El sistema previsional chileno tiene como objetivo fundamental entregar pensiones a quienes han finalizado su vida laboral activa, ya sea por haber cumplido la edad legal de jubilación o por algún impedimento que les impida continuar trabajando. Este sistema es ampliamente conocido como el sistema de AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) y fue establecido originalmente por el Decreto Ley N° 3.500, de 1980.
Sistema de Capitalización Individual Obligatoria (AFP)
Funcionamiento y Cotizaciones
Definido como un sistema de capitalización individual obligatoria, el mecanismo central consiste en que cada trabajadora y trabajador, durante su vida laboral activa, debe destinar una porción de su remuneración, sueldo o ingreso imponible para ahorrar en una cuenta personal. Esta cuenta es gestionada por una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
El propósito principal de este ahorro es que, al momento en que la persona se retire del mercado laboral, los recursos acumulados puedan financiar una pensión al cumplir la edad legal de jubilación. En Chile, esta edad es de 65 años para hombres y de 60 años para mujeres.
Para lograr este objetivo, cada afiliada o afiliado a una AFP debe cotizar de manera obligatoria el 10% de su remuneración, sueldo o ingreso imponible en su cuenta de capitalización individual. Las AFP, a su vez, cobran una comisión por la administración de dicha cuenta. Esta gestión abarca desde la recaudación de las cotizaciones previsionales o fondos de pensiones hasta la inversión de estos recursos con el fin de obtener rentabilidad y, de esta forma, aumentar el capital acumulado por las personas.
Nuevas Cotizaciones con la Reforma Previsional
Adicionalmente, y como resultado de la Ley N° 21.735 de Reforma Previsional, publicada en el Diario Oficial el 26 de marzo de 2025, se incorporó una nueva cotización que es de cargo del empleador. Esta cotización comenzará con una tasa inicial del 1% y se incrementará cada año, durante un período de nueve años, hasta alcanzar el 7% de la remuneración de la o el trabajador.
24 Horas Te Explica: Las diferencias entre el antiguo y nuevo sistema de AFP | 24 Horas TVN Chile
Evolución Histórica del Sistema de Pensiones en Chile
El Antiguo Sistema de Reparto y las Cajas de Previsión
Es importante tener presente que hasta 1980, Chile operaba con un sistema de pensiones de reparto. En este modelo, las pensiones eran financiadas con las cotizaciones de las trabajadoras y los trabajadores activos y los recursos eran administrados por diversas cajas de previsión. Aunque estas cajas dejaron de existir con la implementación del sistema de AFP, aún quedan personas afiliadas en el antiguo régimen previsional.
En este contexto, surge la relevancia del "continuador legal de la caja bancaria de pensiones". Estas entidades, aunque ya no operativas como antes, tienen un sucesor legal que se encarga de administrar los beneficios y gestionar la información de aquellos cotizantes que aún pertenecen al régimen antiguo o que requieren trámites relacionados con períodos de cotización previos a la reforma. Este continuador legal garantiza la continuidad en el cumplimiento de las obligaciones y derechos adquiridos por los afiliados bajo el sistema de reparto.
Pilar Solidario y la Pensión Garantizada Universal (PGU)
En marzo de 2008, al amparo de la Ley N° 20.255 que estableció una significativa reforma previsional, comenzó a regir en el país el Sistema de Pensiones Solidarias (SPS). Este sistema buscaba complementar las bajas pensiones del sistema de AFP.
Desde el 1 de febrero de 2022, los beneficios de vejez que se otorgaban a través del SPS, también conocido como Pilar Solidario, fueron reemplazados por un nuevo instrumento de protección social. Este nuevo beneficio, financiado íntegramente por el Estado, es la Pensión Garantizada Universal (PGU), que busca ampliar la cobertura y mejorar los montos de las pensiones no contributivas.
El Pilar Voluntario: Ahorro Previsional Adicional

Instrumentos de Ahorro Voluntario
El sistema previsional chileno también contempla a quienes pueden y desean ahorrar de manera voluntaria para mejorar su futura pensión. Previo a la reforma de 2008, el Pilar Voluntario solo incluía la existencia de una Cuenta de Ahorro Voluntario, también conocida como Cuenta 2.
Sin embargo, en el marco de la reforma previsional de 2008, se agregaron dos nuevas modalidades de ahorro: las cuentas de Ahorro Previsional Voluntario (APV) y de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo (APVC). Estos instrumentos pueden ser gestionados por diversas entidades, incluyendo AFP, bancos y compañías de seguros de vida (CSV), entre otras, todas ellas supervisadas por la Superintendencia de Pensiones o por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).