Beneficios y Calificación de Trabajos Pesados para Pensiones Anticipadas

La Ley N° 19.404 establece que quienes han realizado un trabajo calificado como pesado pueden pensionarse por vejez en forma anticipada mediante una cotización superior a la obligatoria. Esta ley considera como Trabajo Pesado aquellas labores cuya realización acelera el desgaste físico, intelectual o psíquico en quienes las ejecutan, provocando un envejecimiento precoz, incluso cuando no generen una enfermedad laboral. De esta manera, la ley permite rebajar la edad legal de retiro para esas personas.

Esquema de la Ley N° 19.404 y sus objetivos

¿Qué son los Trabajos Pesados?

Los trabajos pesados son actividades físicas o intelectuales cuya realización acelera el desgaste físico, intelectual o psíquico de quienes los llevan a cabo, provocando un envejecimiento precoz, aun cuando no generen una enfermedad laboral. Es por esto que la Ley N° 19.404 da la posibilidad a los trabajadores que desempeñan labores calificadas como pesadas de pensionarse anticipadamente, si cumplen con los requisitos estipulados.

La institución que certifica qué trabajos se pueden calificar como pesados es la Comisión Ergonómica Nacional (CEN). Dicha Comisión determina las labores que, por su naturaleza y condiciones en que se desarrollan, revisten el carácter de trabajos pesados.

Ejemplos de Trabajos Pesados:

  • Los que producen desgaste orgánico excepcional, por requerir esfuerzo físico excesivo.
  • Los que se realizan sometidos, en forma habitual, a temperaturas excesivamente altas o bajas.
  • Los que se ejecutan habitual o integralmente de noche.
  • Las labores subterráneas o submarinas.
  • Las que se desarrollan en alturas superiores a 4.000 metros sobre el nivel del mar.

Calificación de Trabajo Pesado

La responsabilidad de determinar una labor o actividad como trabajo pesado recae exclusivamente en la Comisión Ergonómica Nacional (CEN). Esta entidad, creada por la Ley N° 19.404 de agosto de 1995, realiza dicha clasificación al considerar, al menos, cuatro factores:

  • Físico
  • Ambiental
  • Mental
  • Organizacional

Una vez que la actividad laboral o el empleo queda ejecutoriado como trabajo pesado, se publica en un listado oficial. Los trabajos pesados aprobados oficialmente por el Instituto de Previsión Social (IPS) o la Comisión Ergonómica Nacional permiten rebajar entre uno y 10 años la edad para obtener una pensión de vejez.

Procedimiento para la Solicitud de Calificación

La trabajadora o el trabajador, el empleador o empleadora, el sindicato, o la delegada o el delegado del personal, pueden efectuar un requerimiento de calificación de una labor como pesada, complementando el formulario respectivo. Este debe ser presentado mediante el formulario electrónico disponible en el Portal de Atención Ciudadana del sitio web de la Superintendencia de Pensiones (www.spensiones.cl), en la sección Trámites y Servicios, Calificación de trabajo pesado.

Documentación Requerida:

  • Cédula de identidad vigente.
  • Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado o apoderada.
  • Certificado de imposiciones.
  • Clave Única, si realiza el trámite de forma online.
  • Las solicitudes deberán incluir un certificado del empleador que describa la labor que desempeña el trabajador. De no contar con este certificado, el trabajador debe efectuar una declaración jurada ante la Inspección del Trabajo competente, que acredite las características del trabajo.

Por regla general, la CEN deberá emitir su dictamen en un plazo de 60 días contados desde que reciba el requerimiento. Para puestos de trabajo desempeñados antes de agosto de 1995, solo pueden ser calificados los cargos de trabajadoras y trabajadores afiliados al antiguo sistema previsional, cuya función se encuentra radicada en el Instituto de Previsión Social (IPS).

Apelación de un Dictamen

En caso de apelación contra el dictamen de la CEN, será la Comisión de Apelaciones (CA) la entidad encargada de resolver la calificación. El ingreso de una apelación busca que la Comisión de Apelaciones reevalúe el caso y emita una resolución, para lo cual se debe ingresar toda la información que permita reevaluar el puesto de trabajo.

¿Cómo fundamentar tu recurso de apelación?

Beneficios de los Trabajos Pesados: Pensión Anticipada

Este beneficio permite al trabajador recibir una Pensión de Vejez Anticipada por realizar trabajos pesados, es decir, pensionarse antes de la edad legal de pensión (65 años para los hombres y 60 años para las mujeres).

Para acceder al beneficio, tanto la persona como su empleador deben realizar una cotización adicional en la cuenta de capitalización individual del trabajador o la trabajadora, para compensar el menor ahorro. La cotización y el aporte pueden ser un 1% o un 2% de la Renta Imponible mensual del trabajador, según el desgaste relativo producido por el Trabajo Pesado, conforme a la Calificación otorgada.

Las personas que hayan efectuado cotizaciones del 2% por trabajos pesados tienen derecho a adelantar su edad de jubilación en dos años por cada cinco años de sobrecotización, con un máximo de 10 años para anticipar la jubilación y siempre que al acogerse a pensión tengan un total de veinte años de cotizaciones o servicios computables en cualquiera de los Sistemas Previsionales. Por su parte, esta rebaja será de 1 año por cada 5, con un máximo de 5 años para anticipar la jubilación, si la sobrecotización hubiera sido fijada en 1%.

Tabla de Rebaja de Edad Legal para Pensionarse por Vejez

Cotización Adicional del trabajador Aporte del Empleador Años de rebaja por cada 5 años de Cotización Tope máximo de años a rebajar
1% 1% 1 5
2% 2% 2 10

Las fracciones de 5 años dan derecho a rebajar la edad proporcionalmente.

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