La tramitación y el seguimiento de las pensiones no contributivas requieren conocer los procedimientos administrativos vigentes, tanto para la solicitud inicial como para el mantenimiento del beneficio. A continuación, se detallan los pasos y requisitos fundamentales para gestionar estos apoyos económicos.
Canales de solicitud y gestión
Para solicitar la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), los interesados pueden realizar el trámite a través de los siguientes canales:
- Sitio web oficial.
- Servicio de videoatención.
- Sucursales de ChileAtiende.
Es importante destacar que, para solicitar esta pensión, no se requiere tener declarada la invalidez ante una comisión médica. Si el usuario requiere asistencia adicional o tiene dudas sobre el estado de su trámite, puede comunicarse al call center de ChileAtiende marcando el 101 o al +56 4 4236 2000 si se encuentra en el extranjero.

Información sobre la Unidad Económica de Convivencia
Para efectos de la evaluación de ingresos y requisitos, se define la Unidad Económica de Convivencia en todos los casos donde la persona solicitante conviva con otros individuos unidos por matrimonio o lazos de parentesco (consanguinidad o adopción hasta el segundo grado).
Compatibilidad con actividades laborales
Las personas que percibían una pensión no contributiva (PNC) por incapacidad antes de iniciar una actividad laboral pueden compatibilizar ambos ingresos durante los cuatro años siguientes al inicio de dicha actividad. Esta compatibilidad está sujeta a los siguientes puntos:
- La suma de la cuantía anual de la pensión y los ingresos laborales no debe superar los 16.003,20 €.
- En caso de exceder dicho límite, la cuantía anual de la pensión se reducirá proporcionalmente.
Procedimientos de revisión anual y obligaciones
El mantenimiento de la pensión está sujeto a un procedimiento de revisión anual, cuyo propósito es establecer la cuantía definitiva del año anterior y determinar la cuantía para el año en curso. Este proceso se basa en:
- Datos económicos declarados por el titular.
- Información sobre la convivencia del beneficiario.
- Regularización de los importes percibidos.
Es fundamental recordar que el incumplimiento del deber de presentar la declaración anual en el plazo indicado dará lugar a la suspensión inmediata del pago de la pensión.

Complementos a la pensión
Necesidad de otra persona
La cuantía individual de la pensión no contributiva de incapacidad puede incrementarse con un complemento por necesidad de otra persona, siempre que se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 75% y la necesidad de asistencia para realizar actos esenciales de la vida.
Complemento por alquiler
Existe un complemento específico para los beneficiarios que tengan fijada su residencia habitual en una vivienda alquilada. La cuantía anual de este complemento se rige por lo dispuesto en la normativa vigente de Presupuestos Generales del Estado.
Consideraciones finales sobre la documentación
Durante el proceso, el interesado autoriza la consulta de sus datos a otras Administraciones públicas. Los documentos relacionados serán objeto de verificación automática, por lo que, si el interesado ya ha presentado la documentación anteriormente, no será necesario adjuntarla nuevamente.
Cabe señalar, respecto a la vigencia del beneficio, que los titulares de PBSI pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar respecto a sus descendientes que vivan a su cargo, siempre que cumplan los requisitos establecidos. Asimismo, el pago de la pensión se recibirá hasta el último día del mes en que el titular cumpla los 65 años.