  • Obtener el acta fundacional.
  • Cumplir con los estatutos.
  • Tener disponibles las fotocopias de los respectivos DNI de los fundadores.
  • Firmas de los socios fundadores.

Por otra parte, en Hacienda habrá que cumplir con otra serie de papeleos, los cuales son:

  • Llenar el formulario 037.
  • Presentar la instancia más el acta fundacional y sus estatutos que deben estar sellados por el registro de asociaciones.
  • Llevar una fotocopia del documento de identidad del presidente de la asociación y su firma.

3. Licencias para Abrir la Asociación Cannábica

Al momento de decidir abrir una Asociación Cannábica, será necesario conseguir una licencia de apertura para el local, por lo que se debe presentar una declaración ante el ayuntamiento del municipio de interés, donde radicará el Club Social de Cannabis. Previamente, se debe haber registrado en la Federación de Asociaciones Cannábicas, de esta manera se hace legítima y funcional.

En el caso de que en la ordenanza municipal no exista ninguna de estos dos tipos de licencia, se suelen utilizar licencias más estándar, para actividades inocuas, al igual que las que disponen asociaciones de otro tipo como las peñas de fútbol o las cofradías.

Acta Fundacional de la Asociación Cannábica

Esta acta es un documento que refleja la declaración respectiva a la intención de hacer el registro formal de los estatutos para dar de alta a la Asociación Cannábica. En este documento se hace constancia de cuál es la verdadera voluntad de los promotores bajo un acuerdo entre la Constitución de dicha asociación más la aprobación de sus estatutos. Este incluye los datos de los socios fundadores, la denominación de su asociación, qué estatutos han sido aprobados y bajo los cuales se regirá la asociación, el código de actividad de la asociación y la fecha y lugar en la que fue otorgada el acta.

Costos y Viabilidad

Lo que más dinero costará será el local donde se vaya a montar la asociación. Lo más aconsejable es alquilar uno, de primeras, si con el paso del tiempo va bien, se puede comprar un local. El precio dependerá de la zona y de los metros del lugar. En cuanto a las cuotas, estas pueden variar de acuerdo a lo establecido por mes, pero suele ser de unos 50 €, y la cuota de administración puede tener un costo de 20 €. La asociación debe funcionar sin ánimo de lucro. Los socios pagan cuotas para cubrir los costes de producción y gestión, pero todos los ingresos generados se reinvierten en sus operaciones.

Cómo CREAR una ASOCIACIÓN en España | Guía PASO A PASO ✅

Cómo Hacerse Socio de una Asociación Cannábica

Para poder hacerse miembro de una asociación cannábica, se deberán cumplir una serie de requisitos:

  • Ser mayor de edad (en algunos clubes, 21 años o más).
  • Hacer entrega del Documento Nacional de Identidad u otro tipo de identificación.
  • Ser consumidor de forma habitual, garantizando que no se está incitando a nadie al consumo.
  • Presentar una declaración de consumo constatando la cantidad que será consumida al mes. Se fijan unas cantidades personales diarias de una media de tres gramos por persona para reducir la probabilidad de que el cannabis se desvíe para su venta en el mercado ilícito. La previsión máxima de consumo está limitada a 60 gramos al mes por socio.
  • No tener antecedentes penales relativos a delitos contra la salud pública.
  • Ser invitado por un integrante de la asociación y ya con esto estará legitimada la asociación. En algunos casos, la afiliación solo se concederá por invitación de un miembro existente que pueda dar fe de que la persona ya es un consumidor de cannabis.
  • En algunos clubes, exigen que la persona resida en la ciudad, para evitar el conocido turismo cannábico.

Inscripción de Socios y Previsión de Consumo

Para adherirse, los socios rellenan una solicitud de inscripción en la que abonan una cuota y aportan el DNI para demostrar que no son menores de edad. También reconocen el uso habitual de cannabis, la voluntad de pertenecer a la asociación y no tener antecedentes penales relativos a delitos contra la salud pública. La parte más importante de esta inscripción es la declaración de la previsión de consumo. En ella el socio estipula aproximadamente la cantidad de marihuana que va a consumir al mes. La suma de las previsiones de consumo de los socios legitima a la asociación para abastecer de marihuana a sus integrantes.

Funcionamiento y Gestión Interna

La asociación no hará difusión del consumo de cannabis ni promoción del mismo a personas no pertenecientes a la misma. Además, debe garantizar una organización democrática en la que, si bien se delegan poderes para agilizar la toma de decisiones, también se garantizan los mecanismos para que los socios participen en las mismas. Como suele pasar en todas las asociaciones, algunos socios se involucran más que otros, pero siempre se debe informar a todos de asambleas y cambios.

Producción y Abastecimiento

El cannabis distribuido por los clubes debe ser para un consumo más o menos inmediato. Lo ideal, para no participar en el mercado negro, es que la asociación autoproduzca el cannabis que consumen sus socios. En este caso se ajusta la producción a la suma de las previsiones de consumo. Sin embargo, muchas asociaciones no disponen de medios para autoproducir su marihuana, por lo que recurren a la compra mancomunada. En ella, en el nombre de los socios, la Junta Directiva adquiere el cannabis de un tercero. La compra mancomunada es, como la producción, la suma de las previsiones de consumo. Tanto si la marihuana proviene del autoabastecimiento como del mercado negro, se deberá notificar a los socios los precios de producción o adquisición con la máxima transparencia. Asimismo, el precio final del producto debe estar debidamente justificado y desglosado.

Aspectos Laborales

A medida que la asociación crece, se deben asignar empleos a las personas que se encargan de las funciones necesarias para el funcionamiento del club, como la producción, la administración, la contabilidad, la gestión. Los socios que realicen trabajos en la asociación deben tener un contrato, salario estipulado, etc., como en cualquier otro lugar. Esta es una de las negligencias más comunes en las asociaciones que están empezando, no regularizar los trabajos y las consecuentes remuneraciones de los socios empleados. Es crucial tener cuidado con estos aspectos laborales y normativos, pues pueden dar al traste con todo el trabajo anterior que ha sido necesario para montar un club social de cannabis.

Herramientas de Gestión

Las asociaciones cannábicas y clubes sociales de cannabis requieren una gestión eficaz y un control férreo de su actividad. Para ello, lo mejor es contar con distintas herramientas tecnológicas o de software de gestión para facilitar este cometido. Smokapp es una herramienta eficaz para dinamizar el funcionamiento de la asociación cannábica o club social de cannabis y que los socios tengan información en tiempo real de la entidad de la que son miembro.

Asesoría Legal

Considerando que esta sigue siendo una temática delicada, lo más recomendado es contar con la asesoría de un abogado, que permita llevar a cabo todo el procedimiento de forma legal y transparente. Un servicio de abogacía puede ayudar a elaborar el acta fundacional, la redacción de los estatutos, la solicitud de inscripción en el registro, alta en el censo de empresarios, realización de la solicitud de número de identificación fiscal, darse de alta en el impuesto de actividades económicas, realizar la solicitud de certificación de inscripción, solicitar el número fiscal definitivo y en la modificación o corrección de cualquiera de los documentos previamente mencionados. Si se está planteando iniciar un proyecto de club social de cannabis o asociación cannábica, no se debe dudar en consultar con especialistas como S&F abogados.

Asociaciones Cannábicas en Chile

En Chile, diversas corporaciones como "Dispensario Nacional" y "Corporación Tetra Club" se han dedicado a facilitar el acceso seguro y legal al cannabis medicinal, bajo un marco de trazabilidad, transparencia y responsabilidad social. Estas organizaciones operan sin fines de lucro y se rigen por la Ley 20.000 y la Ley 20.500.

Regulación en Chile

La Ley 20.000 en Chile establece las bases para controlar el tráfico ilícito de drogas, pero también permite el uso medicinal del cannabis bajo ciertas condiciones. Para regular específicamente el uso del cannabis medicinal, se han emitido los Decretos 4, 8 y 50, que detallan cómo se puede acceder a esta planta para fines terapéuticos dentro del marco legal:

  • Decreto 4 (2015): Reconoce el uso terapéutico del cannabis, permitiendo su cultivo personal y colectivo bajo receta médica, y la producción de medicamentos a base de cannabis en laboratorios autorizados.
  • Decreto 8 (2015): Facilita la importación de medicamentos derivados del cannabis para pacientes, permitiendo el acceso a productos medicinales de calidad controlada con autorización del Instituto de Salud Pública (ISP).
  • Decreto 50 (2022): Refuerza el uso medicinal del cannabis bajo prescripción médica y establece la dispensación segura de productos derivados, garantizando un acceso regulado y responsable.

La Ley 20.000 permite el uso, porte y cultivo de Cannabis medicinal siempre que se cuente con una receta médica vigente. Sin embargo, la receta médica es un justificante legal, no un permiso. El uso personal y el porte en pequeñas cantidades están despenalizados si se puede demostrar el fin terapéutico. El autocultivo está permitido, siempre que la cantidad sea coherente con el tratamiento.

La Ley 21.575 ("Ley Anti-Narco")

La Ley 21.575 de Chile, promulgada en mayo de 2023, incorpora varios cambios importantes en torno al narcotráfico, crimen organizado y temas relacionados con cannabis medicinal. Su objetivo principal es perfeccionar la persecución del narcotráfico y crimen organizado, regular el destino de los bienes incautados, y fortalecer las instituciones de prevención, rehabilitación y reinserción social.

Respecto al cannabis medicinal y autocultivo, introduce la posibilidad de justificar el cultivo de cannabis para tratamiento médico. Esto implica que personas que lo requieran para sus dolencias puedan cultivar cannabis si tienen una receta médica extendida por un médico cirujano. Esa receta debe indicar el diagnóstico, la duración del tratamiento, y la forma de administración. Además, la forma de administración no puede ser mediante combustión. Se sancionan recetas falsas que pretendan justificar el cultivo, con penas que pueden ir de presidio mayor en su grado mínimo (5 años y 1 día hasta 10 años) cuando hay falsificación o mal uso de estas recetas.

La ley no legaliza el autoconsumo recreativo generalizado ni el cultivo personal para fines recreativos sin justificación médica con receta. La norma lo que introduce es una causal de justificación para uso medicinal. El cultivo debe contar con la receta médica, y queda regulado el tipo de administración (no combustión) para fines medicinales. No se especifican todavía ciertos parámetros para lo recreativo como el número de plantas permitidas, o cantidades máximas para porte recreativo, porque esos aspectos siguen siendo materia de debate legal o para proyectos de ley futuros.

tags: #credencial #club #cannabis